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Apuntes MACRO (BAGUSS), Apuntes de Microeconomía

Asignatura: Microeconomía, Profesor: phillip bagus, Carrera: Administración y Dirección de Empresas, Universidad: URJC

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 01/06/2016

miguelangeljuz
miguelangeljuz 🇪🇸

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19-Febrero-08
TEMA 26. LA NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE DEPÓSITO IRREGULAR
DE DINERO
3. Diferencias esenciales entre el depósito irregular y el préstamo
En el depósito irregular de dinero no hay una renuncia a bienes presentes a cambio de
una cantidad superior de bienes futuros transcurrido un periodo de tiempo, sino que se
produce simplemente un cambio en la forma de disfrutar de la disponibilidad de bienes
presentes.Desde el punto de vista económico, es clarísima la diferencia entre ambos
contratos: en uno, el de depósito irregular, no hay transferencia de bienes presentes a
cambio de bienes futuros, mientras que en el otro sí; como consecuencia de lo anterior, en
el depósito irregular, no hay transferencia de la disponibilidad de la cosa, sino que ésta
siempre sigue en «manos» del depositante (a pesar de que, desde el punto de vista
jurídico en cierto sentido se pueda considerar que se ha transferido la «propiedad»),
mientras que en el contrato de préstamo siempre existe una traslación de la disponibilidad
que va desde el que concede el préstamo al que lo recibe; además, en el contrato de
préstamo es característico el pacto de intereses, mientras que en el contrato de depósito
irregular de dinero, el pacto de intereses es contra naturam y carece de sentido.
El elemento jurídico esencial del contrato de depósito irregular es el de la guarda o
custodia del dinero que se entrega. Ésta es la motivación o causa del contrato18 que
prepondera sobre todas las demás en la consideración de las partes que deciden efectuar
y recibir un depósito irregular, y es radicalmente distinta de la causa esencial del contrato
de préstamo, que consiste en transferir la disponibilidad de lo prestado para que el
prestatario lo utilice o lo use durante un periodo de tiempo. De esta diferencia esencial en
la causa de ambos tipos de contrato surgen también otras dos diferencias jurídicas
importantes: primera, en el contrato de depósito irregular está ausente el plazo de tiempo,
que es el elemento esencial que determina la existencia o no de un contrato de préstamo.
La segunda diferencia jurídica esencial se refiere a las obligaciones de las partes: en el
contrato de depósito irregular la obligación jurídica derivada de la esencia del contrato
consiste, como ya sabemos, en la custodia o guarda con la diligencia propia de un buen
padre de familia del tantundem que continuamente tendrá que estar a disposición de la
parte que efectuó el depósito; en el contrato de préstamo tal obligación no existe, y el
prestatario puede hacer uso de la cantidad que se le prestó con total libertad.
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19-Febrero- TEMA 26. LA NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE DEPÓSITO IRREGULAR DE DINERO

  1. Diferencias esenciales entre el depósito irregular y el préstamo En el depósito irregular de dinero no hay una renuncia a bienes presentes a cambio de una cantidad superior de bienes futuros transcurrido un periodo de tiempo, sino que se produce simplemente un cambio en la forma de disfrutar de la disponibilidad de bienes presentes.Desde el punto de vista económico, es clarísima la diferencia entre ambos contratos: en uno, el de depósito irregular, no hay transferencia de bienes presentes a cambio de bienes futuros, mientras que en el otro sí; como consecuencia de lo anterior, en el depósito irregular, no hay transferencia de la disponibilidad de la cosa, sino que ésta siempre sigue en «manos» del depositante (a pesar de que, desde el punto de vista jurídico en cierto sentido se pueda considerar que se ha transferido la «propiedad»), mientras que en el contrato de préstamo siempre existe una traslación de la disponibilidad que va desde el que concede el préstamo al que lo recibe; además, en el contrato de préstamo es característico el pacto de intereses, mientras que en el contrato de depósito irregular de dinero, el pacto de intereses es contra naturam y carece de sentido. El elemento jurídico esencial del contrato de depósito irregular es el de la guarda o custodia del dinero que se entrega. Ésta es la motivación o causa del contrato18 que prepondera sobre todas las demás en la consideración de las partes que deciden efectuar y recibir un depósito irregular, y es radicalmente distinta de la causa esencial del contrato de préstamo, que consiste en transferir la disponibilidad de lo prestado para que el prestatario lo utilice o lo use durante un periodo de tiempo. De esta diferencia esencial en la causa de ambos tipos de contrato surgen también otras dos diferencias jurídicas importantes: primera, en el contrato de depósito irregular está ausente el plazo de tiempo, que es el elemento esencial que determina la existencia o no de un contrato de préstamo. La segunda diferencia jurídica esencial se refiere a las obligaciones de las partes: en el contrato de depósito irregular la obligación jurídica derivada de la esencia del contrato consiste, como ya sabemos, en la custodia o guarda con la diligencia propia de un buen padre de familia del tantundem que continuamente tendrá que estar a disposición de la parte que efectuó el depósito; en el contrato de préstamo tal obligación no existe, y el prestatario puede hacer uso de la cantidad que se le prestó con total libertad. Resumen de este epígrafe:

21-Febrero- TEMA 27. EL DEPÓSITO IRREGULAR A LO LARGO DE LA HISTORIA

  1. Los bancos en la época de Carlos V y la doctrina de la Escuela de Salamanca La mala situación de la hacienda hizo que Carlos V, en contra de los más elementales principios generales del derecho, recurriera a hacerse con el dinero allí donde éste se encontraba: depositado en las cajas de los banqueros sevillanos. Esta política de incautación es quizá la manifestación más extrema de la tradicional política de las autoridades públicas de beneficiarse de los resultados del negocio bancario, expropiando los activos de aquellos que por obligación del derecho debían custodiar y guardar mejor los depósitos ajenos. Es comprensible, por tanto, que los gobernantes, al ser los primeros beneficiarios de la actividad bancaria, terminaran justificándola y concediéndole todo tipo de privilegios para que siguieran actuando con un coeficiente de reserva fraccionaria al margen de los principios generales del derecho. Cipolla explica que la oferta monetaria (lo que hoy se denominaría M1 o M2) comprendería, ya en la segunda mitad del siglo XVI, un importe elevado de «dinero bancario» o depósitos creados de la nada por los banqueros que no conservaban en

control gubernativo que definiera y defendiera adecuadamente los derechos de propiedad de los depositantes, estuvo constituido por el establecimiento del Banco Municipal de Amsterdam en el año 1609. Durante un periodo muy prolongado de tiempo, superior a los ciento cincuenta años, el Banco de Amsterdam cumplió con esmero su compromiso fundacional. Durante todo este periodo, a efectos prácticos el Banco de Amsterdam mantuvo un coeficiente de caja del 100 por cien, lo cual le permitió en todas las crisis hacer frente a la retirada de hasta el último florín de depósito cuya devolución se solicitó en forma de dinero metálico. Esto aseguró una confianza creciente y definitiva en su solidez, y el Banco de Amsterdam se convirtió en la admiración del mundo económicamente civilizado de entonces. Una muestra del enorme prestigio que tenía el Banco de Amsterdam, no sólo entre los comerciantes sino también entre los expertos e intelectuales, es la referencia explícita que al mismo hace David Hume en su ensayo Of Money. En él David Hume se manifiesta con- trario al papel-moneda, y considera que la única política financiera solvente es aquella que obliga a que los bancos mantengan un 100 por cien de coeficiente de caja, en consonancia con las exigencias de los principios tradicionales del derecho sobre el depósito irregular del dinero. Un análisis de gran interés sobre el funcionamiento del Banco de Amsterdam por un autor coetáneo es el realizado por Sir James Steuart en su tratado publicado en 1767 con el título An Enquiry into the Principles of Political Oeconomy: Being an Essay on the Science of Domestic Policy in Free Nations, en cuyo capítulo 39 del volumen II se presenta un estudio concerniente a la «circulation of coin through the Bank of Amsterdam». En la década de los ochenta del siglo XVIII el Banco de Amsterdam empezó ya a violar sistemáticamente los principios jurídicos en los que había sido fundado, y está demostrado que a partir de la cuarta guerra angloholandesa el coeficiente de caja se redujo ostensiblemente, cuando la ciudad de Amsterdam exigió que el banco le prestara gran parte de sus depósitos para hacer frente al creciente gasto público. Así, en esa fecha, contra veinte millones de depósitos, la cifra de metales preciosos que estaban en caja no superaba los cuatro millones, con lo cual vemos que, aparte de violarse el principio esencial de la custodia sobre el que se había fundado el banco y había vivido durante más de ciento setenta años, el coeficiente de caja se había reducido del 100 por cien a menos del 25 por ciento. Ello supuso la desaparición definitiva del antiguo prestigio del Banco de Amsterdam: a partir de esa fecha se produjo una disminución paulatina en los depósitos, hasta que en 1820 éstos no alcanzaban ni siquiera los ciento cuarenta mil florines. El Banco de Amsterdam sirvió como precedente para el Banco de Estocolmo (Riksbank), que empezó a funcionar en el año 1656, dividido en dos departamentos, uno dedicado a la custodia de depósitos con un 100 por cien de coeficiente que seguía el modelo del Banco de Amsterdam, y otro departamento dedicado al préstamo. El Banco de Inglaterra se crea originariamente en el año 1694 tomando como modelo el Banco de Amsterdam y como resultado de la gran influencia que Holanda había llegado a tener en Inglaterra cuando la casa de Orange accedió a la corona británica. Sin embargo, el banco no se creó con las mismas garantías legales de custodia que tenía el Banco de Amsterdam, sino que ya desde un principio tuvo como objetivo primordial ayudar a la

financiación de los gastos públicos. Por eso, aunque el Banco de Inglaterra pretendió acabar con los abusos de los banqueros privados y del gobierno que hasta entonces se habían repetido sistemáticamente en Inglaterra,116 en la práctica, nunca consiguió alcanzar este objetivo. La historia del dinero y la banca en la Francia del siglo XVIII está indisolublemente unida al «sistema» que el escocés John Law diseñó y puso en funcionamiento en ese país tras convencer al regente Felipe de Orleans de que el banco ideal era aquel que hacía uso del dinero que se le depositaba, puesto que de esta manera se incrementaba la cantidad de dinero en circulación y se «estimulaba» el desarrollo de la economía. Es curioso señalar cómo tres de los más significados teóricos monetarios del siglo XVIII y comienzos del XIX, John Law, Richard Cantillon120 y Henry Thornton, fueron banqueros. Todos ellos quebraron.121 Solamente Cantillon salió relativamente bien parado, no sólo por haber sabido retirarse a tiempo de sus arriesgadas especulaciones, sino por los grandes beneficios que obtuvo fraudulentamente violando la obligación de custodia de los activos de sus clientes. En efecto, está demostrado que Cantillon violó el contrato de depósito irregular no de dinero, sino de títulos de la sociedad comercial del Misisipí que había fundado John Law, organizando la siguiente fraudulenta actividad: concedió importantes préstamos para que sus clientes compraran acciones de dicha sociedad, con la condición de que quedaran depositadas en el banco de Cantillon como colateral en forma de depósito irregular, es decir, de títulos fungibles e indistinguibles. Posteriormente Cantillon, sin conocimiento de sus clientes, se apropió indebidamente de las acciones depositadas, vendiéndolas cuando pensó que tenían un precio elevado en el mercado, apropiándose del producto de la venta. Una vez que las acciones perdieron prácticamente todo su valor, Cantillon las recompró por una fracción de su antiguo precio y repuso el depósito, obteniendo una cuantiosa ganancia. Cantillon trató de defenderse diciendo que las acciones que le habían sido depositadas como bienes fungibles sin numerar, en realidad no constituían un verdadero depósito, sino una operación de crédito que trasladaba la completa propiedad y disponibilidad de las mismas a favor del banquero. Por eso, Cantillon se consideraba perfectamente «legitimado» para efectuar el tipo de operaciones que realizó. 21-Febrero- TEMA 28. INTENTOS DE FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA DE LA BANCA CON RESERVA FRACCIONARIA

  1. La identificación del depósito irregular con el préstamo Los intentos de identificar jurídicamente el contrato de depósito irregular de dinero con el contrato de préstamo o mutuo son especialmente atractivos para aquellos que más se benefician de las prácticas bancarias (banqueros y gobernantes). Dado que en ambas instituciones (depósito y préstamo) se traslada la propiedad, se concluye con automatismo que ambas instituciones son naturalmente la misma cosa. Esta argumentación es falaz, superficial y confusa. En efecto, aunque sea cierto que en ambas instituciones se traslada la propiedad, no es menos cierto que en cuanto a una de sus características esenciales, cual es la de la disponibilidad de la cosa, el contenido de ambos contratos es radicalmente distinto. Y es que, así como en el contrato de préstamo sí que, junto con la propiedad, se traslada

establecido en el artículo 1.768 del Código Civil, existe una especie de «acuerdo tácito» o implícito en los contratos de depósito irregular en virtud del cual los depositantes autorizarían al banquero depositario a utilizar el dinero que le depositan.

  1. La redefinición del concepto de disponibilidad El convencimiento por parte del sector más cualificado de la doctrina de que es imposible cohonestar dos contratos tan incompatibles entre sí como el de depósito irregular de dinero y el contrato de préstamo, así como el hecho de que cuantitativamente la mayor parte de los contratos sobre los que se sustenta el negocio bancario actual suelan ser depósitos a la vista y, por tanto, contratos de depósito irregular de dinero, han llevado a intentar elaborar construcciones jurídicas alternativas que hicieran posible compatibilizar la existencia del contrato de depósito irregular con el ejercicio por parte de la banca de su actividad «tradicional», es decir, con un coeficiente de reserva fraccionaria. La solución de esta contradicción ha pretendido encontrarse «redefiniendo» el concepto de disponibilidad. En efecto, para un sector de la doctrina, la disponibilidad no tiene por qué entenderse en su sentido estricto (coeficiente de caja del 100 por cien o constante guarda y custodia del tantundem a disposición del depositante). Así, para Garrigues, en el depósito bancario, la obligación de disponibilidad «se transforma en una obligación de diligencia consistente en el empleo prudente y cuidadoso de las cantidades recibidas, para estar siempre en disposición de restituirlas al cliente». Tiene razón Garrigues cuando considera «forzada» esta reinterpretación del concepto de disponibilidad que ha hecho la doctrina (aunque él, en última instancia, termine aceptándola). En efecto, es insostenible defender que en el contrato de depósito irregular no hay más obligación de custodia que la consistente en hacer un uso «prudente» de los recursos, de manera que siempre se mantenga la solvencia necesaria para pagar. Queda por comentar la redefinición de la disponibilidad entendida como el cumplimiento por parte de los bancos privados de todo el entramado de legislación administrativa de naturaleza bancaria a cambio de gozar del apoyo del banco central como prestamista de última instancia. Sin embargo, esta exigencia también es artificial, y traslada la problemática de la imposibilidad de definir jurídicamente un contrato de depósito bancario con reserva fraccionaria, de la órbita jurídica privada (donde es imposible cohonestar ambas cosas), a la órbita pública, es decir, al campo del derecho administrativo y del puro mandato voluntarista a través del cual el poder político puede convertir en legal cualquier institución, por monstruosa que jurídicamente parezca. Para concluir este epígrafe, recapitulamos en el siguiente cuadro siete distintas posibilidades de calificación jurídica del contrato de depósito bancario desde el punto de vista de la lógica inmanente a la institución (y no, como es natural, desde el punto de vista del derecho positivo que, como sabemos, puede dar vigencia legal a cualquier cosa).

26-Febrero- TEMA 29. EL PROCESO BANCARIO DE EXPANSIÓN CREDITICIA

  1. La expansión crediticia por parte de todo el sistema bancario Los bancos, unos en conjunción con otros, es decir, a través del sistema bancario, y cuando operan con una reserva fraccionaria, generan de la nada un volumen de depósitos y dan lugar a una expansión crediticia aún mucho mayor y similar a la de un banco monopolista. Suponiendo ahora que todos los bancos del sistema son muy pequeños, es decir, que tienen un k = 0, y siendo su coeficiente de caja c = 0’1.

En estas circunstancias, el banco podrá incluso, y con mucho fundamento, llegar a considerar que tales billetes nunca serán devueltos al banco para retirar el dinero originariamente depositado. En el momento en que esto llegue a ser así, el correspondiente hecho económico podría plasmarse en el reconocimiento contable de que los nueve millones de billetes falsos puestos en circulación por el banco son, en última instancia, un beneficio del ejercicio, del que puede apropiarse sin temor alguno el banquero. La naturaleza y efectos económicos de los billetes de banco y de los depósitos secundarios son idénticos. En realidad constituyen la misma operación y dan lugar a los mismos efectos económicos y contables. Los billetes se encuentran materializados en títulos al portador y cada uno de ellos recoge una cifra prefijada, de manera que es posible su transmisión de unas manos a otras sin que el banco tenga que realizar ningún asiento de contabilidad en sus libros (con lo cual se disminuyen los costes de las transacciones bancarias). Los depósitos, por el contrario, tienen la ventaja de que permiten escribir exactamente su cifra en un cheque o talón, sin necesidad de tener que entregar un número fijo de billetes de importe predeterminado, si bien tienen el inconveniente de que el banco ha de seguir el rastro de las transacciones efectuadas, anotándolas en sus libros.

  1. La contracción crediticia Uno de los grandes problemas del proceso de expansión crediticia y de creación a partir de la nada de depósitos a que da lugar el contrato de depósito bancario con reserva fraccionaria es que, de la misma manera que se desencadenan fuerzas ineludibles que revierten los efectos sobre la economía real de la expansión crediticia, se generan fuerzas que llevan a un proceso paralelo de contracción crediticia. Esta contracción se verifica siempre que se produce alguno de los siguientes hechos: a) una disminución de depósitos originarios; b) un incremento del deseo por parte del público de mantener unidades monetarias fuera del sistema bancario (es decir, un incremento del coeficiente f); c) un aumento en la «prudencia» de los bancos, que les lleva a incrementar su coeficiente de reserva c, con la finalidad de poder hacer frente a las mayores retiradas de dinero que por término medio puedan realizar sus clientes; d) un súbito aumento en la devolución de préstamos no compensado con un incremento en la concesión de los mismos; y e) que aumenten los préstamos que no puedan ser devueltos a los bancos y éstos tengan que soportar un volumen mucho mayor de morosos. Las dificultades económicas de los clientes de los bancos que, como veremos, son una de las consecuencias inexorables que produce en última instancia toda expansión crediticia, hacen que un importante volumen de los créditos concedidos resulten incobrables, lo cual agrava y ahonda aún más el proceso de contracción crediticia (inverso al de expansión) que estamos comentando en este apartado. De hecho, puede llegarse incluso, como ya hemos visto en nuestro ejemplo contable, a la quiebra total del propio banco, en cuyo caso los billetes que el mismo hubiera emitido, o los depósitos que hubiese generado (ya sabemos que unos y otros, desde el punto de vista económico, tienen idéntica naturaleza) perderían íntegramente su valor. Con la misma facilidad con que expande el crédito y la oferta monetaria, el sistema bancario basado en una reserva fraccionaria puede contraerse y reducir en un volumen

muy importante la oferta monetaria. Es decir, genera un sistema elástico y enormemente frágil, sometido a la posibilidad de grandes bandazos que es muy difícil, si no imposible, suavizar o eliminar. 28-Febrero- TEMA 30. EFECTOS DE LA EXPANSIÓN CRESITICIA SOBRE EL SISTEMA ECONÓMICO

  1. Principios esenciales de la teoría del capital En principio, puede definirse la acción humana como todo comportamiento o conducta deliberada. El hombre, al actuar, pretende alcanzar unos determinados fines que habrá descubierto que son importantes para él. Se denomina valor a la apreciación subjetiva, psíquicamente más o menos intensa, que el actor da a su fin. Medio es todo aquello que el actor subjetivamente considera que es adecuado para lograr un fin. Llamamos utilidad a la apreciación subjetiva que el actor da al medio, en función del valor del fin que él piensa que aquel medio le permitirá alcanzar. Desde el punto de vista prospectivo y subjetivo del actor, puede afirmarse que siempre existe una tendencia a que conforme aumenta el periodo de tiempo que conlleva una acción (es decir, el número y complejidad de etapas sucesivas que la constituyen), el resultado de la acción o fin que se pretende con la misma adquiere un valor mayor. La preferencia temporal, que establece que, ceteris paribus , el actor prefiere satisfacer sus necesidades o lograr sus objetivos cuanto antes. O, expresado de otra forma, que entre dos objetivos de idéntica valoración desde el punto de vista subjetivo del actor, éste siempre preferirá aquel objetivo que más próximamente se encuentre disponible en el tiempo. Podemos denominar bienes de capital a las etapas intermedias de cada proceso de acción, subjetivamente consideradas como tales por el actor. O, si se prefiere, bien de capital será cada una de las etapas intermedias, subjetivamente considerada como tal, en las que se plasma o materializa todo proceso productivo emprendido por el actor. La condición sine qua non para producir bienes de capital es el ahorro, entendido como la renuncia al consumo inmediato. Con este ejemplo se ilustra cómo todo proceso de inversión en bienes de capital exige con carácter previo el ahorro. Desde el punto de vista temporal, en todo proceso productivo entendido como una serie sucesiva de etapas o bienes de capital, cabe distinguir aquellas etapas que se encuentran relativamente más próximas al bien final de consumo de aquellas otras que se encuentran más alejadas del mismo. Como regla general, puede afirmarse que los bienes de capital son difícilmente reconvertibles y que, cuanto más próximos estén de la etapa final de consumo, más difícilmente reconvertibles son. Definiremos el concepto de capital como el valor a precios de mercado de los bienes de capital, valor que es estimado por los actores individuales que compran y venden bienes de capital en un mercado libre. Vemos, por tanto, que el capital es una estimación o juicio subjetivo sobre el valor de mercado que los empresarios creen que tendrán los bienes de
  1. Efecto sobre la estructura productiva del incremento del crédito financiado con cargo a un aumento previo del ahorro voluntario Las tres formas distintas del proceso de ahorro voluntario Vamos a estudiar que pasa cuando los agentes económicos deciden incrementar su ahorro u oferta de bienes presentes. Esto puede verificarse de cualquiera de las siguientes formas: ➢ En primer lugar, cabe que los capitalistas de las distintas etapas de la estructura productiva decidan, a partir de un determinado momento, modificar la proporción en la que venían reinvirtiendo los ingresos derivados de su actividad productiva. ➢ En segundo lugar, cabe que los propietarios de los factores originarios de producción (trabajadores y propietarios de los recursos de la naturaleza) decidan no consumir. ➢ En tercer lugar, cabe que, no sólo los propietarios de los factores originarios de producción (trabajadores y recursos de la naturaleza), sino también los capitalistas en la medida en que perciben renta neta en forma de beneficios contables o interés de mercado, decidan a partir de un determinado momento no consumir íntegramente el importe de sus ingresos, sino dedicar una parte del mismo a prestárselo a los capitalistas de las distintas etapas del proceso productivo para que emprendan una ampliación de sus actividades En relación con cualquiera de estos tres procedimientos de aumento del ahorro, desde el punto de vista económico siempre se produce el mismo hecho, a saber: un incremento en la oferta de bienes presentes por parte de los ahorradores, que trasladan esos bienes presentes a los propietarios de los recursos originarios y de los factores materiales de producción (bienes de capital) provenientes de etapas productivas anteriores. Alguien podría argumentar que, en ocasiones, los préstamos no se conceden a los empresarios de las etapas productivas, es decir, para el alargamiento de los procesos productivos en forma de inversión, sino que se efectúan en forma de préstamos al consumo de la etapa final. Podemos argumentar que el préstamo al consumo se realiza en la mayor parte de los casos para financiar la adquisición de bienes de consumo duradero que, como ya hemos estudiado en apartados anteriores, son equiparables, en última instancia, a bienes de capital que se mantienen a lo largo de un número sucesivo de etapas productivas mientras dura la capacidad del bien de consumo duradero para proporcionar servicios a su propietario. El crecimiento del ahorro tiene 3 efectos: ➢ Da lugar a una disparidad entre las tasas de beneficio de las distintas etapas de la estructura productiva, que lleva a que los empresarios disminuyan la producción inmediata de bienes de consumo y la incrementen en las etapas más alejadas del mismo. ➢ El incremento del ahorro voluntario, es decir, de la oferta de bienes presentes, en igualdad de circunstancias, da lugar, como ya hemos indicado, a una disminución en el tipo de interés de mercado. ➢ Un efecto de gran transcendencia que tiene todo incremento del ahorro voluntario es el que éste produce, de inmediato, sobre el nivel de los salarios reales. Si se mantienen constantes en términos nominales los salarios o rentas del factor

originario trabajo, al disminuir el precio de los bienes de consumo final se producirá un aumento en el salario real de los trabajadores empleados en todas las etapas de la estructura productiva. Este efecto se conoce como “efecto Ricardo”. Como consecuencia de la combinación de los tres efectos que acabamos de estudiar y que se ven impulsados por el proceso empresarial de búsqueda de beneficios, tenderá a producirse una nueva estructura de etapas de bienes de capital mas «estrecha» y «alargada». Nuestro análisis nos ha permitido solucionar los problemas planteados por el supuesto dilema o paradoja del ahorro o la frugalidad, en virtud del cual, aunque el ahorro individual sea algo positivo en el sentido de que permite incrementar la renta, socialmente, al disminuir la demanda agregada de bienes de consumo, terminaría afectando negativamente a la inversión y a la producción. El razonamiento que hemos realizado hasta ahora puede invertirse, mutatis mutandis , para explicar los efectos que tendría una disminución del ahorro voluntario de la sociedad. En términos reales se produce un empobrecimiento generalizado de la sociedad. 3-Marzo- TEMA 30. CONTINUACIÓN

  1. Efectos de la expansión crediticia no respaldada por ahorro (La Teoría Austríaca de Ciclo Económico) Vamos a estudiar en este apartado los efectos que tiene sobre la estructura productiva la creación de créditos por parte de los bancos sin respaldo de un aumento previo del ahorro voluntario. El banco es capaz de generar de la nada nuevas unidades monetarias en forma de depósitos o medios fiduciarios que son concedidos al público como préstamos o créditos sin que, previamente, éste haya decidido incrementar su volumen de ahorro. La creación de dinero por parte del sistema bancario y su materialización en forma de créditos tiene unos efectos reales sobre la estructura productiva de la economía, que es necesario distinguir muy claramente de los que estudiamos en el apartado anterior en relación con los créditos concedidos con respaldo de ahorro. En concreto, la generación de créditos a partir de la nada (es decir, sin aumento del ahorro) incrementa la oferta de crédito al sistema económico y, en especial, a las diferentes etapas de bienes de capital de la estructura productiva. El «ensanchamiento» de las diferentes etapas es fácil de entender, pues los créditos se conceden básicamente a los procesos productivos que constituyen cada una de las mismas. El «alargamiento» de la estructura productiva tiene su origen en que los bancos sólo son capaces de introducir en el sistema económico el nuevo dinero que crean de la nada y conceden en forma de créditos, reduciendo temporalmente y de manera artificial el tipo de interés del mercado crediticio. La reducción, en términos relativos, del tipo de interés que genera la expansión crediticia

incremento expansivo de los créditos por parte del sector bancario, que no venga respaldado por el correspondiente aumento previo del ahorro voluntario, permita reducir los necesarios sacrificios que todo proceso de crecimiento económico exige, e impulsar y acelerar el mismo sin que los ciudadanos voluntariamente decidan sacrificarse y ahorrar.

  1. La banca, el coeficiente de reserva fraccionaria y la ley de los grandes números El análisis que hemos hecho hasta aquí nos permite pronunciarnos sobre si es posible, como ha mantenido un sector de la doctrina, aplicar la ley de los grandes números para asegurar el ejercicio de la banca con un coeficiente de reserva fraccionaria. La referencia en este ámbito a la ley de los grandes números equivale a pretender aplicar los principios de la técnica aseguradora para cubrir el riesgo de retirada de depósitos, riesgo que se considera a priori que se puede cuantificar y que, por tanto, es perfectamente asegurable. Sin embargo, esta creencia es teóricamente errónea. En efecto, los fenómenos relacionados con la actividad bancaria, lejos de referirse a la clase de fenómenos que corresponden al mundo natural y cuyo riesgo sí es asegurable, se refieren a los fenómenos que se encuentran dentro de la órbita de la acción humana, inmersos por tanto en una situación de incertidumbre (no de riesgo), que no es, por su propia naturaleza, técnicamente asegurable. El actor continuamente descubre situaciones completamente nuevas que antes ni siquiera había sido capaz de intuir. Esta concepción de la incertidumbre, correspondiente a los fenómenos propios del mundo de la acción humana y por tanto de la economía, es radicalmente distinta al concepto de riesgo que se da en el mundo de la física y de la ciencia natural. Es evidente que los fenómenos relativos a la retirada más o menos masiva e imprevista de los depósitos de un banco por parte de sus clientes corresponden al ámbito propio de la acción humana, y se encuentran inmersos en una situación de incertidumbre que, por su propia naturaleza, no es técnicamente asegurable. La demostración detallada de la íntima conexión que existe entre el intento de aplicar la ley de los grandes números manteniendo un coeficiente de reserva fraccionaria y el hecho de que este «seguro» inevitablemente genera y fomenta procesos de retirada masiva de depósitos es sencilla y se ha hecho posible gracias al desarrollo de la teoría austriaca o del crédito circulatorio del ciclo económico que hemos expuesto en este capítulo. Como conclusión a esta demostración, se llega a que la depresión económica a que da lugar la expansión crediticia motiva una generalizada disminución en el valor de los activos contables del sistema bancario, justo en un momento en que es menor el optimismo y confianza de los depositantes. Es decir, el valor de los préstamos y de otros activos de la banca disminuye por culpa de la recesión y la morosidad, mientras que su colateral en el pasivo, los depósitos ahora en poder de terceros, permanece inalterado. 4-Marzo- TEMA 31. CONSIDERACIONES COMPLEMENTARIAS SOBRE LA TEORÍA DEL CICLO ECONÓMICO
  2. La ausencia de crisis si la inversión se financia con ahorro real (y no con expansión

crediticia) La crisis económica, y su consiguiente recesión, no surgen si el alargamiento de las etapas de la estructura productiva que hemos estudiado en el capítulo anterior se produce como resultado de un aumento previo del ahorro voluntario, y no como consecuencia de una expansión crediticia iniciada por la banca sin respaldo alguno de un aumento del ahorro real. Y es que, si el proceso se inicia como consecuencia de un aumento sostenido del ahorro voluntario, no se produce ninguno de los seis efectos microeconómicos que espontáneamente surgen como reacción a la expansión crediticia, revirtiendo los efectos de boom artificial que inicialmente tiene la misma. Todo lo contrario, si los créditos tienen su origen en un aumento del ahorro real, la disminución relativa del consumo inmediato que éste siempre supone libera en el mercado de factores originarios de producción un volumen importante de recursos productivos, que quedan disponibles para ser demandados en las etapas más alejadas del consumo sin necesidad de tener que pagar por los mismos unos precios más elevados.

  1. La recesión inflacionaria o “stagflation” La llegada de la depresión económica puede retrasarse si se conceden con carácter adicional, y a un ritmo progresivamente creciente, nuevos créditos sin respaldo de ahorro real. Es decir, si se incrementa el ritmo de la expansión crediticia a una velocidad tal que no pueda ser completamente anticipada por los agentes económicos. El procedimiento consiste en conceder dosis adicionales de crédito bancario a las empresas que han emprendido nuevos proyectos de inversión, ensanchando y alargando las etapas del proceso productivo, con lo que momentáneamente puede posponerse el desencadenamiento temporal de los seis efectos que, de manera espontánea, siempre tienden a revertir en el mercado las consecuencias iniciales de toda expansión crediticia. Sin embargo, aunque sea posible retrasar la llegada de la depresión mediante este procedimiento, e incluso hacerlo durante periodos relativamente prolongados de tiempo, esta estrategia está condenada inevitablemente al fracaso, y tiene el grave coste adicional de hacer que, cuando la recesión llegue, ésta sea mucho más dolorosa, duradera y profunda. Para que esta estrategia de posponer en el tiempo la llegada de la crisis mediante la concesión adicional de créditos tenga éxito, es preciso que la expansión crediticia se lleve a cabo de una manera progresivamente acelerada, para que el precio de los factores de producción siempre vaya por delante del precio de los bienes de consumo. La estrategia de acelerar la expansión crediticia para retrasar la crisis no puede mantenerse indefinidamente y ésta surgirá tarde o temprano por cualquiera de los siguientes tres motivos, que pueden actuar como detonantes de la crisis y desencadenantes de la recesión:
    1. Si se detiene o ralentiza el ritmo de crecimiento de la expansión crediticia ante el temor por parte de los bancos y las autoridades económicas de que se desencadene una crisis y el proceso ulterior de depresión sea aún más grave si es que se continúa creando más inflación.
    2. Si se mantiene un crecimiento de la expansión crediticia que, sin embargo, no aumente al ritmo necesario como para impedir en cada periodo de tiempo que se produzcan los efectos de reversión. En este caso, y a pesar del continuo crecimiento de la oferta monetaria en forma de préstamos, se desencadenarán inevitablemente los efectos reseñados. Surgirá así una crisis o depresión

desempleo no disminuye en un ápice la realidad de que la causa mediata del paro se encuentra en la inflación, o mejor dicho, en la expansión crediticia iniciada por el sistema bancario sin respaldo de ahorro real, pues es la que, en última instancia, da pie a que surja el paro o desempleo masivo. La única forma de luchar contra el paro o desempleo consiste, por tanto, a corto plazo, en flexibilizar el mercado laboral en todos los sentidos, y a medio y largo plazo en evitar que se inicie proceso alguno de expansión artificial.

  1. La insuficiencia de la Contabilidad Nacional (Conceptos contables y crítica) Las estadísticas relativas al Producto Nacional Bruto (PNB) y, en general, las definiciones y metodología propias de la contabilidad nacional no son un buen indicador de las fluctuaciones económicas. Efectivamente, como ya hemos visto, las cifras del Producto Nacional Bruto ocultan sistemáticamente tanto los artificiales efectos expansivos de la creación de créditos por parte de la banca, como los efectos contractivos que la crisis tiene sobre las etapas más alejadas del consumo. La razón de este fenómeno radica en que, en contra de lo que sugiere el propio calificativo de bruto que se añade a la expresión «Producto Nacional», su importe no es sino una cifra neta que excluye de su cómputo el valor de todos los bienes de capital intermedios que al final del periodo de medición quedan disponibles como inputs para el ejercicio siguiente. Un indicador mucho más exacto del efecto sobre el mercado y la sociedad de los ciclos económicos sería el de la Renta Social Bruta (RSB) gastada en un ejercicio, y calculada en términos verdaderamente brutos e incluyendo la totalidad del gasto monetario, no sólo en bienes y servicios finales, sino en todos los productos intermedios producidos en la totalidad de las etapas del proceso productivo.
  2. Efectos desestabilizadores de las políticas de estabilización Un problema de gran interés teórico, y que ha tenido relevancia práctica en el pasado y parece que vuelve a tenerla en el presente, es el de si una expansión crediticia efectuada por el sistema bancario sin respaldo de ahorro real, que suponga el incremento justo de la oferta monetaria que sea necesario para mantener inalterado el poder adquisitivo del dinero (o, si se prefiere, el «nivel general de precios») da lugar o no a que se produzcan los efectos depresivos que estamos analizando en este capítulo. El problema que ahora planteamos es el de si una política destinada a incrementar la oferta monetaria, mediante la expansión crediticia o por otro procedimiento, que tenga como objetivo mantener inalterado el nivel de precios de los bienes y servicios de consumo, hace que se desencadenen o no los procesos estudiados que llevan a la descoordinación intertemporal entre los diferentes agentes económicos y, en última instancia, a la crisis y depresión económica. Una política de expansión crediticia sin respaldo de ahorro real ha de producir, inexorablemente, todos los procesos que llevan al surgimiento de la crisis y la depresión económica, aunque aquélla vaya acompañada de un aumento paralelo en la productividad del sistema y no se ponga de manifiesto un crecimiento en los precios nominales de los bienes y servicios de consumo. Y es que lo importante no son los movimientos absolutos en el nivel general de precios de los bienes de consumo, sino cómo se comportan éstos en términos relativos respecto al resto de los precios de los productos intermedios de las etapas más alejadas del consumo y de los

factores originarios de producción

  1. Cómo evitar los ciclos económicos: prevención y recuperación de la crisis económica Una vez que los bancos han emprendido una política de expansión crediticia, o se ha incrementado la oferta monetaria en forma de concesión de nuevos créditos sin respaldo de nuevo ahorro voluntario, espontáneamente se desencadenan unos procesos que hacen que, tarde o temprano, surja la crisis y la recesión. Por tanto, las crisis y depresiones económicas no se pueden evitar si previamente se produce una expansión crediticia. Lo único que cabe hacer es prevenir el comienzo del proceso impidiendo que se emprendan políticas de expansión crediticia o de crecimiento de la oferta monetaria en forma de la concesión por parte de la banca de nuevos créditos. Tras la recesión, la rigidez es el principal enemigo de la recuperación y toda política destinada a suavizar la crisis e iniciar y consolidar cuanto antes la recuperación ha de fundamentarse en el objetivo microeconómico de flexibilizar y liberalizar al máximo todos los mercados de factores productivos y, en especial, el mercado laboral. Han de evitarse una serie de medidas que, en la etapa de crisis, y ante el carácter socialmente doloroso de la misma, siempre se hacen muy populares y adquieren un importante respaldo político. Entre las principales medidas que normalmente se proponen y que es preciso evitar, mencionaremos las siguientes:
    1. La concesión de nuevos créditos a las empresas de las etapas más capital- intensivas para evitar que entren en crisis, suspendan pagos y se vean forzadas a reestructurarse.
    2. Políticas de «pleno empleo», dirigidas a garantizar el mantenimiento de los puestos de trabajo de todos los trabajadores.
    3. Políticas dedicadas a restaurar el status quo de los agregados macroeconómicos.
    4. La manipulación del precio de los bienes presentes en función de los bienes futuros que recoge la tasa social de preferencia temporal o tipo de interés.
    5. Debe evitarse toda política de creación artificial de puestos de trabajo mediante la realización de obras públicas y otros proyectos de inversión financiados por el gobierno. 10-Marzo- TEMA 33. CRÍTICA DE LAS TEORÍAS MONETARISTA Y KEYNESIANA
  2. La crítica a los monetaristas: la versión mecanicista de la teoría cuantitativa y las expectativas racionales En general, la escuela neoclásica ha seguido una tradición que es previa a la revolución subjetivista y que considera un sistema productivo en el cual los diferentes factores de producción dan lugar, de una manera homogénea y horizontal, a los bienes y servicios de consumo, sin tener en cuenta para nada la situación de aquéllos en el tiempo y en el espacio a lo largo de una estructura de etapas productivas de naturaleza temporal. Para Clark (1847-1938),profesor de Economía en la Universidad de Columbia en Nueva York, la producción y el consumo son simultáneos, sin que existan etapas en el proceso productivo ni la necesidad de esperar tiempo alguno para obtener los correspondientes resultados de los procesos de producción. Clark considera que el capital es un fondo permanente que de manera «automática» genera rendimientos en forma de interés. Para