


































Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: Penal 2, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UVIGO
Tipo: Apuntes
1 / 42
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!



































DELITOS CONTRA LA SALUD: DELITOS CONTRA LA SALUD:
LOS DELITOS DE LESIONES LOS DELITOS DE LESIONES
TIPO B TIPO B
Á Á
SICO Y AGRAVADOS SICO Y AGRAVADOS
PARTICIPACI PARTICIPACI
Ó Ó
N EN RI N EN RI
Ñ
Ñ
A
A
EMPLEO DE VIOLENCIA CONTRA EMPLEO DE VIOLENCIA CONTRA
LAS PERSONAS VINCULADAS AL LAS PERSONAS VINCULADAS AL
AGRESOR AGRESOR
: En funci: En funci
ó ó
n del medio empleado o de la n del medio empleado o de la
cualidad de la v cualidad de la v
í í
ctima. ctima.
: De los resultados producidos. : De los resultados producidos.
: Proposici: Proposici
óó
n, provocacin, provocaci
ó ó
n y conspiraci n y conspiraci
óó
n.n.
: Lesiones imprudentes: Lesiones imprudentes
: Empleo de violencia sobre personas: Empleo de violencia sobre personas
relacionadas afectiva y familiarmente. relacionadas afectiva y familiarmente.
: Participaci: Participaci
óó
n en rin en ri
ñ ñ
a tumultuaria.a tumultuaria.
art. 155 CP art. 155 CP
: El consentimiento en las lesiones : El consentimiento en las lesiones
: Casos problem: Casos problem
á á
ticos relacionados con el ticos relacionados con el
consentimiento. consentimiento.
CONCEPTO DE LESI CONCEPTO DE LESI
Ó Ó
N N
: Menoscabo de : Menoscabo de
la integridad corporal que afecta a la la integridad corporal que afecta a la
salud f salud f
í í
sica o ps sica o ps
í í
quica del sujeto. quica del sujeto.
147 CP 147 CP
: Requiere causar una lesi : Requiere causar una lesi
ó ó
n n
que menoscabe su integridad corporal que menoscabe su integridad corporal
o su salud f o su salud f
í í
sica o mental. sica o mental.
Acci Acci
ó ó
n n
: Por : Por
“ “
cualquier medio o cualquier medio o
procedimiento procedimiento
” ”
. .
Debe existir Debe existir
relaci relaci
óó
n de causalidad n de causalidad
(acci (acci
ó ó
n y resultado) n y resultado)
Requisitos Requisitos
: a) una primera asistencia : a) una primera asistencia
facultativa; b) tratamiento m facultativa; b) tratamiento m
é é
dico o dico o
quir quir
ú ú
rgico. rgico.
No debe confundirse la primera No debe confundirse la primera
asistencia con una asistencia con una
ú ú
nica o inmediata
nica o inmediata
La La
primera asistencia facultativa primera asistencia facultativa
puede puede
requerir: requerir:
a) La asistencia de varios profesionales a) La asistencia de varios profesionales
que act que act
ú
ú
an a la vez o sucesivamente an a la vez o sucesivamente
incluso sin relaci incluso sin relaci
ó ó
n entre s n entre s
í í
. .
b) Tambi b) Tambi
é é
n es 1 n es 1
ª ª
asistencia cuando el asistencia cuando el
lesionado no acude inmediatamente lesionado no acude inmediatamente
despu despu
é é
s de la lesi s de la lesi
ó ó
n al m n al m
é é
dico o porque la dico o porque la
sintomatolog sintomatolog
í í
a comienza posteriormente a comienza posteriormente
Tratamiento m Tratamiento m
é é
dico o quirdico o quir
ú ú
rgico rgico
Verdadero elemento diferencial entre el delito y la falta de Verdadero elemento diferencial entre el delito y la falta de
lesiones: su ausencia conlleva la consideraci lesiones: su ausencia conlleva la consideraci
ó ó
n de falta. n de falta.
La simple vigilancia o seguimiento del curso de la lesi La simple vigilancia o seguimiento del curso de la lesi
ó ó
n no n no
se considera tratamiento m se considera tratamiento m
éé
dicodico
Ser Ser
á á
necesario para que se observe este elemento que se necesario para que se observe este elemento que se
d d
éé
una actividad curativa ulterior.una actividad curativa ulterior.
Plan terap Plan terap
é é
utico que se utico que se
desarrolle en el tiempo desarrolle en el tiempo
Se considera tratamiento: la prescripci Se considera tratamiento: la prescripci
ó ó
n de medicamentos n de medicamentos
para tratar una enfermedad ya detectada para tratar una enfermedad ya detectada
Las medidas diet Las medidas diet
é é
ticas, de higiene y reposo, elticas, de higiene y reposo, el
internamiento psiqui internamiento psiqui
áá
trico y la cura de suetrico y la cura de sue
ñ ñ
o o
ART. 148 CP ART. 148 CP
: :
A) A)
Por la peligrosidad objetiva del Por la peligrosidad objetiva del
medio empleado por la lesi medio empleado por la lesi
ó ó
n n
(armas
(armas
de fuego, cuchillo etc., de fuego, cuchillo etc.,
… …
) El sujeto ) El sujeto
activo es consciente de la activo es consciente de la
peligrosidad del medio utilizado. peligrosidad del medio utilizado.
B) B)
Por el empleo Por el empleo
de ensa de ensa
ñ ñ
amiento
amiento
Aumento Aumento
deliberado e deliberado e
inhumano del dolor inhumano del dolor
del ofendido. del ofendido.
Tambi Tambi
é é
n empleo n empleo
de alevos de alevos
í í
a a
C) C)
Por la cualidad Por la cualidad
de la v de la v
í í
ctima ctima
(si es (si es
menor de 12 a menor de 12 a
ñ
ñ
os os
o incapaz) o incapaz)
ART. 149 CP ART. 149 CP
(POR LA ENTIDAD DEL
(POR LA ENTIDAD DEL
RESULTADO) RESULTADO)
Se realiza por cualquier medio o Se realiza por cualquier medio o
procedimiento procedimiento
P P
é
é
rdida o inutilidad de un rdida o inutilidad de un
ó ó
rgano rgano
principal o un sentido, impotencia, principal o un sentido, impotencia,
esterilidad o grave deformidad esterilidad o grave deformidad
som som
á
á
tica o ps tica o ps
í
í
quica quica
Son equivalentes la p
Son equivalentes la p
é
é
rdida, la rdida, la
inutilidad, la impotencia y la
inutilidad, la impotencia y la
esterilidad (p
esterilidad (p
é é
rdida de visi rdida de visi
ó ó
n en un n en un
ojo o el ojo mismo)
ojo o el ojo mismo)
El
El
ó ó
rgano o miembro debe ser rgano o miembro debe ser
principal (esencial pero no vital):
principal (esencial pero no vital):
ri
ri
ñó ñó
n, pie, lengua, mano
n, pie, lengua, mano
… …
Concepto Concepto
deformidad deformidad
: concepto : concepto
valorativo y est valorativo y est
é é
tico que depende de tico que depende de
la edad, sexo, profesi la edad, sexo, profesi
ó
ó
n, etc., n, etc.,
La deformidad grave ser La deformidad grave ser
á á
n las n las
cicatrices y las desfiguraciones de cicatrices y las desfiguraciones de
rostro, p rostro, p
é é
rdida de incisivos y
rdida de incisivos y
cicatrices en cuello y muslo (no ser cicatrices en cuello y muslo (no ser
á
á
n
n
las de cabeza y vientre salvo que sea las de cabeza y vientre salvo que sea
bailarina o modelo) bailarina o modelo)
ART. 150 CP ART. 150 CP
: :
P P
é é
rdida rdida
o inutilidad de un o inutilidad de un
ó ó
rgano no principal rgano no principal
( (
pena de prisi pena de prisi
ó ó
n de 3 n de 3
a 6 a a 6 a
ñ ñ
os os
) )
ó ó
rgano no principal: rgano no principal:
es aquel que no es es aquel que no es
esencial para la salud esencial para la salud
o para la integridad. o para la integridad.
Ej Ej
: un dedo, l : un dedo, l
ó ó
bulo de bulo de
la oreja, etc., la oreja, etc.,
La imprudencia grave con respecto a La imprudencia grave con respecto a
las lesiones del las lesiones del
art. 147.2 CP art. 147.2 CP
y las y las
lesiones producidas por imprudencia lesiones producidas por imprudencia
leve se castigan como falta con pena leve se castigan como falta con pena
de de
multa de 1 a 2 meses y de 10 a
multa de 1 a 2 meses y de 10 a
30 d 30 d
í í
as as
( (
art. 621.1 y 3 CP art. 621.1 y 3 CP
) )
Cuando la imprudencia se haya Cuando la imprudencia se haya
cometido a trav cometido a trav
é
é
s de veh
s de veh
í í
culo de culo de
motor, ciclomotor o arma de fuego motor, ciclomotor o arma de fuego
conllevar conllevar
á á
la inutilizaci
la inutilizaci
ó
ó
n del veh n del veh
í
í
culo
culo
o del arma de o del arma de
1 a 4 a 1 a 4 a
ñ ñ
os os
La misma pena se impondr La misma pena se impondr
á á
cuando cuando
se trate de imprudencia profesional: se trate de imprudencia profesional:
inhabilitaci inhabilitaci
ó ó
n especial para profesi n especial para profesi
ó ó
n, n,
oficio o cargo de 1 a 4 a oficio o cargo de 1 a 4 a
ñ ñ
os os
. .