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Acuerdo de Cooperación para implementar Monotributo Social en Entre Ríos, Apuntes de Finanzas

El presente documento es un acuerdo de cooperación firmado entre el registro nacional de efectores de desarrollo local y economía social (redles), el ministerio de desarrollo social de entre ríos (mds), y la administradora tributaria de entre ríos (ater), con el objetivo de facilitar la tramitación de exenciones en el impuesto sobre los ingresos brutos y la inclusión de efectores sociales monotributistas en el redles. El acuerdo establece el intercambio de información entre las partes y la realización de trámites formales para la inclusión de personas que soliciten ser efectores sociales. Además, se establecen obligaciones respecto a la envío de listados actualizados de efectores y la recepción y procesamiento de solicitudes de inscripción.

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 21/05/2021

mauro-fernando-gieco
mauro-fernando-gieco 🇦🇷

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ACUERDO DE COOPERACION
REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y
ECONOMIA SOCIAL – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE
ENTRE RIOS Y ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE RIOS.
Entre el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL
Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en la ciudad Autónoma de Buenos Aires,
representado por el DIRECTOR NACIONAL DE FOMENTO DEL MONOTRIBUTO
SOCIAL Héctor M. Camps en, adelante “REDLES”; el MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL DE ENTRE RIOS, con domicilio en la ciudad de Paraná,
representado por el Señor MINISTRO Carlos G. Ramos, en adelante “MDS”, y la
ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE RIOS, con domicilio en la ciudad
de Paraná, representada por su DIRECTOR EJECUTIVO Marcelo Pablo Casaretto en
adelante “ATER”; convienen celebrar el presente Acuerdo de
Cooperación.----------------
Con la finalidad de lograr la colaboración mutua para la implementación del
Monotributo Social en la provincia de Entre Rios, las partes acuerdan el cumplimiento
de las siguientes cláusulas:--------------------------------------------------------------------------
PRIMERA : Objeto . El presente Convenio tiene por objeto facilitar al Contribuyente,
inscripto en el REDLES como efector de desarrollo local y economía social y activo en
la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P) como Monotributista Social,
domiciliado en la Provincia de ENTRE RIOS, la tramitación de exención en el
Impuesto sobre los Ingresos Brutos; así como también facilitar la realización de los
trámites formales para la inclusión en el “REDLES” de aquellas personas que así lo
soliciten. A tal fin el REDLES”, el “MDS” y la “ATER” se comprometen a
intercambiar la información referida a datos filiatorios, domicilio, actividad económica,
fechas de altas y bajas como efector social, y todo otro dato que sea útil a los fines del
presente.-----------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA : Ámbito de aplicación subjetiva . La excención prevista por el artículo 4°
de la Ley N° 9779, a cuya formalización se firma el presente, comprenderá a los sujetos
que se encuentren inscriptos en el REDLES como efector de desarrollo local y
economía social, activos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P)
como Monotributista Social, en tanto y en cuanto tengan su domicilio en la Provincia de
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¡Descarga Acuerdo de Cooperación para implementar Monotributo Social en Entre Ríos y más Apuntes en PDF de Finanzas solo en Docsity!

ACUERDO DE COOPERACION

REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y

ECONOMIA SOCIAL – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE

ENTRE RIOS Y ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE RIOS.

Entre el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL , con domicilio en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el DIRECTOR NACIONAL DE FOMENTO DEL MONOTRIBUTO SOCIAL Héctor M. Camps en, adelante “REDLES”; el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE ENTRE RIOS , con domicilio en la ciudad de Paraná, representado por el Señor MINISTRO Carlos G. Ramos, en adelante “MDS”, y la ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE RIOS, con domicilio en la ciudad de Paraná, representada por su DIRECTOR EJECUTIVO Marcelo Pablo Casaretto en adelante “ATER”; convienen celebrar el presente Acuerdo de Cooperación.---------------- Con la finalidad de lograr la colaboración mutua para la implementación del Monotributo Social en la provincia de Entre Rios, las partes acuerdan el cumplimiento de las siguientes cláusulas:-------------------------------------------------------------------------- PRIMERA: Objeto. El presente Convenio tiene por objeto facilitar al Contribuyente, inscripto en el REDLES como efector de desarrollo local y economía social y activo en la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P) como Monotributista Social, domiciliado en la Provincia de ENTRE RIOS, la tramitación de exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos; así como también facilitar la realización de los trámites formales para la inclusión en el “REDLES” de aquellas personas que así lo soliciten. A tal fin el “REDLES”, el “MDS” y la “ATER” se comprometen a intercambiar la información referida a datos filiatorios, domicilio, actividad económica, fechas de altas y bajas como efector social, y todo otro dato que sea útil a los fines del presente.----------------------------------------------------------------------------------------------- SEGUNDA: Ámbito de aplicación subjetiva. La excención prevista por el artículo 4° de la Ley N° 9779, a cuya formalización se firma el presente, comprenderá a los sujetos que se encuentren inscriptos en el REDLES como efector de desarrollo local y economía social, activos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P) como Monotributista Social, en tanto y en cuanto tengan su domicilio en la Provincia de

ENTRE RIOS.--------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: Obligaciones. 1. “El REDLES” se compromete a enviar vía correo electrónico al responsable designado por el “MDS” de administrar el beneficio otorgado por la Ley Provincial Nº 9779, del 1 al 10 de cada mes, un listado actualizado de los Efectores de Desarrollo Local y Economía Social - Monotributistas Sociales que se encuentran aprobados en la jurisdicción de la Provincia de Entre Ríos, conteniendo la información de altas y bajas de los mismos.-----------------------------------------------------

2. El “MDS” se compromete a enviar vía correo electrónico, al responsable designado por “ATER” de recepcionar la presente información, el listado actualizado de los Efectores de Desarrollo Local y Economía Social - Monotributistas Sociales conteniendo la información de altas y bajas de los efectores, de conformidad a la información que le proporcione el “REDLES”. ------------------------------------------------- 3. El listado mencionado en el punto anterior deberá contener la siguiente información a efectos de poder ser procesada por la Administradora Tributaria de Entre Ríos:  Para personas físicas e integrantes de proyectos productivos: - Nombre y Apellido. - Tipo y número de Documento. - Fecha de Nacimiento. - Sexo. - Número de CUIT. - Domicilio completo. - Código de Actividad AFIP.  Grupos de personas y Cooperativas Sociales inscriptas en INAE: - Denominación del Proyecto. - Número de CUIT del Proyecto. - Domicilio completo. - Nombre y Apellido de los integrantes. - Código de Actividad según AFIP. 4. El “MDS” se compromete a la recepción de las solicitudes de inscripción (Formulario ATER A23/E) firmadas por los Efectores de Desarrollo Local y Economía Social - Monotributistas Sociales aspirantes a obtener la exención tributaria. Dichas solicitudes serán enviadas a la “ATER” del 11 al 15 de cada mes, a fin de que la misma procese el

altas y bajas mensuales de los Efectores de Desarrollo Local y Economía Social

  • Monotributistas Sociales. 4- El “MDS” se compromete a enviar a “ATER” del 11 al 15 de cada mes tanto la información proporcionada por el “REDLES”, como así también, los formularios ATER A23/E correspondientes a cada uno de los Efectores de Desarrollo Local y Economía Social - Monotributistas Sociales dado de alta por el “REDLES” en el mes anterior; para que “ATER” procese dicha información y proceda a inscribirlos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y cargar el beneficio otorgado. QUINTA: Actas complementarias. Sin perjuicio de lo acordado en el presente convenio, las partes podrán suscribir las actas complementarias que resulten necesarias para la ejecución del presente convenio.---------------------------------------------------------- SEXTA: Confidencialidad. Las partes acuerdan otorgar a todos los datos el carácter de confidenciales – que en virtud del presente acuerdo se procesen-. Para lo cual toda persona que intervenga en el tratamiento de los mismos está obligada a guardar secreto, del que sólo podrá ser relevado mediante Resolución Judicial, o cuando medien razones fundadas relativas a la seguridad pública, la defensa nacional o la salud pública, de conformidad a lo prescripto en el Articulo 43 de la Constitución Nacional y la Ley Nº 25.326 y su Decreto Reglamentario Nº 1558/2001 y en especial se regirán a estos efectos, las normas sobre secreto fiscal contenidos en los Artículos 129 del Código Fiscal de la Provincia de Entre Ríos Decreto N° 3567/06 MEHF.---------------------------- SEPTIMA: Vigencia. El presente Acuerdo de Cooperación, tendrá una vigencia de veinticuatro (24) meses, a partir de la fecha de su firma, renovándose por igual período, automáticamente, salvo observación de alguna de las partes.---------------------------------- En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Paraná, a los veintidós (22 ) días del mes de Junio del año dos mil doce.----------------------------------------------------------------