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Monotributo categorías, Guías, Proyectos, Investigaciones de Fundamentos de Administración y Gestión

Categorías, planillas e información del monotributo como material de estudio para la materia orientación laboral

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2022/2023

Subido el 09/09/2024

luz-de-luna-19
luz-de-luna-19 🇦🇷

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Categoría Ingresos brutos
(*)
Superficie
afectada (**)
Energía eléctrica
consumida
anualmente
Alquileres
devengados
anualmente
Precio
unitario
máximo
para venta
de cosas
muebles
Impuesto integrado
Aportes al
SIPA
(***)
Aportes obra
social
(****)
Total
Locaciones
y/o
prestaciones
de servicios
Venta de
cosas
muebles
Locaciones
y/o
prestaciones
de servicios
Venta de
cosas
muebles
A $ 6.450.000 Hasta 30 m2 Hasta 3330 Kw $ 1.500.000 $ 385.000 $ 1.047,86 $ 1.047,86 $ 4.623,27 $ 6.457,26 $ 12.128,39 $ 12.128,39
A exento
(*****)
$ 6.450.000 Hasta 30 m2 Hasta 3330 Kw $ 1.500.000 $ 385.000 - - $ 4.623,27 $ 6.457,26 $ 11.080,53 $ 11.080,53
B $ 9.450.000 Hasta 45 m2 Hasta 5000 Kw $ 1.500.000 $ 385.000 $ 2.018,89 $ 2.018,89 $ 5.085,60 $ 6.457,26 $ 13.561,75 $ 13.561,75
B exento
(*****) $ 9.450.000 Hasta 45 m2 Hasta 5000 Kw $ 1.500.000 $ 385.000 - - $ 5.085,60 $ 6.457,26 $ 11.542,86 $ 11.542,86
C $ 13.250.000 Hasta 60 m2 Hasta 6700 Kw $ 2.050.000 $ 385.000 $ 3.452,09 $ 3.190,00 $ 5.594,16 $ 6.457,26 $ 15.503,51 $ 15.241,42
D $ 16.450.000 Hasta 85 m2 Hasta 10000 Kw $ 2.050.000 $ 385.000 $ 5.671,23 $ 5.239,75 $ 6.153,58 $ 7.673,13 $ 19.497,94 $ 19.066,46
E $ 19.350.000 Hasta 110 m2 Hasta 13000 Kw $ 2.600.000 $ 385.000 $ 10.787,67 $ 8.368,13 $ 6.768,94 $ 9.389,36 $ 26.945,97 $ 24.526,43
F $ 24.250.000 Hasta 150 m2 Hasta 16500 Kw $ 2.600.000 $ 385.000 $ 14.840,88 $ 10.926,38 $ 7.445,83 $ 10.850,90 $ 33.137,61 $ 29.223,11
G $ 29.000.000 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw $ 3.100.000 $ 385.000 $ 18.878,58 $ 13.623,24 $ 8.190,41 $ 11.625,96 $ 38.694,95 $ 33.439,61
H $ 44.000.000 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw $ 4.500.000 $ 385.000 $ 43.150,91 $ 33.442,08 $ 9.009,45 $ 13.951,15 $ 66.111,51 $ 56.402,68
I $ 49.250.000 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw $ 4.500.000 $ 385.000 - $ 53.938,71 $ 9.910,39 $ 17.272,86 - $ 81.121,96
Categorías de Monotributo
Vigentes desde el 01/01/2024 al 31/07/2024
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Categoría Ingresos brutos () Superficie afectada () Energía eléctrica consumida anualmente Alquileres devengados anualmente Precio unitario máximo para venta de cosas muebles Impuesto integrado Aportes al SIPA () Aportes obra social (****) Total Locaciones y/o prestaciones de servicios Venta de cosas muebles Locaciones y/o prestaciones de servicios Venta de cosas muebles A $ 6.450.000 Hasta 30 m2 Hasta 3330 Kw $ 1.500.000 $ 385.000 $ 1.047,86 $ 1.047,86 $ 4.623,27 $ 6.457,26 $ 12.128,39 $ 12.128, A exento (*****) $ 6.450.000 Hasta 30 m2 Hasta 3330 Kw $ 1.500.000 $ 385.000 - - $ 4.623,27 $ 6.457,26 $ 11.080,53 $ 11.080, B $ 9.450.000 Hasta 45 m2 Hasta 5000 Kw $ 1.500.000 $ 385.000 $ 2.018,89 $ 2.018,89 $ 5.085,60 $ 6.457,26 $ 13.561,75 $ 13.561, B exento (*****) $ 9.450.000 Hasta 45 m2 Hasta 5000 Kw $ 1.500.000 $ 385.000 - - $ 5.085,60 $ 6.457,26 $ 11.542,86^ $ 11.542, C $ 13.250.000 Hasta 60 m2 Hasta 6700 Kw $ 2.050.000 $ 385.000 $ 3.452,09 $ 3.190,00 $ 5.594,16 $ 6.457,26 $ 15.503,51 $ 15.241, D $ 16.450.000 Hasta 85 m2 Hasta 10000 Kw $ 2.050.000 $ 385.000 $ 5.671,23 $ 5.239,75 $ 6.153,58 $ 7.673,13 $ 19.497,94 $ 19.066, E $ 19.350.000 Hasta 110 m2 Hasta 13000 Kw $ 2.600.000 $ 385.000 $ 10.787,67 $ 8.368,13 $ 6.768,94 $ 9.389,36 $ 26.945,97 $ 24.526, F $ 24.250.000 Hasta 150 m2 Hasta 16500 Kw $ 2.600.000 $ 385.000 $ 14.840,88 $ 10.926,38 $ 7.445,83 $ 10.850,90 $ 33.137,61 $ 29.223, G $ 29.000.000 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw $ 3.100.000 $ 385.000 $ 18.878,58 $ 13.623,24 $ 8.190,41 $ 11.625,96 $ 38.694,95 $ 33.439, H $ 44.000.000 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw $ 4.500.000 $ 385.000 $ 43.150,91 $ 33.442,08 $ 9.009,45 $ 13.951,15 $ 66.111,51 $ 56.402, I $ 49.250.000 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw $ 4.500.000 $ 385.000 - $ 53.938,71 $ 9.910,39 $ 17.272,86 - $ 81.121,

Categorías de Monotributo

Vigentes desde el 01/01/2024 al 31/07/

J $ 56.400.000 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw $ 4.500.000 $ 385.000 - $ 63.385,73 $ 10.901,43 $ 19.332,31 - $ 93.619, K $ 68.000.000 Hasta 200 m2 Hasta 20000 Kw $ 4.500.000 $ 385.000 - $ 72.817,31 $ 11.991,57 $ 22.155,77 - $ 106.964,

Referencias

(*) No ingresarán el impuesto integrado:

  • Los trabajadores independientes promovidos.
  • Los asociados a cooperativas cuando sus ingresos brutos no superen la suma máxima establecida para la categoría A.
  • Los sujetos que adhieran, exclusivamente en su condición de locadores de bienes inmuebles -cualquiera sea su destino-, siempre que la cantidad de inmuebles que

mantengan en locación -incluyendo los que integren condominios por los que se haya adherido en forma individual- no exceda de 2.

  • Los asociados a cooperativas inscriptos en el Registro Nacional de Efectores cuando sus ingresos brutos no superen la suma máxima establecida para la categoría A.
  • Quienes desarrollen exclusivamente actividades primarias siendo su actividad principal el cultivo de tabaco, caña de azúcar, yerba mate o té; y sus ingresos brutos no

superen la suma máxima establecida para la categoría D.

(**) Este parámetro no deberá considerarse en ciudades de menos de 40.000 habitantes (excepto algunas excepciones).

(***) Quedan exceptuados de ingresar cotizaciones al régimen de la seguridad social y a obras sociales, los siguientes sujetos:

  • Quienes se encuentran obligados por otros regímenes previsionales.
  • Los menores de 18 años.
  • Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles.
  • Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo.
  • Quienes se jubilaron por leyes anteriores al 07/1994 (Nº 18.037 y Nº 18.038), es decir jubilados hasta el 06/1994.

Los jubilados (por leyes anteriores o ley actual) quedan exceptuados de ingresar aportes a la obra social.

(****) Estarán exentos del pago del impuesto integrado, los monotributistas de las categorías A y B, siempre que no obtengan ingresos por:

  • Trabajo en relación de dependencia, cargos públicos, jubilaciones, pensiones o retiros.
  • Dirección, administración o conducción de sociedades.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de sociedades ( ver más )

(*****) Afiliación individual a obra social, sin adherentes. Por cada adherente, además, deberá ingresarse ese mismo importe.