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Asignatura: contabilidad financiera II, Profesor: Tomas Pizarro, Carrera: Administración y Dirección de Empresas, Universidad: UAM
Tipo: Apuntes
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Grado en Administración y Dirección de Empresas
Supuestos de Fondos Propios
OPERACIONES DE REDUCCIÓN DE CAPITAL: AUTOCARTERA
Autocartera es la cartera formada por acciones de la propia empresa, adquirida con los fines establecidos en la legislación vigente.
Adquisición originaria (Art. 74 TRLSA) : Queda prohibida la adquisición de acciones propias y de la sociedad dominante, en el mercado de colocación o emisión. De haberse realizado una adquisición el Art. 76 TRLSA establece la obligación de enajenar las acciones propias en el plazo máximo de 1 año desde su adquisición sin la correspondiente venta, deben amortizarse.
Adquisición derivativa (art. 75 TRLSA) : La legislación vigente permite a las empresas realizar operaciones con acciones propias (Art. 75 a 89 del TRLSA) en un mercado secundario y siempre que se cumplan determinadas condiciones:
Adquisición libre (art. 77 TRLSA):
En todos los casos de adquisición derivativa o libre, las acciones deben estar totalmente desembolsadas, y el plazo máximo para su enajenación: 3 años, salvo que se amorticen para reducir capital.
La sociedad Mediterránea, S.A., adquiere 3.000 acciones propias por 4.350 €, cuyo valor nominal es de 1,5 € cada una, al objeto de reducir su capital social con cargo a reservas de libre disposición. Esta operación corresponde a acuerdo de la Junta Extraordinaria de Accionistas, y en las condiciones establecidas por la legislación vigente.
Por otra parte, para mantener la garantía a terceros, se crea la Reserva por Capital Amortizado manteniéndose de esa manera la misma proporción (Fondos Propios/Fondos Ajenos) anterior a la reducción de Capital.
4.350 Acciones propias para reducir capital a Bancos C/C 4.
4.500 Capital Social (3000 acc x 1,5) a
a
Acciones propias para reducir capital Reservas Voluntarias
4.500 Reservas Voluntarias a Reservas por Capital Amortizado 4.
Nombre cuenta Debe Haber Tesorería (5110) 550 Reservas Voluntarias 50 Acciones propias en situaciones especiales (-PN) (5120) 600
Nombre cuenta Debe Haber Capital Social (10100) 1. Reservas voluntarias 200 Acciones propias en situaciones especiales (-PN) (10120) 1.
Nombre cuenta Debe Haber Reservas Indisponible por capital amortizado 1. Reserva voluntaria 1.
Nombre cuenta Debe Haber Reservas Voluntarias 600 Reserva para acciones o participaciones de la sociedad dominante
Los libros mayores quedarían como siguen:
(-) Tesorería (+)
(-) Capital Social (+) 1.000 35.
(-) Acciones propias (+)
600
(-) Reserva Legal (+)
(-) Reservas voluntarias (+)
50
200
600
(-)Reservas p. capital amortizado (+)
(-) Reservas p. acciones propias (+) 600
El balance resultante es el siguiente: