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AUTOEVALUCION procesal penal, Ejercicios de Derecho Procesal

EJERCICIO DE EVALUACION DE P. PENAL ENCARNACION AGUILERA MORALES

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 10/01/2021

PER22
PER22 🇪🇸

3.7

(3)

20 documentos

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Derecho procesal penal
Curso académico 2019/2020
Mención hispano-francés
©Marien Aguilera Morales
1
LECCIÓN 17.
EJERCICIO DE AUTOEVALUACIÓN
1. ¿Es cierta la afirmación de que el juicio sobre delitos leves carece de fase de
instrucción o hay, por el contrario, algún supuesto en que puede preceder a
esta clase de procesos una actividad jurisdiccional de investigación?
2. Peculiaridades:
a) ¿Qué peculiaridad presentan los juicios sobre delitos leves en relación con la
denominada capacidad de postulación?
b) ¿Qué peculiaridad presenta la personación en el proceso del ofendido o perjudicado
cuando el procedimiento adecuado es un juicio sobre delitos leves?
c) ¿Qué peculiaridad presenta la celebración del juicio sobre delitos leves si el
denunciado reside fuera de la demarcación del J.I. o del J.V.M?
d) ¿Qué peculiaridad presenta las comunicaciones y notificaciones realizadas en el
curso de un juicio sobre delitos leves?
e) ¿Qué peculiaridad presenta el recurso de apelación frente a las sentencias que ponen
fin a un juicio sobre delitos leves?¿y la sentencia que pone fin a la segunda
instancia?
3. Si se trata de un delito de violencia de género, ¿puede la policía citar a la
víctima ante el Juzgado de Violencia sobre la mujer en funciones de guardia?
4. Enumere qué delitos pueden dar lugar a la celebración de un juicio sobre
delitos leves inmediato:
a.
b.
c.
d.
e.
f.
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Derecho procesal penal Curso académico 2019/2 020 Mención hispano-francés ©Marien Aguilera Morales 1

LECCIÓN 17.

EJERCICIO DE AUTOEVALUACIÓN

  1. ¿Es cierta la afirmación de que el juicio sobre delitos leves carece de fase de instrucción o hay, por el contrario, algún supuesto en que puede preceder a esta clase de procesos una actividad jurisdiccional de investigación?
  2. Peculiaridades: a) ¿Qué peculiaridad presentan los juicios sobre delitos leves en relación con la denominada capacidad de postulación? b) ¿Qué peculiaridad presenta la personación en el proceso del ofendido o perjudicado cuando el procedimiento adecuado es un juicio sobre delitos leves? c) ¿Qué peculiaridad presenta la celebración del juicio sobre delitos leves si el denunciado reside fuera de la demarcación del J.I. o del J.V.M? d) ¿Qué peculiaridad presenta las comunicaciones y notificaciones realizadas en el curso de un juicio sobre delitos leves? e) ¿Qué peculiaridad presenta el recurso de apelación frente a las sentencias que ponen fin a un juicio sobre delitos leves?¿y la sentencia que pone fin a la segunda instancia?
  3. Si se trata de un delito de violencia de género, ¿puede la policía citar a la víctima ante el Juzgado de Violencia sobre la mujer en funciones de guardia?
  4. Enumere qué delitos pueden dar lugar a la celebración de un juicio sobre delitos leves inmediato: a. b. c. d. e. f.

Derecho procesal penal Curso académico 2019/2 020 Mención hispano-francés ©Marien Aguilera Morales 2

  1. Tratándose de los delitos leves enumerados en el apartado anterior, ¿en qué casos no sería posible la celebración de un juicio inmediato?
  2. Tratándose de delitos leves distintos de los enumerados en la pregunta 4 ¿es posible la celebración inmediata del juicio? Y, de ser así, ¿qué requisitos deben de concurrir al efecto?
  3. En el caso de delitos leves de carácter público, ¿es preceptiva la actuación del Ministerio Fiscal? ¿Y en los delitos de carácter semi-público?
  4. Visione el juicio que se acompaña a esta práctica. A continuación indique: (1) Si hubiera sido posible evitar la celebración de este juicio y cómo; (2) Si, tal y como hace el Juez de Instrucción, declararía finalmente el juicio concluso para sentencia o procedería de otra forma.