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Los requisitos de renta y patrimonio necesarios para solicitar una beca en España. Se detalla cómo se calcula la renta familiar y cuáles son los umbrales de renta y patrimonio que deben ser superados. Además, se especifica quiénes son los miembros computables de la unidad familiar y cómo se determina.
Tipo: Apuntes
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1.- Requisitos de carácter general a) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita beca. Por ejemplo, si dispones de un título Universitario o de Grado Superior no te concederán beca para realizar otro ciclo de Grado Superior ni de Grado Medio. b) Ser español ¿De cuantos módulos me tengo que matricular? Para obtener beca debes matricularte del curso completo o al menos de la mitad de los módulos que componen el curso. Si cursas estudios no presenciales, oferta específica para personas adultas o matrícula parcial , deberás estar matriculado de, al menos, un número de módulos cuya suma horaria sea igual o superior a 500 horas , que deberás aprobar en su totalidad para obtener beca en el curso siguiente. Según el tipo de matrícula ¿a qué compontes de beca puedo optar?
Si te matriculas del curso completo podrás optar por todos los componentes de la beca. Si cursas estudios no presenciales, oferta específica para personas adultas o matrícula parcial , tendrás derecho, como máximo, a la beca básica (200 euros) y a la cuantía variable mínima (60 euros)
Además de los requisitos académicos que hemos visto, también debes cumplir los requisitos económicos establecidos en la Convocatoria y estar por debajo de los umbrales máximos, tanto de renta como de patrimonio. Para las becas del curso 2019/2020 se computan las rentas y el patrimonio del año 2018. Es posible que tú situación económica haya empeorado o mejorado desde entonces pero ese cambio no se tendrá en cuenta. Los cálculos se realizan de forma automática durante la tramitación, al cruzar los datos de los NIF de la familia con la Agencia Tributaria y con el Catastro. En ese momento los únicos datos completos disponibles son los del 2017, es decir, los de la última declaración de la renta presentada. A efectos de las becas, cuando se habla de renta familiar se refiere a todos los rendimientos que obtuvo la unidad familiar. Con patrimonio se hace referencia a todo lo que no son rendimientos del trabajo (ni pensiones, ni prestaciones, etc.), es decir, se calcula en función del valor catastral de los bienes inmuebles urbanos y rústicos que posee alguno de los miembros de la unidad familiar, de los rendimientos del capital mobiliario (rendimientos de cuentas bancarias, depósitos, dividendos, etc.), de las ganancias patrimoniales (de los obtenidos por la venta de algún inmueble, por la venta de acciones, etc) y de los obtenidos por la realización de actividades económicas (en el caso de autónomos y socios de sociedades civiles y mercantiles). Umbrales de renta Para poder optar a beca, la renta de la unidad familiar del año 2018 no podrá superar el siguiente umbral : Para calcular la renta, cuando el titular de estos rendimientos no es uno de los sustentadores principales, se deduce el 50 por ciento de su valor. Así por
d) Cuando tiene varios elementos patrimoniales de los vistos anteriormente (es decir, fincas urbanas, rústicas o rendimientos del capital), e individualmente no supera los límites anteriores, se calculará el porcentaje de valor de cada elemento respecto del umbral correspondiente y se denegará la beca cuando la suma de los referidos porcentajes supere el valor cien. Este punto es importante ya que es uno de los motivos habituales de denegación de la beca para sorpresa del solicitante y de su familia que no entienden cómo es posible que puedan superar patrimonio !!! Pues bien, hay que tener en cuenta que si se tienen fincas urbanas, rústicas y rendimientos del capital o incrementos patrimoniales, y no se superan los límites anteriores, se calcula el porcentaje que representa cada uno respecto de su umbral, de tal forma que se deniega la beca cuando la suma de los referidos porcentajes supera el valor cien. Por ejemplo, si el valor total de las fincas urbanas, excluida la vivienda habitual y hechas las actualizaciones indicadas, es de 30.000 euros (este importe representa el 70 % de su umbral, fijado en 42.900) y el de los rendimientos de capital es de 850 euros (que a su vez representa el 50% de su umbral, fijado en 1700 euros), la beca será denegada ya que la suma de los porcentajes supera el valor de 100 (70% + 50% = 120%). En definitiva, a parte de los límites individuales, existe un límite conjunto de patrimonio. e) También se denegará la beca cuando los ingresos procedentes de actividades económicas en estimación directa o en estimación objetiva o los procedentes de una participación igual o superior al cincuenta por ciento en una sociedad, supere la cantidad de 155.500,00 euros. Por último, recordad que cómo indicábamos para el caso del cálculo de la renta, cuando el titular del patrimonio no es uno de los sustentadores principales, se deduce el 50 por ciento de su valor. Así, el patrimonio del padre se computarán al 100% (ya que es uno de los sustentadores principales), pero los de un hermano lo harán al 50%. Cómo se trata de temas más complejos de explicar, dejamos para otros artículos otros puntos relacionados con este como son: ¿Cómo se solicita la beca y en que plazos? ¿Quienes son los miembros de la unidad familiar? ¿Cómo se calcula la renta familiar? ¿Cómo se calcula el patrimonio? En función de mi renta ¿qué cuantía me corresponde? En determinadas ocasiones el cálculo de los umbrales puede resultar complejo, por lo que en caso de duda nuestro consejo siempre es que la presentes y cuando te llegue la resolución estudies si merece la pena recurrirla o no.
¿Quienes son los miembros de la unidad familiar?
Es el caso más frecuente, en el que el solicitante vive con sus padres o, si bien no convive con ellos, depende económicamente de ellos al no disponer de rentas propias suficientes. Los miembros computables son: El solicitante. En este caso el solicitante no se considera sustentador principal y sus rentas y patrimonio, si los tiene, se computan al 50%. El padre y la madre (o el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor). Estos son los sustentadores principales de la familia y su renta y patrimonio se computa al 100%. Padres divorciados o separados Custodia monoparental : En caso de divorcio o separación de los padres, no se considerará miembro computable al que no conviva con el solicitante, pero si lo hará el nuevo cónyuge o nueva pareja unida por análoga relación, que tenga el padre o la madre, registrada o no, así como la persona con ingresos propios que conviva en el domicilio con el solicitante cuando no medie relación de parentesco y no se pueda justificar un alquiler de piso compartido. Custodia compartida : Cuando el régimen de custodia de los hijos sea el de custodia compartida , se considerarán miembros computables el padre y la madre del solicitante de la beca, sus hijos comunes y los ascendientes del padre y de la madre que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente. En este caso tendréis que poner como estado civil «separados», aunque alguno de los padres se haya vuelto a casar con posterioridad. Los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2018 o los mayores de veinticinco cuando se trate de personas con discapacidad. Estos no se consideran sustentadores principales y sus rentas computan al 50%. Los ascendientes de los padres (abuelos, bisabuelos, etc.) que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente. Tampoco se consideran sustentadores principales y sus rentas computan al 50%. Al cumplimentar la beca La unidad familiar se determina a 31 de diciembre de 2018. Si en esa fecha uno de los hermanos tenía 24 años computará para la beca, pero si ya tenía cumplidos los 25 años no podrá hacerlo (salvo que tuviese alguna discapacidad).