

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: derecho mecantil, Profesor: Cristina Velayos Lluis, Carrera: Administració i Direcció d'Empreses, Universidad: UB
Tipo: Ejercicios
1 / 2
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


Empresario Un empresario es una persona que actúa en nombre propio, por ella misma, o delegando sus funciones a terceros. De forma profesional y organizada introduce bienes y servicios en el mercado económico y lleva a cabo su actividad económica.
En la mayoría del mercado los empresarios son personas jurídicas por un tema de responsabilidades. El empresario para poder tener capacidad plena, debe ser mayor de edad sino necesitará un tutor legal.
Sociedad Es un contrato entre los socios. ¿Por qué es un contrato? Porque tenemos un código civil (1889) y además tenemos un código de comercio que aún es anterior (1885).
Según el artículo 116 Cdc. (código de comercio) es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en fondo común bienes o industrias (trabajo) con ánimo de lucro. Es una definición que no es del todo perfecta ya que es del siglo XIX y las sociedades unipersonales no existían entonces, por eso se dice que es dos o más personas.
Según el artículo 1665 CC. (código civil) es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común bienes o industrias para obtener beneficios.
Hoy en día hay un concepto más nuevo de sociedad y es que ésta puede ser o no lucrativa. Antiguamente en el siglo XIX había cierto reparo por parte de los poderes políticos en el asociacionismo, el poder político controlaba quién se asociaba y quién no. Como quieren que la economía fluya fueron más laxos y dejaron que se crearan más sociedades si es que son lucrativas para trabajar en el mercado. Si son sin ánimo de lucro tienes que pasar más controles (defensa de los animales, política, religiosa, etc.) ya que la constitución española así lo recoge. Hoy en día la sociedad ya no estará restringida al ánimo de lucro.
Tipos de sociedades La diferencia entre sociedad civil y sociedad mercantil es que una aplica el código civil y la otra aplicaría el código de comercio y legislación mercantil. La mercantil actúa en el mercado.
Dentro de las sociedades mercantiles hay dos grandes grupos que se regulan por el código de comercio:
son sociedades mercantiles
Colectiva
En la práctica no las veremos
¿Qué se necesita para tener personalidad jurídica en la sociedad mercantil? Necesitan escritura pública e inscribirlo en el registro mercantil. Salvo en SA y SRL cuando haces el contrato de sociedad y das una apariencia externa de que has creado este ente ya tienes personalidad jurídica, aunque no tengas escritura ni inscripción, eso en SA y SRL no pasa, ya que tienes que estar inscrito y registrado.
Clasificación de más capitalista a más personalista SA, SRL, Comanditaria por acciones, Comanditaria simple, Colectiva
desembolsado un 25%, acciones, responsabilidad limitada. Capitalista por excelencia.
totalmente desembolsado, participaciones sociales, responsabilidad limitada
responsabilidad ilimitada y socios comanditarios: Limitada, capital mínimo 60.
(desarrolla la actividad profesional), todos los socios responden de forma ilimitada, NO hay capital mínimo. Personalista por excelencia
A todo el mundo se nos aplica el 1911 del CC. nos dice que el deudor responde de sus deudas con sus bienes presentes y futuros (responsabilidad ilimitada). La gran diferencia entre el capitalismo puro y el personalismo puro es que en la capitalista los socios están detrás de la persona que responde (no pueden ir a por ti) ellos solo responden con lo que han aportado, en cambio, en las personalistas esto no pasa. En las personalistas las personas responden subsidiariamente, ilimitadamente, solidariamente y ocasionalmente. En teoría en la capitalista prima el capital