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Indemnizaciones por despido sin causa justa en Argentina: cálculo y pautas objetivas, Apuntes de Derecho Laboral

Las reglas para calcular las indemnizaciones que debe pagar un empleador argentino a un trabajador despedido sin causa justa. Se detallan los conceptos de 'mensualidad', 'normalidad' y 'habitualidad', el cálculo de la base de cálculo, el límite máximo establecido en la Ley del Trabajo, y ejemplos de cálculo. Además, se establecen pautas objetivas para llevar a cabo el test de constitucionalidad del límite indemnizatorio.

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 03/09/2022

jorge-natanael-orellano
jorge-natanael-orellano 🇦🇷

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¡Descarga Indemnizaciones por despido sin causa justa en Argentina: cálculo y pautas objetivas y más Apuntes en PDF de Derecho Laboral solo en Docsity!

CALCULOS

INDEMNIZATORIOS

LA INDEMNIZACION POR

ANTIGÜEDAD

EN EL DESPIDO INCAUSADO

(Art. 245 L.C.T.)

MODO DE

CÁLCULO:

Se debe tomar en cuenta 2 variables:Se debe tomar en cuenta 2 variables:

1. ANTIGÜEDAD DEL **TRABAJADOR

  1. ANTIGÜEDAD DEL** **TRABAJADOR
  2. REMUNERACION2. REMUNERACION**

EL SALARIO BASE DEBE REUNIR LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS

  1. REMUNERACION BRUTA (no el salario neto).
  2. REMUNERACION “DEVENGADA” (no la percibida).
  3. REMUNERACION “MENSUAL”.
  4. REMUNERACION “HABITUAL”.
  5. REMUNERACION “NORMAL”.
  6. “MEJOR” REMUNERACION.
  7. REMUNERACIONES VARIABLES: Se debe tener en cuenta la mejor, salvo que en ella hayan incidido circunstancias especiales de un determinado mes que no se repiten regularmente (por ejemplo: una comisión por ventas producida por una venta extraordinaria).

TOPE SALARIAL

PARA DETERMINAR LA BASE DE CALCULO  La remuneración a computar para el cálculo resarcitorio “…no podrá exceder el equivalente de TRES (3) veces el importe mensual de la suma que resulte del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable al trabajador, al momento del despido, por la jornada legal o REMUNERACION BRUTA (no el salario neto).  (^) Este tope opera como “techo” y no como “piso”.

Fallo: “VIZZOTTI, CARLOS c/ AMSA S.A.”

(C.S.J.N. - 14/09/2004)

Actor: Director médico con una remuneración

mensual de $11.000.- y una antigüedad de 26 años.

Tope salarial (convenio de sanidad): $1.040,31.-

Con TOPE: Su indemniz. Art. 245 sería de $27.048.-

Sin TOPE: Le correspondía $286.000.-

Actor: Director médico con una remuneración

mensual de $11.000.- y una antigüedad de 26 años.

Tope salarial (convenio de sanidad): $1.040,31.-

Con TOPE: Su indemniz. Art. 245 sería de $27.048.-

Sin TOPE: Le correspondía $286.000.-

Fallo: “VIZZOTTI, CARLOS c/ AMSA S.A.”

(C.S.J.N. - 14/09/2004) Establece pautas objetivas para llevar a cabo el test de constitucionalidad del límite indemnizatorio Establece pautas objetivas para llevar a cabo el test de constitucionalidad del límite indemnizatorio La base salarial (1er. párrafo Art. 245 L.C.T.) no puede verse reducida en más de un 33% por aplicación del tope máximo. Si la quita es superior (confiscatorio). En este caso, corresponde sustituir dicho tope por otro equivalente al 67% de la mejor remuneración normal y habitual. La base salarial (1er. párrafo Art. 245 L.C.T.) no puede verse reducida en más de un 33% por aplicación del tope máximo. Si la quita es superior (confiscatorio). En este caso, corresponde sustituir dicho tope por otro equivalente al 67% de la mejor remuneración normal y habitual.

INDEMNIZACION MINIMA

(Art. 245 L.C.T., último párrafo)

“… El importe de esta indemnización en ningún caso podrá ser inferior a UN (1) mes de sueldo calculado sobre la base del sistema establecido en el primer párrafo.

Indemnización mínima = 1 MES de la mejor

remuneración mensual normal y habitual

SIN TOPE

INDEMNIZACION

SUSTITUTIVA DE PREAVISO

(Art. 232 L.C.T.)

Art. 232 L.C.T. La parte que omita el preaviso o lo otorgue de modo insuficiente deberá abonar a la otra una indemnización substitutiva equivalente a la remuneración que correspondería al trabajador durante los plazos señalados en el artículo 231.

La indemnización sustitutiva será equivalente a lo que el trabajador hubiere percibido si trabajase y no la mejor remuneración normal y habitual que se utiliza para la indemnización por antigüedad. BASE DE CALCULO: Comprende…

  1. Remuneraciones complementarias (por ejemplo: presentismo) que el trabajador hubiera debido percibir.
  2. Remuneraciones variables (por ejemplo: horas extras): se debe efectuar un promedio de los últimos 6 meses que refleje el ingreso normal del dependiente.
  3. Como se trata de una indemnización, no sufre descuentos por aportes jubilatorios, ni sindicales, ni para obras sociales.
  4. A esta indemnización se le debe adicionar el importe proporcional del S.A.C., ya que, de no haberse disuelto el vínculo, al trabajador le hubiera correspondido la percepción del salario perteneciente a tal período. RUBROS NO SALARIALES: no integran la indemnización.

EJEMPLO: Indemnización sustitutiva de PREAVISO Un trabajador con 6 años de antigüedad fue despedido el 10/11/2019. Su mejor remuneración mensual, normal y habitual era de $35.000.- La remuneración que le hubiese correspondido durante el lapso de preaviso omitido es de $30.000.- SOLUCION:De acuerdo a su antigüedad le correspondería 2 meses de preaviso (conf. Art. 231 L.C.T.)La remuneración que debo tener en cuenta para esta indemnización es la que le hubiese correspondido durante el lapso de preaviso omitido (y no la mejor remuneración mensual, normal y habitual).

OTRO EJEMPLO

Antigüedad: 3 años y 4 meses. Su mejor remuneración mensual, normal y habitual era de $35.000.- La remuneración que le hubiese correspondido durante el lapso de preaviso omitido es de $30.000.- SOLUCION:De acuerdo a su antigüedad le correspondería 1 mes de preaviso (conf. Art. 231 L.C.T.)Remuneración: la que le hubiese correspondido durante el lapso de preaviso omitido (NO la mejor remuneración mensual, normal y habitual).

CALCULO

A este importe le debo adicionar el S.A.C. 1 MES1 MES^ $30.000$30. $30.000$30.000^1212 $2.500$2.