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caso 12, Apuntes de Derecho Romano

Asignatura: Derecho Romano, Profesor: Esther Domínguez López, Carrera: Derecho, Universidad: UMA

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 08/11/2017

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ainhoa_andrades 🇪🇸

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CASO PRÁCTICO NÚMERO 12
1. ¿Puede considerarse tesoro el hallazgo?
Hay dos hallazgos, pero un solo tesoro. Tenían oculto, ignorado, con valor.
Sí, elhallazgo se puede considerar tesoro, siempre que sea de forma casual, ya que
la adquisición del tesoro se basa en la adquisición de un objeto encontrado con la
ausencia del dueño por lo que dicho objeto se hace de quien lo encuentra, porque no
es de otro.
2. ¿Podría afirmarse que al azar protagonizó el descubrimiento?
Sí, el azar protagoniza el descubrimiento, hay que anticipar el descubrimiento del
cofre cuando se descubrió el mapa ya que este pergamino es encontrado por
casualidad, es decir, de una manera no intencionada. Sin embargo, el
descubrimiento del tesoro en sí es buscado, pero éste no se considera hallazgo.
3. Contémplese la situación jurídica de los protagonistas con respecta la
adquisición del tesoro.
Entre las diferentes legislaciones que existen ante una situación similar a esta, este
caso, en concreto, se refiere a la primera legislación que dice que “Cuando el
descubrimiento tiene lugar en el propio fundo, la propiedad se atribuye por entero al
propietario del mismo”
Se reparte por igual, la mitad 50%.
4. Mientras el albañil y su cuñado buscaban un medio de transporte, Carpus,
usufructuario de la finca de Cotta, descubre el tesoro y lo transporta a su casa.
Ya que dicho tesoro fue descubrimiento por una persona, en este caso Carpus, cuya
actividad iba encaminada a este fin, por ello el descubridor de este deberá conceder
el tesoro al propietario del lugar del hallazgo.
5. Interpretar y aplicar, en su caso, lo artículos del Código Civil aplicables a este
supuesto práctico.
610,351,352,471

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CASO PRÁCTICO NÚMERO 12

  1. ¿Puede considerarse tesoro el hallazgo?

Hay dos hallazgos, pero un solo tesoro. Tenían oculto, ignorado, con valor.

Sí, elhallazgo se puede considerar tesoro, siempre que sea de forma casual, ya que la adquisición del tesoro se basa en la adquisición de un objeto encontrado con la ausencia del dueño por lo que dicho objeto se hace de quien lo encuentra, porque no es de otro.

  1. ¿Podría afirmarse que al azar protagonizó el descubrimiento?

Sí, el azar protagoniza el descubrimiento, hay que anticipar el descubrimiento del cofre cuando se descubrió el mapa ya que este pergamino es encontrado por casualidad, es decir, de una manera no intencionada. Sin embargo, el descubrimiento del tesoro en sí es buscado, pero éste no se considera hallazgo.

  1. Contémplese la situación jurídica de los protagonistas con respecta la adquisición del tesoro.

Entre las diferentes legislaciones que existen ante una situación similar a esta, este caso, en concreto, se refiere a la primera legislación que dice que “Cuando el descubrimiento tiene lugar en el propio fundo, la propiedad se atribuye por entero al propietario del mismo”

Se reparte por igual, la mitad 50%.

  1. Mientras el albañil y su cuñado buscaban un medio de transporte, Carpus, usufructuario de la finca de Cotta, descubre el tesoro y lo transporta a su casa.

Ya que dicho tesoro fue descubrimiento por una persona, en este caso Carpus, cuya actividad iba encaminada a este fin, por ello el descubridor de este deberá conceder el tesoro al propietario del lugar del hallazgo.

  1. Interpretar y aplicar, en su caso, lo artículos del Código Civil aplicables a este supuesto práctico.

610,351,352,