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Caso Práctico Concursal, Apuntes de Derecho Internacional Público

Asignatura: Derecho Internacional Público, Profesor: Francisco Arias Varona, Carrera: Derecho, Universidad: URJC

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 09/10/2017

juditprodriguez
juditprodriguez 🇪🇸

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DERECHO CONCURSAL
GRADO EN DERECHO. Universidad Rey Juan Carlos
Fco. Javier Arias Varona, 2017
Material docente bajo licencia Creative Commons, úsalo respetando sus condiciones.
CASO PRÁCTICO
ADMINISTRADORES CONCURSALES
El día 15 de Septiembre ha recibido una notificación en la que, en su condición de letrado
especialista en concursos, el Juzgado de lo Mercantil de Madrid le ha nombrado
administrador concursal del concurso de la sociedad O Paraíso, S.L. Como, por fortuna
para usted, la crisis sigue en sus trece y que dure mucho tiempo, tiene mucha carga de
trabajo, así que no desea asumir tareas que no sean realmente rentables, sobre todo
económicamente. A cambio de una buena mariscada, unos contactos suyos en Galicia que
están muy bien informados le han dado algunos datos de la sociedad. Se trata de una
pequeña constructora de una localidad gallega que empezó a hacer negocios en plena crisis
inmobiliaria, lo que le hace pensar que sus administradores no debían ser muy perspicaces.
Parece ser que su pasivo no es muy grande, alrededor de 650.000, concentrados
básicamente en dos entidades bancarias y ocho o diez pequeños proveedores. No tiene
grandes activos, en esencia varias fincas (que valdrán alrededor de 150.000 en el mejor de
los casos), en algunas de las cuales hay iniciadas varias viviendas que aportarían algo más de
valor (aunque no más de 100.000 en total y eso siendo optimistas y contando con que
algún primo pique en la compra). La sociedad tiene dos personas en nómina. A priori, no
parece pintar muy bien, pero como nunca se sabe, prefiere darle una vuelta con más calma
antes de decidirse.
CUESTIONES
1. ¿Cree que podría anticipar lo que podría ganar con la administración del citado
concurso? Si es así, diga cuánto y cómo ha llegado a esa cantidad.
2. ¿Cuándo cobraría sus retribuciones y quién las abonaría?
3. ¿Tiene un plazo para dar respuesta al Juzgado de lo Mercantil?
4. ¿Está obligado a aceptar el nombramiento o puede rechazarlo? Si lo rechaza, ¿tiene
alguna consecuencia?

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DERECHO CONCURSAL GRADO EN DERECHO. Universidad Rey Juan Carlos Fco. Javier Arias Varona, 2017 Material docente bajo licencia Creative Commons, úsalo respetando sus condiciones.

CASO PRÁCTICO

ADMINISTRADORES CONCURSALES

El día 15 de Septiembre ha recibido una notificación en la que, en su condición de letrado especialista en concursos, el Juzgado de lo Mercantil de Madrid le ha nombrado administrador concursal del concurso de la sociedad O Paraíso, S.L. Como, por fortuna para usted, la crisis sigue en sus trece y que dure mucho tiempo, tiene mucha carga de trabajo, así que no desea asumir tareas que no sean realmente rentables, sobre todo económicamente. A cambio de una buena mariscada, unos contactos suyos en Galicia que están muy bien informados le han dado algunos datos de la sociedad. Se trata de una pequeña constructora de una localidad gallega que empezó a hacer negocios en plena crisis inmobiliaria, lo que le hace pensar que sus administradores no debían ser muy perspicaces. Parece ser que su pasivo no es muy grande, alrededor de 650.000€, concentrados básicamente en dos entidades bancarias y ocho o diez pequeños proveedores. No tiene grandes activos, en esencia varias fincas (que valdrán alrededor de 150.000€ en el mejor de los casos), en algunas de las cuales hay iniciadas varias viviendas que aportarían algo más de valor (aunque no más de 100.000€ en total y eso siendo optimistas y contando con que algún primo pique en la compra). La sociedad tiene dos personas en nómina. A priori, no parece pintar muy bien, pero como nunca se sabe, prefiere darle una vuelta con más calma antes de decidirse. CUESTIONES

  1. ¿Cree que podría anticipar lo que podría ganar con la administración del citado concurso? Si es así, diga cuánto y cómo ha llegado a esa cantidad.
  2. ¿Cuándo cobraría sus retribuciones y quién las abonaría?
  3. ¿Tiene un plazo para dar respuesta al Juzgado de lo Mercantil?
  4. ¿Está obligado a aceptar el nombramiento o puede rechazarlo? Si lo rechaza, ¿tiene alguna consecuencia?