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Caso practico derecho romano con Maria José torres parra
Tipo: Ejercicios
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Caso Práctico 1 Estico, esclavo propiedad de Antonio, pastoreaba un rebaño de ovejas propiedad de Mevio. Un día el pastor se quedó dormido mientras guardaba el rebaño. Cuando despertó comprobó que parte del ganado había desaparecido, por lo que decidió buscarlo. Temiendo la reacción de su dueño, inició la búsqueda de las reses. Para ello entró en varias fincas, causando algunos destrozos, y pisoteó parte del camino que conducía al pueblo. Entre tanto, seis ovejas del rebaño habían saltado la valla del predio vecino mezclándose con las de Sempronio, que era el usufructuario de la finca. Mevio decide demandar a Sempronio para que le devuelva sus ovejas, pero cuando este se dispone a hacerlo, dos de las ovejas mueren. Otras ovejas del rebaño son atacadas por un lobo y una más cae en un cepo. Las que quedaban las encuentra Ticio quien decide esquilarlas y vender la lana y las ovejas a Julio. Unos días más tarde este suceso, Amalio pasa por el camino en el que Estico había ocasionado destrozos y, sabiendo quien era el autor, decide demandado ante el pretor. En este caso Estico, quien ha desencadenado esta serie de sucesos, al ser esclavo de Antonio y no ser una persona jurídica, es este quien debe responder por él, pues es poseyente de la dominica potestas. Las ovejas son cosas nec mancipi ya que son animales domésticos con propietario. Mevio el propietario del rebaño a cargo de Estico ha de ejercer una acción reivindicatoria sobre los daños causados siendo Antonio el que deba restituir la cosa por medio de una condena pecuniaria. En cuanto a Sempronio, en caso de que haya actuado de buena fe no puede exigírsele responsabilidad ya que fue un accidente que las ovejas entraran en su propiedad y se disponía a devolvérselas a su propietario, por lo que la culpa de la muerte de las dos ovejas no debe recaer sobre Sempronio. Por lo que Sempronio solo debería devolver las ovejas restantes. Las ovejas que han sido atacadas por lobos y que han caído en un cepo no pueden ser reivindicadas ya que los lobos son animales salvajes y no tienen propietario que respondan por ellos. Ticio ha de responder ante la pena de haber efectuado un delito privado poniéndose en posesión del rebaño de forma ilícita y habiendo vendido producto de este, en este caso la lana, de mala fe y efectuando un hurto sustrayendo una cosa ajena y el uso de la misma.
Entonces Mevio puede interponer una demanda ante Ticio, y Julio, quien compro esa lana de buena fe ya que no sabia que formaba parte de un hurto no tiene culpa en esta situación y no se le puede exigir responsabilidad. Además, Julio estaría en posición de demandar a Ticio para recuperar el dinero invertido en el contrato de venta. En cuanto a la demanda por parte de Amalio a Estico, es Antonio su dueño quien debe responder sufragando los gastos de los daños efectuados en el camino, perteneciente a una servidumbre de paso y teniendo un propietario.