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caso practico penaal, Ejercicios de Derecho Penal

caso practico penal febrero Elk

Tipo: Ejercicios

2025/2026

Subido el 18/06/2026

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daniel-alvarez-talens 🇪🇸

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Diligencias Previas 4444/2025
Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Coslada. Plaza 4
AL JUZGADO
El Fiscal, el traslado conferido en el procedimiento de referencia de la Plaza 4 de la
Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Coslada, al amparo de lo dispuesto en el art. 780
y ss de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, interesa la apertura del Juicio Oral a celebrar, con arreglo
a los dispuesto en el art. 14, apartado tercero, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ante Juzgado de
lo Penal correspondiente respecto de MORTADELO y FILEMON y formula el siguiente escrito de
ACUSACION
1º- Sobre las 18:00 horas del 16-10-2025 los acusados MORTADELO, mayor de edad por
cuanto nacido el 20-10-2.002, nacido en Marruecos, en situación regular en España y sin
antecedentes penales, y FILEMON, mayor de edad por cuanto nacido el 11-11-1.999, nacional de
España y sin antecedentes penales, puestos de común acuerdo entre ellos y con otras dos personas no
identificadas, con ánimo de obtener un beneficio ilícito y motivados por la orientación homosexual del
perjudicado, cometieron los siguientes hechos:
Aprovechando que Bacterio había invitado al acusado Mortadelo, a quien había conocido en
un salón de juegos, a tomar una cerveza y fumar un porro, en el domicilio donde residía sito en la
Calle de la TIA s/n de la localidad de Mejorada del Campo, el mismo acudió a dicho domicilio con el
acusado Filemón y otras dos personas no identificadas en una furgoneta, subiendo primeramente
Mortadelo al domicilio. Mortadelo salió de la vivienda en una ocasión, volviendo a entrar en la
misma, para finalmente abrir la puerta del domicilio permitiendo la entrada a Filemón y los otros dos
intervinientes no identificados, de manera que una vez en el interior de la vivienda empujaron a
Bacterio contra el sofá y le golpearon mediante patadas y puñetazos en la cabeza al tiempo que le
gritaban “maricón, hijo de puta, darle fuerte”, consiguiendo Mohamed arrebatarle el teléfono móvil
Samsung Galaxy propiedad de Mohamed (pericialmente tasado en la cantidad de 320 euros),
procediendo en ese momento los acusados y las otras dos personas no identificadas a huir escaleras
abajo abandonando el domicilio.
Como consecuencia de estos hechos el acusado Bacterio sufrió lesiones consistentes en región
eritematosa a nivel de calot craneal, excoriaciones en ceja izquierda y erosiones puntiformes en región
retroauricular, que precisaron para su sanidad de una única asistencia facultativa y 4 días no
impeditivos para sus ocupaciones habituales, no quedando secuelas.
1. IDENTIFICACION DE LOS HECHOS
Fecha y lugar: 1-10-2025 Calle de la TIA s/n Mejorada del Campo.
Hechos: Mortadelo y Filemón con la ayuda de dos personas hasta el momento
no identificadas llevan a cabo una práctica abusiva contra Bacterio
proporcionándole golpes y patadas a la cabeza robándole a su vez el teléfono
móvil.
Motivación: Beneficio ilícito y orientación homosexual de la víctima.
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Diligencias Previas 4444/ Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Coslada. Plaza 4 AL JUZGADO El Fiscal, el traslado conferido en el procedimiento de referencia de la Plaza 4 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Coslada, al amparo de lo dispuesto en el art. 780 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, interesa la apertura del Juicio Oral a celebrar, con arreglo a los dispuesto en el art. 14, apartado tercero, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ante Juzgado de lo Penal correspondiente respecto de MORTADELO y FILEMON y formula el siguiente escrito de ACUSACION 1º- Sobre las 18:00 horas del 16-10-2025 los acusados MORTADELO, mayor de edad por cuanto nacido el 20-10-2.002, nacido en Marruecos, en situación regular en España y sin antecedentes penales, y FILEMON, mayor de edad por cuanto nacido el 11-11-1.999, nacional de España y sin antecedentes penales, puestos de común acuerdo entre ellos y con otras dos personas no identificadas, con ánimo de obtener un beneficio ilícito y motivados por la orientación homosexual del perjudicado, cometieron los siguientes hechos: Aprovechando que Bacterio había invitado al acusado Mortadelo, a quien había conocido en un salón de juegos, a tomar una cerveza y fumar un porro, en el domicilio donde residía sito en la Calle de la TIA s/n de la localidad de Mejorada del Campo, el mismo acudió a dicho domicilio con el acusado Filemón y otras dos personas no identificadas en una furgoneta, subiendo primeramente Mortadelo al domicilio. Mortadelo salió de la vivienda en una ocasión, volviendo a entrar en la misma, para finalmente abrir la puerta del domicilio permitiendo la entrada a Filemón y los otros dos intervinientes no identificados, de manera que una vez en el interior de la vivienda empujaron a Bacterio contra el sofá y le golpearon mediante patadas y puñetazos en la cabeza al tiempo que le gritaban “maricón, hijo de puta, darle fuerte”, consiguiendo Mohamed arrebatarle el teléfono móvil Samsung Galaxy propiedad de Mohamed (pericialmente tasado en la cantidad de 320 euros), procediendo en ese momento los acusados y las otras dos personas no identificadas a huir escaleras abajo abandonando el domicilio. Como consecuencia de estos hechos el acusado Bacterio sufrió lesiones consistentes en región eritematosa a nivel de calot craneal, excoriaciones en ceja izquierda y erosiones puntiformes en región retroauricular, que precisaron para su sanidad de una única asistencia facultativa y 4 días no impeditivos para sus ocupaciones habituales, no quedando secuelas.

  1. IDENTIFICACION DE LOS HECHOS Fecha y lugar: 1-10-2025 Calle de la TIA s/n Mejorada del Campo. Hechos: Mortadelo y Filemón con la ayuda de dos personas hasta el momento no identificadas llevan a cabo una práctica abusiva contra Bacterio proporcionándole golpes y patadas a la cabeza robándole a su vez el teléfono móvil. Motivación: Beneficio ilícito y orientación homosexual de la víctima.

Consecuencias de la víctima: lesiones leves, asistencia médica y 4 dias de baja sin secuelas.

  1. TIPIFICACION PENAL Delito de robo con violencia o intimidación en el domicilio ajeno (art.237 y 238 CP) Delito de lesiones leves (art.147.1 CP) Agravante de discriminación por orientación sexual (art.22.4 CP)
  2. POSIBLES DEFENSAS Y CIRCUNSTACIAS PERSONALES DE LOS ACUSADOS Atenuantes: sin antecedentes penales y posible colaboración Agravantes: violencia en domicilio ajeno y discriminación.
  3. CALIFICACIÓN JURÍDICA Y SOLICITUD DE LA FISCALÍA El hecho se califica de tipo penal y la fiscalía debería llevar a cabo la apertura de un juicio oral en el juzgado de lo penal por los delitos mencionados anteriormente
  4. CONCLUSIÓN Mortadelo y Filemón deben de debido a su decisión correspondiente de cometer esos hechos deberían ser acusados de dos delitos tipificacios en el Código Penal como son el delito de robo con violencia e intimidación en el domicilio ajeno y el delito de lesiones leves: