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Tipo: Ejercicios
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Andrea Martínez, 26/09/ Derecho Mercantil, grupo U Esta conferencia ha abarcado tres temas principales descritos por cada uno de los integrantes de la charla. En primer lugar, la profesora Rodilla ha reflexionado sobre la coordinación de los fondos de inversión sobre los objetivos. Esta coordinación tiene como precedente la intención de las empresas que se orientan hacia la obtención de lucro, las cuales han impulsado unos fines distintos a los de obtención de frutos. Estas intenciones e impulsos han sido difícil de encajar y han generado fricciones tanto al derecho de la competencia como a ciertos empresarios. Además, han tenido como consecuencia la producción de externalidades negativas como es la externalización.
Sin embargo, respecto al problema se proponen diversas soluciones mediante una política liberal denominada “desplazamiento de responsabilidad”, que fomenta que sean las propias empresas las que decidan resolver las fricciones. Estas políticas se pueden realizar tanto de manera individual, donde son las propias empresas las que elevan sus estándares de comportamiento; como de forma colectiva, mediante acuerdos de sostenibilidad, produciendo el choque entre dos políticas: por un lado la política del medio ambiente y por otro lado la política de competencia, que esta última es la que debe flexibilizarse.
Otro problema planteado es que estos acuerdos realizados también afectan a los financiadores, no sólo a la economía productiva. Este fenómeno está formado por muchos operadores como pueden ser los bancos, las aseguradoras, etc. Los cuales absorben el capital y posteriormente deciden hacia qué empresas van a canalizar el dicho capital. Cabe recalcar que estos financiadores participan en la constitución de unas asociaciones y acuerdos, concentrando la mayor parte destinada al mercado productivo, siguiendo los siguientes puntos: un boicot en la financiación interna y externa; una promoción de políticas de sostenibilidad y unas políticas de transparencia. No obstante, estas agrupaciones también generan conflictos políticos y de competencia, produciendo unos acuerdos de escandalización que no deberían afectar de forma significativa.
Así pues, la profesora Rodilla extrae las siguientes conclusiones: al margen de las críticas a la solución de los problemas, es difícil negar que la administración pública resuelva los fallos de mercado; se debe aplicar el derecho de la competencia de una forma más concesiva, ya que debe ser interpretado de acuerdo a los Tratados de la UE en materia de sostenibilidad; y la competencia es el mejor instrumento que tenemos para la mejora de los mercados, concienciando así al consumidor hacia la compra de productos sostenibles.
El segundo tema que se ha tratado en la conferencia ha sido dirigido al Reglamento del Bono Verde europeo y la certificación. Se parte de la base de la finanza sostenible, la cual es el proceso que se debe de tener en cuenta ante las cuestiones sociales durante la inversión. Integra criterios ambientales, sociales y de gobernanza en la toma de decisiones de inversión. Un ejemplo serían los Bono Verde, los cuales son un instrumento de financiación que ante un rápido crecimiento de mercado se establece una normativa y reglamento de bonos verdes europeos para aumentar su transparencia, siendo Europa uno de los mayores emisores de bonos verdes.
Cuando una empresa, banco o institución emite un Bono Verde (o similar), debe garantizar que el dinero recaudado realmente se destina a proyectos sostenibles. Ahí entra la certificación, que es un proceso de verificación independiente en el que una entidad externa evalúa: si el proyecto cumple criterios ambientales, sociales o de gobernanza; y si la información que da el emisor es clara, transparente y verificable. Existen requisitos para el reglamento del bono verde: que contribuya a uno de los objetivos que establece el reglamento; que la actividad no cause perjuicio; y que la actividad se ajuste a los criterios establecidos.
Recopilando se llevan a cabo las siguientes conclusiones sobre el Bono Verde y la certificación: aunque el nuevo reglamento genere transparencia y confianza, sigue preocupando el carácter voluntario del reglamento; y no se encuentran detallados los requisitos técnicos y esto puede afectar a la calidad.