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CIENCIAS AMBIENTALES PARA ESTUDIANTES DE PRIMER GRADO
Tipo: Apuntes
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REVISÓ APROBÓ
ALEJANDRA PAEZ OSORIO Secretaria General 19 - 06 - 2015
SAMUEL ZAMBRANO CANIZALES Jefe Oficina Asesora de Planeación y Prospectiva 19 - 06 - 2015
DE COFINANCIACIÓN PARA LA FORMULACIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO A PROGRAMAS, PLANES Y PROYECTOS DEL FONDO DE
- RESOLUCIÓN 0385 DEL 02 DE OCTUBRE DE FOMENTO AGROPECUARIO EN EL MARCO DE LA - MN-DEI- - 19 - 06 - FECHA EDICIÓN Mediante el Decreto 1985 de 2013 fue modificada la estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, determinando las funciones de sus dependencias, estableciendo en el artículo 7 las funciones de la Oficina Asesora de Planeación y Prospectiva, entre las que se incluye la coordinación del proceso de planificación del sector agropecuario, pesquero y de desarrollo rural en los aspectos técnicos, económicos y administrativos.
El mencionado Decreto dispone en su artículo 25 que el Fondo de Fomento Agropecuario es una cuenta separada, incluida en el presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y administrado por el Despacho del Ministro o quien este delegue, el cual tiene por objeto impulsar las actividades que contribuyan al fomento del desarrollo del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, de conformidad con las políticas que para el efecto adopte este Ministerio, mediante su incorporación a los procesos productivos, capacitación y organización empresarial, y dotación a los municipios rurales de la infraestructura de Comercialización y de los servicios sociales básicos; lo anterior, mediante la asignación de recursos dentro de su presupuesto de inversión, con el cual ejecuta los proyectos presentados bajo los parámetros del citado fondo.
Dado lo anterior, se requirió fijar directrices y dictar pautas que detallan el procedimiento aplicable a los proyectos presentados ante el MADR para ser cofinanciados en el marco del Fondo de Fomento Agropecuario, aspectos orientados a procurar mayor eficiencia en la administración y usos de los recursos. En procura de ello, se emitió la Resolución No. 000055 del 22 de enero de 2014, la cual atendía la nueva estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural establecida mediante el Decreto No. 1985 de 2013.
Para lo anterior, la Resolución 000385 de 2 de octubre de 2014^1 establece en su artículo 7 el Manual de cofinanciación para la formulación, ejecución y seguimiento a programas, planes y proyectos del Fondo de Fomento Agropecuario, para lo cual se establece el presente documento, el cual establece las reglas aplicables para la presentación, evaluación y adjudicación de los recursos de cofinanciación.
El presente Manual se encuentra dividido en siete capítulos: 1. Marco Normativo 2. Términos. 3. Principios para la presentación de proyectos. 4. Requisitos de elegibilidad de los proyectos. 5. Metodología e instrumento para la evaluación de proyectos. 6. Factores de evaluación de los proyectos. Y 7. Seguimiento participativo y comunitario de los proyectos.
(^1) Resolución 000385 de 2 de Octubre de 2014 “Por el cual se fijan directrices y se dictan pautas para la
administración de los recursos del Fondo de Fomento Agropecuario ”
Materializar estos propósitos mediante la cofinanciación de proyectos que se enmarquen en estos objetivos y estén dentro de los lineamientos de la política que para el efecto determine el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Los proyectos deberán estar orientados a los siguientes aspectos:
Desarrollar y aplicar nuevas tecnologías en procesos y productos del sector agropecuario y pesquero, que beneficien a comunidades campesinas, indígenas, negros, entre otros. Transformar productos y subproductos del sector agropecuario y pesquero mediante la innovación de procesos que generen valor agregado a los mismos. Transferir tecnología en procesos de reconversión para la transformación y modernización productiva en el sector agropecuario y pesquero. Apoyar al mercadeo y la comercialización de productos agropecuarios y pesqueros y otros bienes producidos correspondientes al sector agropecuario Apoyar proyectos regionales orientados al aprovechamiento de recursos naturales en armonía con la biodiversidad de las regiones y los principios de sostenibilidad. Apoyar la construcción y ampliación de plazas de mercados, ferias y centros de acopio. Apoyar proyectos productivos para beneficiarios del FONDO DE FOMENTO AGROPECUARIO que resulten afectados por fenómenos naturales y/o eventos causados por el hombre de manera no intencional, en cuanto con tales proyectos se contribuya en lo pertinente al fomento del desarrollo del sector agropecuario, pequero o de desarrollo rural. Los demás que determine el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, acorde con el objeto del FONDO DE FOMENTO AGROPECUARIO y los objetivos específicos señalados anteriormente.
2.1.1 Requisitos habilitantes
Beneficiarios: Los proyectos están dirigidos a los pequeños productores agropecuarios, pesqueros o los relacionados con el desarrollo rural, a través de diferentes esquemas de asociación o a través de los entes territoriales. “ Entiéndase por pequeño productor a toda persona cuyos activos totales no superen los doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (200 smlmv), incluidos los del cónyuge ”^3 o compañero permanente. Proponentes: Los proyectos podrán ser presentados por: Entidades territoriales y sus organismos descentralizados, cuando el objeto principal de estos se refiera a la gestión agropecuaria, pesquera o de desarrollo rural campesino. Organizaciones y asociaciones campesinas y/o de pescadores. Cooperativas agropecuarias de primer y segundo grado. Empresas comunitarias y formas asociativas. Asociaciones gremiales agropecuarias. Centros de formación agropecuaria. Organizaciones de grupos étnicos reconocidas antes las entidades competentes.
(^3) Resolución 000385 del 2 de Octubre de 2014, Articulo 4, Parágrafo 3.
Contrapartida: Se entiende por contrapartida el aporte realizado en dinero, bienes o servicios o en especie que dispondrá la organización proponente para el desarrollo del proyecto. Ésta deberá estar determinada con precisión, especificada o desagregada, con su respectiva valoración económica y sustentación en soportes idóneos, de acuerdo con la naturaleza y características del proyecto respectivo, con el fin de articular esfuerzos para el desarrollo de los proyectos. Cabe mencionar que la contrapartida es parte inherente al valor total del proyecto, entendido este, como el agregado de recursos entre el cofinanciamiento y la mencionada contrapartida. Dado lo anterior, los proyectos deberán tener una contrapartida en dinero, bienes y/o servicios, la cual no podrá ser inferior al 20% del valor total del proyecto.
Monto de Cofinanciación: La cofinanciación corresponde al aporte monetario suministrado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, financiado con recursos del Fondo de Fomento Agropecuario. De tal manera, los proyectos podrán ser cofinanciados hasta por cuatro mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (4.000 SMMLV).
Periodo de ejecución: Los proyectos deberán ser ejecutados en la vigencia respectiva^4 , o en caso contrario se deben observar las normas presupuestales correspondientes^5.
Los términos de las convocatorias serán publicados a través de los canales de difusión pertinentes_._
La presentación de proyectos al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural por el FFA, debe estar al servicio de los intereses generales y se debe desarrollar con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, buena fe, eficiencia, participación, responsabilidad y trasparencia, así como los principios de planeación, libre concurrencia, sostenibilidad y selección objetiva, de conformidad con el Articulo 209, Capitulo 5, Titulo 7 de la Constitución Política, el Estatuto General de Contratación de la Administración Publica y demás normas aplicables.
Para que un proyecto se considere elegible debe cumplir todos los requisitos jurídicos, socioeconómicos, técnicos y financieros que a continuación se detallan:
(^4) Resolución 000385 del 2 de Octubre de 2014, Articulo 8 (^5) Resolución 000385 del 2 de Octubre de 2014, Articulo 9, Parágrafo c
Certificación por parte del proponente donde conste que ninguno de los beneficiarios ha recibido otros apoyos, incentivos, auxilios, subsidios y/o cofinanciaciones provenientes del Fondo de Fomento Agropecuario en los últimos dos años.
Certificado de antecedentes disciplinarios, fiscales y judiciales actualizados de, los cuales se consultan a través de las páginas web de la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, y la Policía Nacional respectivamente.
Presentar el proyecto en la Ficha de la Metodología General Ajustada – MGA del Banco de
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará a la declaración de no elegibilidad del proyecto El Fondo de Fomento Agropecuario financiará proyectos hasta agotar el presupuesto anual asignado para este propósito y el pago de los desembolsos se hace acorde a la disponibilidad presupuestal y a la aprobación de la Programación Anual de Caja (PAC) por marte del Ministerio de Agricultura y Crédito Público.
Los proyectos deben presentarse en Metodología General Ajustada-MGA, la cual es una herramienta informática diseñada por el Departamento Nacional de Planeación para la identificación, preparación y evaluación de proyectos de inversión pública. Todas las especificaciones para el uso de esta herramienta se encuentran disponibles en el siguiente enlace: https://www.sgr.gov.co/proyectos/mga.aspx Como anexo el proponente debe entregar un documento técnico que responda de manera explícita a los elementos valorados en la evaluación (Ver numeral 6.1 de este documento), conteniendo como mínimo los siguientes elementos: Detalle socioeconómico: debe especificar los criterios de selección de los beneficiarios, evidenciar el
compromiso de los mismos con el proyecto, la distribución de ingresos y beneficios, los mecanismos previstos para dar sostenibilidad al proyecto una vez finalice la financiación por parte del Ministerio.
Los proyectos que contengan capacitación, deben detallar los temas de formación, la duración y el número de talleres, el número de personas a capacitar, el lugar y los insumos requeridos.
Detalle técnico : debe contener todas las especificaciones de operación de acuerdo a la naturaleza del
proyecto, como: vocación edafoclimática y de predios (uso del suelo), requerimientos ambientales, manejo técnico - operativo de cada línea propuesta (recursos, insumos, maquinaria, equipos, mano de obra), experiencia y conocimiento en las actividades propuestas y disponibilidad de mano de obra, aspectos de comercialización como el volumen de venta, precios, periodicidad, asistencia técnica.
Debe evidenciarse claramente el método de estimación de producción, indicadores de base que permitan identificar cambios en la situación inicial a través de la puesta en marcha del proyecto.
Todos los proyectos deben cumplir con la normativa medio ambiental vigente, por lo tanto deben identificar las licencias y permisos requeridos de acuerdo con el proyecto. Si bien no se exige la presentación de las licencias o permisos con la presentación de las propuestas, una vez se aprueben los proyectos estas se incluirán como requisito en la ejecución del proyecto y los pagos parciales que se pacten estarán condicionados a la entrega oportuna de este requerimiento.
Los proyectos que impliquen comercialización de bienes o servicios, se requiere la elaboración de un estudio de mercado, en el cual se identifique su oferta y demanda, sus posibilidades en el mercado y clientes potenciales, así como los canales y condiciones de comercialización y distribución, tales como frecuencia, precios y lugares de venta.
Detalle financiero : se debe anexar un flujo de caja detallado, donde se identifique: el horizonte de evaluación del proyecto de acuerdo con el tipo de actividad económica a desarrollar, la inversión discriminada entre el valor de cofinanciación y contrapartida, la cuantificación de los ingresos y egresos los cuales deben ser acordes con el objetivo y las actividades descritas.
Los insumos solicitados en el presupuesto deben estar respaldados con mínimo 2 cotizaciones.
Todos los documentos (MGA, anexo y documentación jurídica) deben entregarse en físico, foliados y en formato electrónico (cd que contenga como rótulo el nombre del proyecto) en la siguiente dirección Carrera 8 # 12b- 31. Piso 5, Bogotá, Edificio Bancol.
El proceso de evaluación de los proyectos presentados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural en el marco del Fondo de Fomento Agropecuario contempla cinco etapas. La Figura 1 muestra dicho proceso:
Notificación de resultados de evaluación:
De acuerdo con el concepto integral de viabilidad emitido por el panel de evaluación, se enviará al proponente un oficio con los resultados obtenidos, el cual contendrá las observaciones y puntaje correspondientes. Los proyectos obtendrán algunos de los siguientes conceptos:
Rechazado: proyectos que obtienen menos de 50 puntos en el proceso de evaluación. Estos proyectos no continúan en el proceso.
Subsanable: proyectos que obtienen entre 50 y 80 puntos en el proceso de evaluación, por lo cual requieren ajustes. El proponente tendrá 15 días hábiles para allegar las correcciones; de no cumplir con este plazo o no realizar correctamente los ajustes, el proyecto será rechazado y no continuará con el proceso.
Aprobado: proyectos que obtienen un puntaje mayor a 80 puntos; lo cual será notificado al proponente, al tiempo que se solicitará los documentos de contratación que estén pendientes para continuar con el proceso.
Los conceptos y puntuaciones se detallan en el apartado 6.1 de este Manual.
Firma de convenios: los proyectos que son aprobados y/o subsanados en la etapa anterior serán remitidos al Grupo de Contratación del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para la elaboración del convenio. Para la firma, el proponente debe suministrar los siguientes documentos requeridos para contratar con el Estado adicionales a los requisitos habilitantes:
De acuerdo con el artículo noveno de la Resolución 385 de 2014, para el inicio de la ejecución de cada proyecto el Ministerio ordenará al menos una visita al área donde se llevará a cabo el proyecto, por funcionarios o contratistas designados, con el propósito de confirmar las condiciones presentadas en cada proyecto y los beneficiarios en cada uno de ellos, como requisito de verificación para proceder a autorizar el primer desembolso, y de igual manera se procederá con los desembolsos siguientes.
Los proyectos serán evaluados teniendo en cuenta cuatro componentes: jurídico, socioeconómico, técnico y financiero. La tabla 1 presenta la ponderación asignada a cada uno de éstos:
Jurídico Habilitado/Inhabilitado Socioeconómico 30% Técnico 40% Financiero 30% Total 100% Fuente: Elaboración Oficina Asesora de Planeación. (OAPP)
Cada componente a evaluar está integrado por un conjunto de criterios que tienen asignada una ponderación propia, tales criterios se subdividen a su vez en factores que han sido identificados como relevantes para los proyectos; factores que al ser medidos definen el nivel de alcance e impacto socioeconómico, técnico y financiero de las propuestas y proporcionan información suficiente para determinar si éstas pueden o no ser viables.
La figura 2 que se presenta a continuación expone la estructura de cada uno de los componentes a evaluar:
Fuente: Elaboración Oficina Asesora de Planeación. (OAPP)
La evaluación de cada uno de los componentes arroja una puntuación entre 0 y 100. Al sumar el puntaje de los tres componentes (socioeconómico, técnico y financiero) se obtiene la calificación final del proyecto, la cual determina su viabilidad de acuerdo con los siguientes rangos:
Puntuación final menor a 50 puntos: los proyectos con esta puntuación no contienen los elementos socioeconómicos, técnicos y/o financieros necesarios para ser viables, por lo cual son rechazados. Finalizado el proceso de evaluación se enviará al proponente un oficio con el concepto de viabilidad que soportan la puntuación obtenida.
Si la organización proponente se encuentra en desacuerdo con la puntuación, podrá presentar dentro de los 10 días hábiles siguientes al recibido del concepto de viabilidad una reclamación que contenga
Los criterios que han sido definidos para evaluar este componente, así como sus respectivos factores y ponderaciones, se describen en la Tabla 2:
Criterio Factor
Calidad de Vida
Generación de empleo y/o ingresos
Mejoramiento de las condiciones alimentarias
Fortalecimiento de las comunidades
Fortalecimiento Organizacional
Eficiencia en la adquisición de bienes y servicios por intermedio de la organización de base Apertura de canales de comercialización como asociación
Formación
Formación teórico-práctica en áreas relacionadas con actividades agropecuarias
Organización de actividades
Participación de Beneficiarios
Distribución de beneficios e ingresos
Compromiso de los beneficiarios Criterio de selección beneficiarios
Total 30%
Fuente: Elaboración Oficina Asesora de Planeación. (OAPP)
6.2.2.1 Calidad de vida La calidad de vida como concepto supera las apreciaciones que se derivan de otros términos como pobreza o miseria, los cuales están enfocados casi exclusivamente en la cantidad y calidad del ingreso doméstico.
La calidad de vida establece un marco de interpretación más amplio que se determina no sólo por la composición de los ingresos, sino también por su fuente y utilización en la adquisición de bienes y servicios, los estilos de vida que se conforman a su alrededor y las condiciones socio económicas que permiten una vida satisfactoria. Los factores a evaluar en este componente son:
Generación de empleo y/o ingresos^9 : la ejecución de las actividades del proyecto están enfocadas a la generación de empleo y/o mejoramiento de los ingresos de las personas beneficiarias o de terceras personas pertenecientes a cada una de las comunidades en cuestión.
Mejoramiento de las condiciones alimentarias: el proyecto propende por el mejoramiento de las condiciones alimentarias de las personas beneficiarias del mismo.
Fortalecimiento de las comunidades: el proyecto contempla actividades dirigidas a promover el trabajo colectivo y la organización de las comunidades; coadyuva en los procesos organizativos de las personas beneficiarias con asistencia administrativa, formativa u otras; o aporta en la entrega o recuperación de bienes y/o servicios para toda la comunidad.
6.2.2.2 Fortalecimiento organizacional
El fortalecimiento organizacional se entiende como el conjunto de actividades dirigidas a apoyar la asociatividad de los productores individuales, a fin de mejorar su acceso a bienes y servicios de manera más eficiente, movilizar sus propios recursos y mejorar los procesos de producción y comercialización, lo que impacta positivamente en la calidad de vida de las personas.
Los factores que se consideran para la valoración de este criterio, son:
Eficiencia en la adquisición de bienes y servicios por intermedio de la organización de base: el proyecto propende por la reducción de costos en los insumos y/o servicios por compras al por mayor, descuentos a la organización de base y/o gestión de recursos externos, lo cual se traduce en beneficio para las personas beneficiarias del proyecto.
Apertura de canales de comercialización como asociación: el proyecto considera la apertura o fortalecimiento de los canales de comercialización, lo que aumenta el margen de ganancia de los productores individuales por medio de la venta al por mayor, el aseguramiento de la compra de la producción, la reducción de los costos de transporte y/o la eliminación de intermediarios.
6.2.2.3 Formación
Los procesos de formación son fundamentales a la hora de dar respuesta a las exigencias relacionadas con la incorporación y fortalecimiento de prácticas para la producción agropecuaria que mejoran los rendimientos de los suelos, la promoción del ahorro y el fomento de la asociatividad; así mismo se vislumbran como una estrategia esencial a la hora de poner en marcha acciones gubernamentales que propendan por la equidad e igualdad en el sector rural.
La educación puede darse a través múltiples formas: educación formal, no formal e informal^10 , por ello se tienen en cuenta todas las estrategias de carácter teórico o práctico que de manera formal e informal se
(^9) La situación deseada se sintetiza en la noción de Trabajo Decente, que incluye: “un trabajo productivo, justamente remunerado, en el cual se protegen los derechos, ejercido en condiciones de libertad, equidad, seguridad, capaz de garantizar una vida digna. La existencia de trabajo decente o de calidad, se sustenta en cuatro ejes: respeto a los derechos del trabajo, promoción del empleo de calidad, extensión de la protección social y diálogo social. Definición de empleo de calidad de la OIT que sirve de guía a los países para alcanzar mejores condiciones laborales. (^10) Coombs citado por Touriñán (1996:63): (…) identifica la educación formal con el sistema educativo escolar, institucionalizado y organizado; la educación no formal con el conjunto de actividades educativas organizadas y sistemáticas que se realizan fuera del sistema escolar formal para
6.2.3 Componente técnico En este componente se evalúa la pertinencia del proyecto, la coherencia externa entre su formulación y las políticas institucionales, la congruencia interna entre los insumos que requiere, las actividades, las metas y los productos que establece, y la eficacia de las metas de producción^11.
En este componente se asigna puntaje a los criterios y factores dispuestos en la Tabla 3.
Criterio Factor
Objetivo – fin
Coherencia del proyecto
Objetivos medibles
Cronograma de actividades
Detalle de las actividades enfocadas al desarrollo del proyecto
Coherencia y secuencialidad en las actividades
Justificación de requerimientos
Equipo humano
Insumos materiales
Recursos financieros
Identificación de producto
Descripción de bienes o servicios
Oferta de bienes o servicios con valor agregado o diferenciado
Estrategia de comercialización y/o mercadeo
Oferta y demanda
Logística de comercialización
Asistencia técnica y/o capacitación
Monitoreo y seguimiento
Asistencia técnica y de capacitación
Viabilidad técnica Articulación y coherencia técnica
Mejoramiento de las formas de producción
Productividad
Mejoramiento de las características de la producción
Total 40%
Fuente: Elaboración Oficina Asesora de Planeación. (OAPP)
A continuación se detallan cada uno de los criterios y factores definidos para el componente técnico y su respectiva puntuación.
6.2.3.1 Objetivo – fin Este criterio evalúa la coherencia externa e interna del proyecto a partir de los siguientes factores:
Coherencia del proyecto: el proyecto está planteado de manera coherente entre el problema identificado, sus causas, sus efectos, el objetivo general de la propuesta, las actividades proyectadas y los productos definidos para su cumplimiento.
Objetivos medibles^12 : el proyecto contempla objetivos medibles (existen indicadores que permiten medir el logro de los objetivos), precisos (se define quiénes se beneficiarán con el proyecto y cuál es el impacto que se espera lograr) y realistas (se toman en cuenta los recursos disponibles para lograr los objetivos, se destinan para todo el horizonte del proyecto).
6.2.3.2 Cronograma de actividades El cronograma de actividades es una representación gráfica de la información sobre los tiempos que demanda cada actividad y proceso durante la ejecución y operación^13 , y especifica las tareas a desarrollar en un orden lógico y cronológico.
Los factores que se tienen en cuenta dentro de este criterio son:
Detalle de las actividades enfocadas al desarrollo del proyecto: el proyecto contiene actividades descritas a profundidad, que evidencian las acciones necesarias para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos.
Coherencia y secuencialidad en las actividades: el proyecto mantiene la coherencia entre las actividades planteadas y los objetivos, la naturaleza, los requerimientos de tiempos e insumos para su desarrollo.
6.2.3.3 Insumos y requerimientos Para implementar los procesos y actividades se requiere especificar cuantitativa y cualitativamente los insumos (recursos humanos, materiales y financieros) según las relaciones insumo/producto^14.
Los factores que se tienen en cuenta dentro de este criterio de evaluación son:
Equipo humano: el proyecto hace referencia a las características de los profesionales, técnicos y trabajadores necesarios para su ejecución; detalla los perfiles requeridos y la cantidad de personas necesarias para cumplir con las metas establecidas.
(^12) Ibid. p. 29. (^13) Ibid., p. 71. (^14) Ibid., p. 75.