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comparacion de tratados, Esquemas y mapas conceptuales de Historia

Tratado Herrán - Hay y Tratado Hay – Buneau-Varilla

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2019/2020
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Subido el 18/08/2020

daniel-jose-martinez-quintero
daniel-jose-martinez-quintero 🇵🇦

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Participantes: Daniel Martinez, Nour Ohmer, Emilio Liao, Maria Valdiviezo
Cédula: 8-962-2323, 8-973-1891, 8-918-470, 8-993-2026
Diferencias entre los dos tratados
Tratado Herrán - Hay Tratado Hay – Buneau-Varilla
-Los Estados Unidos garantizan y
mantendrá la independencia de Panamá.
Estados Unidos (EEUU) tendría
todos los derechos de construcción
del canal por un período de 100
años, renovables.
Concesión a perpetuidad.
Colombia concedía una zona de 5
kilómetros de ancho a cada lado del
canal. Además, se permitía que
EEUU, usara las islas Perico, Naos y
Flamenco (en la Bahía de Panamá),
pero estas islas continuaban bajo la
soberanía de Colombia.
Se concedió a EEUU, de manera
perpetua, un territorio de 10 millas (16
kilómetros) de ancho (Zona del Canal)
en el cual se construiría la vía marítima y
todas las instalaciones necesarias para
su administración y funcionamiento. La
concesión incluía las Islas Perico, Naos,
Culebra, y Flamenco, ubicados en la
Bahía de Panamá.
EEUU pagaría, en un plazo de 9
años, una anualidad 250,000 dólares
a Colombia. Además, le dará 10
millones de dólares, cuando se
ratificara el proyecto, siempre que
Colombia cediera sus derechos
sobre la Compañía del Ferrocarril y
sobre la Compañía Nueva del Canal.
EEUU pagaría a Panamá una
compensación por las concesiones
equivalentes a 10 millones de dólares.
También se definió el pago de una
anualidad de 250,000 dólares a
Panamá.
Colombia tendría derecho de transportar
sus barcos por el canal sin que se les
cobrar por ello.
Panamá tenía derecho a transportar por
el canal sus naves, tropas y elementos
de guerra en todo tiempo y sin pagar
derechos de ninguna clase.
EEUU garantizaría la neutralidad del
canal.
Panamá vendería o arrendaría a EEUU
las tierras necesarias para establecer
estaciones navales tanto en el Pacífico
como en el Caribe del país, para
proteger el Canal y mantener su
neutralidad.
No se impondrán contribuciones
nacionales, municipales,
departamentales, sobre el canal.
Panamá no impondría contribuciones
nacionales, departamentales o
municipales sobre el Canal u otras obras
relacionadas con el mismo.
Expropiación de tierras y de propiedades
para el Canal, sin limitación en lo que
respecta al avalúo de los valores, de
acuerdo con las reglas generales de la
ley colombiana para su aplicación.
Expropiación de tierras y de propiedades
para el Canal, avaluadas con base de
sus valores en 1903.
Jurisdicción judicial en la Zona del Canal
ejercida por tribunales mixtos
Jurisdicción policial y judicial ejercida
exclusivamente por los Estados Unidos.
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¡Descarga comparacion de tratados y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Historia solo en Docsity!

Participantes: Daniel Martinez, Nour Ohmer, Emilio Liao, Maria Valdiviezo

Cédula: 8-962-2323, 8-973-1891, 8-918-470, 8-993-

Diferencias entre los dos tratados

Tratado Herrán - Hay Tratado Hay – Buneau-Varilla

- Los Estados Unidos garantizan y

mantendrá la independencia de Panamá.

Estados Unidos (EEUU) tendría

todos los derechos de construcción

del canal por un período de 100

años, renovables.

Concesión a perpetuidad. Colombia concedía una zona de 5 kilómetros de ancho a cada lado del canal. Además, se permitía que EEUU, usara las islas Perico, Naos y Flamenco (en la Bahía de Panamá), pero estas islas continuaban bajo la soberanía de Colombia. Se concedió a EEUU, de manera perpetua, un territorio de 10 millas ( kilómetros) de ancho (Zona del Canal) en el cual se construiría la vía marítima y todas las instalaciones necesarias para su administración y funcionamiento. La concesión incluía las Islas Perico, Naos, Culebra, y Flamenco, ubicados en la Bahía de Panamá.

EEUU pagaría, en un plazo de 9

años, una anualidad 250,000 dólares

a Colombia. Además, le dará 10

millones de dólares, cuando se

ratificara el proyecto, siempre que

Colombia cediera sus derechos

sobre la Compañía del Ferrocarril y

sobre la Compañía Nueva del Canal.

EEUU pagaría a Panamá una compensación por las concesiones equivalentes a 10 millones de dólares. También se definió el pago de una anualidad de 250,000 dólares a Panamá. Colombia tendría derecho de transportar sus barcos por el canal sin que se les cobrar por ello. Panamá tenía derecho a transportar por el canal sus naves, tropas y elementos de guerra en todo tiempo y sin pagar derechos de ninguna clase. EEUU garantizaría la neutralidad del canal. Panamá vendería o arrendaría a EEUU las tierras necesarias para establecer estaciones navales tanto en el Pacífico como en el Caribe del país, para proteger el Canal y mantener su neutralidad. No se impondrán contribuciones nacionales, municipales, departamentales, sobre el canal. Panamá no impondría contribuciones nacionales, departamentales o municipales sobre el Canal u otras obras relacionadas con el mismo. Expropiación de tierras y de propiedades para el Canal, sin limitación en lo que respecta al avalúo de los valores, de acuerdo con las reglas generales de la ley colombiana para su aplicación. Expropiación de tierras y de propiedades para el Canal, avaluadas con base de sus valores en 1903. Jurisdicción judicial en la Zona del Canal ejercida por tribunales mixtos Jurisdicción policial y judicial ejercida exclusivamente por los Estados Unidos.

colomboamericanos. Colombia entregaría las posesiones de la Compañía del Ferrocarril en las ciudades de Panamá y Colón. Colombia se encargaría de la protección y defensa del canal, aunque podía solicitar la intervención de EEUU para tal fin. Se estableció que ningún cambio de gobierno o leyes en Panamá afectaría las concesiones estadounidenses definidas en el tratado. Se concedió a los EEUU, a perpetuidad, el derecho a usar ríos, riachuelos, lagos, y otras masas de aguas que fueran necesarias para la construcción y mantenimiento del canal. Se permitió que EEUU importara, sin restricciones ni pagos de impuestos, todos los materiales y bienes destinados a la Zona del Canal.