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Asignatura: Derecho Constitucional II, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: ULL
Tipo: Apuntes
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TEMA 13 LAS COMPETENCIAS TEMA 13 LAS COMPETENCIAS AUTONÓMICAS AUTONÓMICAS TIPO DE COMPETENCIA ¿QUÉ LE CORRESPONDE AL ESTADO? ¿QUÉ LE CORRESPONDE A LA C.A. DE CANARIAS? Exclusivas del Estado Todas las funciones en relación con la materia:
COMPETENCIAS EXCLUSIVAS E COMPETENCIAS EXCLUSIVAS CCAA COMPETENCIAS CONCURRENTES COMPETENCIAS COMPARTIDAS OTRO TIPO COMPETENCIAS Defensa y FFAA Relaciones internacionales Nacionalidad, extranjería y derecho de asilo Comercio exterior Sistema monetario Ordenación del crédito, banca y seguros Sanidad exterior Ferrocarriles, transportes, aprovechamientos hidráulicos, puertos y aeropuertos, museos y bibliotecas del Estado (superan el ámbito territorial de una CA) Instituciones autonómicas Agricultura y ganadería Turismo Asistencia y servicios sociales Caza y pesca Comercio y consumo Industria Ord. Del Territorio y Urbanismo Ferrocarriles, transportes, aprovechamientos hidráulicos, puertos y aeropuertos, museos y bibliotecas del Estado (cuando no superan el ámbito territorial de la CA) Ordenación general de la economía Educación Régimen local Sanidad Crédito y Cajas de ahorro Administraciones Públicas y Funcionarios Medio ambiente Medios de comunicación Legislación laboral Legislación mercantil y penitenciaria Propiedad intelectual e industrial Legislación sobre productos farmacéuticos Cultura Denominaciones de orígen Empresas públicas (participación) Orden público Televisión autonómica
EL CONCEPTO CONSTITUCIONAL DEEL CONCEPTO CONSTITUCIONAL DE COMPETENCIAS COMPETENCIAS
Competencias de exclusividadCompetencias de exclusividad parcial: las CC.AA. disponen de parte parcial: las CC.AA. disponen de parte de la materia. El T.C. aplicó el de la materia. El T.C. aplicó el concepto “competencias exclusivas concepto “competencias exclusivas de colaboración” (STC de colaboración” (STC 11/1986)11/1986)
Competencias compartidas: Un enteCompetencias compartidas: Un ente se reserva la función normativa y se reserva la función normativa y otro la ejecución. otro la ejecución.
Relación: Legislación básica del EstadoRelación: Legislación básica del Estado y legislación de desarrollo de las CC.AA y legislación de desarrollo de las CC.AA a) a) La normativa de desarrollo debe respetar laLa normativa de desarrollo debe respetar la normativa básica del Estado normativa básica del Estado b) b) La normativa de desarrollo no debe ser tanLa normativa de desarrollo no debe ser tan detallista que invada en exceso el ámbito detallista que invada en exceso el ámbito autonómico de desarrollo. autonómico de desarrollo. c) c) La CC.AA. no tiene porque esperar a que se dicte laLa CC.AA. no tiene porque esperar a que se dicte la normativa del Estado para dictar su normativa de normativa del Estado para dictar su normativa de de desarrollo. de desarrollo.
Legislación básica del Estado:Legislación básica del Estado: Los conceptos de bases y legislación básica los haLos conceptos de bases y legislación básica los ha manejado en un inicio la jurisprudencia constitucional manejado en un inicio la jurisprudencia constitucional como equivalentes. como equivalentes. En las primeras sentencias del TC se establecía que loEn las primeras sentencias del TC se establecía que lo básico es un concepto material, lo básico lo es por su básico es un concepto material, lo básico lo es por su contenido, no por su forma (común denominador contenido, no por su forma (común denominador normativo para todo el Estado). normativo para todo el Estado). En la jurisprudencia del TC a partir de 1983 se tiendeEn la jurisprudencia del TC a partir de 1983 se tiende a diferenciar entre bases y legislación básica (Las a diferenciar entre bases y legislación básica (Las bases no solo contemplan funciones normativas, sino bases no solo contemplan funciones normativas, sino también ejecutivas) también ejecutivas)
Legislación básica del Estado:Legislación básica del Estado:
Legislación básica del Estado:Legislación básica del Estado: La determinación de lo que se considera básico oLa determinación de lo que se considera básico o no está en última instancia en manos del T.C. no está en última instancia en manos del T.C. La determinación del concepto “Legislación básicaLa determinación del concepto “Legislación básica del Estado” no implica que dicha normativa solo del Estado” no implica que dicha normativa solo deba venir en normas con rango de ley. deba venir en normas con rango de ley. Lo básico tiene:Lo básico tiene: a) a) Un sentido positivo: objetivos, fines y orientacionesUn sentido positivo: objetivos, fines y orientaciones iguales para todo el Estado iguales para todo el Estado b) b) Un sentido negativo: constituyen un límite dentroUn sentido negativo: constituyen un límite dentro del cual se deben mover las CC.AA. del cual se deben mover las CC.AA.
Remisión a lo ya explicadoRemisión a lo ya explicado