Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Concepciones de la norma, Apuntes de Sociología Jurídica

Asignatura: Sociología, Profesor: Cristina Monereo, Carrera: Derecho, Universidad: UMA

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 27/11/2016

maria_jr
maria_jr 🇪🇸

3.6

(25)

21 documentos

1 / 14

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
BLOQUE 4
TEORÍA DE LA NORMA
Tema 11
Concepciones de la norma
Principios y reglas
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa
pfd
pfe

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Concepciones de la norma y más Apuntes en PDF de Sociología Jurídica solo en Docsity!

BLOQUE 4

TEORÍA DE LA NORMA

Tema 11

Concepciones de la norma

Principios y reglas

1. Principales concepciones de la

norma jurídica

i. Concepción de la norma propuesta por

Kelsen

Comienza diferenciando:

  • En primer lugar:
    • Enunciados jurídicos^ (ámbito Ciencia jurídica)
      • Proposiciones condicionales que prevén ciertas consecuencias bajo determinadas condiciones
      • Informan del contenido
      • Descripción (función Ciencia jurídica)
      • Verdadero o falso
    • Normas jurídicas^ (ámbito Derecho)
      • Mandatos, órdenes, imperativos
      • Son el propio contenido
      • Prescripción (función Derecho)
      • Existentes o no existentes
  • Rasgos básicos de la norma:
    • La norma es un mandato (deber ser)
    • El Derecho es un sistema coactivo
    • La coacción se materializa en la sanción
    • El Derecho es un orden social sancionador Por tanto, rasgo característico: la SANCIÓN NEGATIVA

Normas jurídicas primarias son enunciados que contienen sanciones ¿Qué ocurre con las normas que no contienen sanciones? Normas secundarias -no independientes (sin sanciones, partes de las normas primarias que establecen la condición)

 (^) Critica la concepción kelseniana de la norma jurídica pues ésta sólo corresponde con la norma penal  (^) Dos clases de normas -reglas-(no por estructura, sino por función):

  • Primarias
    • Normas de comportamiento o conducta
    • Establecen modelos de conducta dirigidos a los ciudadanos
    • Imponen deberes
  • Secundarias
    • Normas de organización
    • Reglas referidas a las primarias, no regulan conductas de los ciudadanos, especifican la manera en que las reglas primarias pueden ser verificadas, introducidas, eliminadas, modificadas
    • Confieren potestades

i. Concepción de la norma propuesta por Hart

  • Tres tipos de reglas secundarias:
    • Reglas de reconocimiento Eliminan la falta de certeza en relación con las primarias Establecen una característica/a que determina la pertenencia al ordenamiento (criterios de validez) Pueden adquirir distintas formas (documento escrito, por ej.)
    • Reglas de cambio Remedio para la falta de certeza Dinamizan el ordenamiento Establecen los sujetos y los mecanismos que introducen, modifican o expulsan normas del ordenamiento Regulan pues la producción de normas y los procedimientos de producción, modificación y derogación
    • Reglas de adjudicación Atribuyen competencias a determinados sujetos para determinar la violación de una norma y los procedimientos para tal comprobación Facultan por tanto a una autoridad para comprobar la trasgresión de una norma primaria en una ocasión particular
  1. Principios, reglas y valores  (^) El Derecho es un conjunto de normas (amplio)  (^) Normas jurídicas: - Reglas - Principios - Se distinguen por - Fundamentalidad - Generalidad - Vaguedad  (^) Posiciones doctrinales: - Distinción fuerte entre reglas y principios - Distinción débil entre reglas y principios
  • Distinción fuerte^ (Dworkin, Alexy, Ruiz Manero y Atienza)
    • Dworkin (neoiusnaturalista)
      • Principios:
        • Estándares que has de ser observados como exigencia de justicia, equidad
        • Vías de unión entre Derecho y Moral
      • Pautas de distinción entre reglas y principios:
        • Orientación o aplicación: Reglas: cerradas, aplicables a la manera de disyuntivas Principios: abiertos, aplicación gradual al no existir supuesto de hecho
  • Peso importancia: Colisión de reglas: una es más importante que otra Colisión entre principios: mayor peso que conceda el juez a uno de ellos en el caso concreto, no a priori mayor importancia de uno u otro
  • Criterios de identificación: Regla válida: test de origen Principios válidos: porque fundamentan materialmente (moralmente) al sistema (se cree en una Moral objetiva, universal y cognoscible con relevancia jurídica)

 (^) Distinción débil

  • Prieto Sanchís:
    • Principios:
      • no son un tipo de norma sino cualquier norma cuando adopta una determinada posición-función- en la argumentación jurídica
      • Norma general, norma de valor, directriz, norma dirigida a los órganos de aplicación del Derecho, máxima, norma contenedora de conceptos jurídicos indeterminados
    • Distinción funcional entre reglas y principios
    • La existencia de principios no desvirtúa la separación entre Derecho y Moral

 (^) Valores

  • Referencia al contenido de los principios y las reglas, y no tanto categorías normativas
  • Sistema de preferencias éticas
  • Distinciones entre principios y valores:
    • Peces- Barba: por contenido más allá de la norma
    • Pérez Luño: por estructura al ser lo menos precisos
    • Freixes: por función, por ser metanormas