





Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Esta lección de la universidad de castilla-la mancha aborda los conceptos de capacidad jurídica y capacidad de obrar, así como las condiciones de ejercicio de los derechos, como la mayoría de edad y la nacionalidad. También se tratan los derechos fundamentales y la situación de los extranjeros en españa, incluyendo los casos especiales de asilo y extradición.
Tipo: Ejercicios
1 / 9
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!






Capacidad Jurídica y de Obrar
Aptitud que el ordenamiento exige para ser titular de
derechos y obligaciones.
Está conectado con la propia existencia de la persona.
Es la capacidad de ejercer por uno mismo, los
derechos de los que se es titular.
Nacionalidad
El art. 11 CE hace una remisión para que la ley desarrolle lo relacionado a la
nacionalidad, con los siguiente s límites:
1-Ningún español puede ser privado de su nacionalidad. Art. 11.2 C.E.
2-Institución de la doble nacionalidad. Art. 11.3 C.E.
3- Art. 13.2 C.E. Es un límite al legislador a la hora de configurar la nacionalidad
“Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23,
salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratados o
ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales”:
Titularidad de los Derechos Fundamentales
Titularidad de Derechos
Fundamentales
Personas Físicas
Desde el nacimiento con vida
Personas Jurídicas
-Existen derechos de los que
no pueden ser titulares.
-Existen derechos de los que
pueden ser titulares al menos
determinadas PP jcas.
-Existen derechos que se les
han atribuido a las PP jcas.
Titularidad de los Derechos Fundamentales
Situación excepcional de los Extranjeros en España
1)Asilo. Art. 13.4 C.E.: Hace referencia a la protección que el Estado otorga a una
persona considerada refugiada, atendiendo a la condición de perseguido o sancionado
que se sufre en otro Estado.
El extranjero que desee obtener el asilo en España, presentará su solicitud ante:
-Oficina de Asilo y Refugio.
-Puestos fronterizos de entrada al territorio español.
-Oficinas de Extranjeros.
-Comisarías Provinciales de Policía o Comisarías de distrito que se señalen mediante
Orden del Ministerio del Interior.
-Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares españolas en el extranjero.
perseguida a condenada por la comisión de un delito en un Estado extranjero, puede
ser enviada a dicho Estado.
La Constitución establece como límites: La reciprocidad y los delitos políticos.
Titularidad de los Derechos Fundamentales
Sentencias de Amparo:
STC 107/1984, de 23 de noviembre:
En materia de contratación laboral ¿Pueden ser tratados los extranjeros al igual que los
españoles?
En esta sentencia el TC clasifica la titularidad que tienen los extranjeros de los derechos
fundamentales.
STC 99/1985, de 30 de septiembre:
El representante del tercero interesado considera que la Constitución y los derechos
fundamentales son obra de españoles para los españoles. El TC resuelve que la
Constitución sí es obra de los españoles pero no solo para los españoles, reconociendo
derechos a los extranjeros en los términos que modulen los tratados y la ley