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Es de la materia ética jurídica
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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TEMA VI. Conducta profesional
1. ¿Los preceptos éticos que aún no previsto por la doctrina jurisprudencia, pueden considerarse como una anomalía moral? Sí, se supone que el abogado debe de captar las leyes y emplearlas. 2. ¿Cuáles son los distintos deberes del abogado?
El deber de capacitación, el deber de consagración, el deber de discreción, el deber de lealtad, el deber de sinceridad, el deber de abstención.
3. ¿Qué es el deber de capacitación del abogado? Para introducir, lo primero que debe proponer todo abogado es que se respete así mismo, es realizar su cultura jurídica tanto como le sea posible, a fin de prestar un servicio adecuado a aquel que confíe en su competencia y le entregue sus asuntos creyendo en que le serán resueltos satisfactoriamente. 4. ¿Qué es el deber de consagración del abogado? Es el complemento indispensable del anterior deber, porque de nada vale la capacitación en el abogado moroso que por descuido incurre en caducidades y pone en peligro los casos de sus clientes por no prepararse a tiempo los escritos o no estudiarlos debidamente, resultándoles defectuoso e indocumentados, con riesgo naturalmente de su crédito profesional. 5. ¿Qué es el deber de discreción del abogado? Es el que supone el conocimiento de asuntos que sólo su condición de abogado le ha permitido adquirir como secreto profesional y que por consiguiente, no debe divulgar sin violar con ello los mas elementales principios de la ética, acusándole además, perjuicios a terceros y a su propio cliente.
No se puede usar las influencias políticas para sacar ventajas en las decisiones judiciales, ni presionar basados en dicha influencia a los magistrados o valerse de la amistad o de la simpatía que merezcan de estos para sugerirles irregularidades en sus funciones, ni valerse de la simpatía que el público manifieste por las causas que como abogado defienda para presionar a los tribunales.
10. ¿En qué consiste el respeto al cliente? Consiste en no faltarle el respeto al cliente y proporcionarle otras relaciones que no sean las estrictamente profesionales, descartando la practica reprobable de lanzarse a unas muy frecuentes aventuras amorosas con las mujeres en curso de divorcio. 11. ¿Qué es no coaccionar? Se refiere a no realizar ninguna medida equivalente fuera del marco de las leyes contra el adversario, pues ello constituye, además, de una falta moral, un chantaje. 12. ¿Qué es el decálogo del abogado? Algunos juristas destacados han querido sintetizar los principios éticos normativos de la profesión del abogado y al efecto han concebido conjuntos de disposiciones redactadas armoniosamente. Dentro de esos decálogos se incluye a menudo recomendaciones cuya esencia no es necesariamente de un sentido moral, pero su conveniencia resulta indiscutible. Ángel Osorio, ilustre jurista español señala los siguientes decálogos: