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Constitución Española de 1978 y su reforma - Prof. de Diego Sánchez, Apuntes de Derecho Constitucional

La constitución española de 1978, su estructura, derechos y principios que la rigen, así como el proceso de reforma constitucional. Se hace énfasis en la reforma del artículo 13 y el derecho de sufragio, la rigidez constitucional y las dificultades para modificar el texto constitucional. También se menciona la reforma constitucional de 2011 y la iniciativa de reforma constitucional.

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 18/06/2014

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Constitución de 1978 y
Constitución
de
1978
y
Reforma Constitucional
Dr. Manuel Sánchez de Diego
Universidad Complutense de Madrid
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¡Descarga Constitución Española de 1978 y su reforma - Prof. de Diego Sánchez y más Apuntes en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

Constitución de 1978 yConstitución

de 1978 y

Reforma Constitucional

Dr. Manuel Sánchez de Diego

Universidad Complutense de Madrid

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

¿Qué es una Constitución?¿Qué es lo esencial de una Constitución?

Norma esencial del ordenamiento jurídico

de un estado.

los cimientos de todo el

de un estado.

los cimientos de todo el

edificio jurídico de un estado.

Regular quien tiene el poder (distribuciónRegular quien tiene el poder (distribución

y límites del poder), como ha deejercerse ese poder y a que límites haj

p^

y^

q

de someterse (derechos fundamentales,principios y valores constitucionales)

Dr. Manuel Sánchez de Diego

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

Estructura de la Constitución Española de 1978

(Véase documento en Word

sobre Estructura de la Constitución Española de 1978)

^

Un Preámbulo,

^

10 Títulos (169 artículos)

^

10 Títulos (169 artículos)

^

Cuatro Disposiciones Adicionales,

^

Nueve Disposiciones Transitorias,

^

Una Disposición Derogatoria y

^

Una Disposición Final

Dr. Manuel Sánchez de Diego

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

Estructura de la Constitución Española 1978 (I)^ PREÁMBULOTÍTULO PRELIMINARTÍTULO PRELIMINAR^ Arts. 1 a 9^ TÍTULO PRIMERO.

De los Derechos y Deberes Fundamentales

A t

^11
^55

Arts.

^10

; 11 a 13; 14; 15 a 29; 30 a 38; 39 a 52; 53 y 54;

^55

CAPÍTULO PRIMERO.

DE LOS ESPAÑOLES Y LOS EXTRANJEROS

Arts. 11 a 13 CAPÍTULO II

DERECHOS Y LIBERTADES

CAPÍTULO II

.^ DERECHOS Y LIBERTADES

Arts. 14; 15 a 29; 30 a 38

SECCIÓN 1.

De los derechos fundamentales y de las libertades públicas

Arts. 15-

SECCIÓN 2.

De los derechos y deberes de los ciudadanos

A^

30

38

Art. 30 a 38 CAPÍTULO III.

DE LOS PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA SOCIAL Y

ECONÓMICA Arts.39 a 52 CAPÍTULO IV.

DE LAS GARANTÍAS DE LAS LIBERTADES Y DERECHOS

FUNDAMENTALES Arts. 53 y 54 CAPÍTULO V

DE LA SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES

CAPÍTULO V

.^ DE LA SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES

Art. 55

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

Estructura de la Constitución Española 1978 (III)^ TÍTULO

VIII

De la organización territorial del Estado

TÍTULO
VIII
.^

De la organización territorial del Estado

Art.

^137

a 139; 140 a 142; 143 a

^158

CAPÍTULO PRIMERO.

PRINCIPIOS GENERALES

Art

137 a 139 Art

. 137 a 139 CAPÍTULO II.

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

Art. 140 a 142 CAPÍTULO III.

DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Art. 143 a 158 TÍTULO IX.

Del Tribunal Constitucional

Art.

^159

a^

TÍTULO X.

De la reforma constitucional

Art.

^166

a^

DISPOSICIONES ADICIONALES Primera a Cuarta DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera a Novena DISPOSICIONES DEROGATORIADISPOSICIONES FINAL

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

Rigidez Constitucional

^

Dificultad de reformar el texto

^

Dificultad de reformar el texto constitucional

^

Un plus sobre la creación de leyes

^

Buscar el mayor apoyo político (incluso con consulta al pueblo)

^

Otros mecanismo: interpretación,mutación, integración (normas

subconstitucionales

Dr. Manuel Sánchez de Diego

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

La Constitución Española de 1978,

ya ha sido modificada en dos ocasiones:

El artículo 13 en 1992 y el artículo135 en 2011

S

difi ó

l^

á^

f^

2º d l

l^

^

S

e modificó el párrafo 2º del artículo 13

añadiendo dos palabras “ y pasivo” Artículo 13 Artículo 13 1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que 1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas quegarantiza el presente Título en los términos que establezcan losgarantiza el presente Título en los términos que establezcan losg

p^

q

g^ tratados y la ley.2. Solamente los españoles serán titulares de los derechosreconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de

p^

q

tratados y la ley.2. Solamente los españoles serán titulares de los derechosreconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derechoreciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derechode sufragio activo en las elecciones municipales .de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.

Dr. Manuel Sánchez de Diego

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

Derecho de sufragio

(participación en asuntos públicos) Art. 23 ^

Art. 23: ^

  1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar

p^

p

en los asuntos públicos, directamente o pormedio de representantes, libremente elegidosen elecciones periódicas por sufragio universalen elecciones periódicas por sufragio universal. ^

  1. Asimismo, tienen derecho a acceder encondiciones de igualdad a las funciones ycondiciones de igualdad a las funciones ycargos públicos, con los requisitos que señalenlas leyes.

Dr. Manuel Sánchez de Diego

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

La previsión del artículo 13.

^

Principio de reciprocidad a nivel internacional. ^

Suecia en los años 70.

f^

f^

ó

^

Acuerdo de

de 7 de febrero de 1992 se firmó en

Maastrich el Tratado de la Unión Europea por el que,entre otros, se modificaba el Tratado Constitutivo del^

C^

id d E

ó^

i^

E

la Comunidad Económica Europea. ^

El artículo 8.B de éste, prescribiría, tras laaprobación del Tratado de Maastrich, que: " todo ciudadano de la Unión europea que resida

en un Estado miembro del que no sea nacionaltendrá derecho a ser elector y elegible en las elecciones municipales del Estado miembro enel que resida…".

Dr. Manuel Sánchez de Diego

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

Consulta al Tribunal Constitucional

^

Sobre si el Acuerdo se ajustaba a la Constitución(Consejo de Ministros celebrada el 24 de abril de 1992

)

TC

el 1 de julio de 1992

declaraba:

^

TC

el 1 de julio de 1992

, declaraba:

^

1º que la estipulación contenida en

el futuro artículo

8 B, apartado 1, del Tratado Constitutivo de laComunidad Económica Europea

tal y como

Comunidad Económica Europea

, tal y como

quedará redactado por el Tratado de la Unión Europea, es contraria al artículo 13.2 de la Constitución

en

lo relativo a la atribución del derecho de sufragio

g

pasivo en elecciones municipales a los ciudadanos dela Unión Europea que no sean nacionales españoles.

^

2º que el procedimiento de reforma constitucional,

d b

i^

bt

l^

d^

ió^

d

que debe seguirse, para obtener la adecuación dedicha norma convencional a la Constitución, es elestablecido en su artículo 167"

Dr. Manuel Sánchez de Diego

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

Modificación del artículo 135 (Año 2011)Modificación

del artículo 135 (Año 2011)

se realizó de forma urgente y por el trámite de lecturaúnico Firmándose por el Rey el 27 de septiembre deúnico. Firmándose por el Rey el 27 de septiembre de 2011

1

Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de

  1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de

estabilidad presupuestaria.

  1. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural

que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para susE t

d^

Mi^

b

Estados Miembros. Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las

Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las EntidadesLocales deberán presentar equilibrio presupuestario.

  1. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para

emitir deuda pública o contraer crédito. Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las

Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de susAdministraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de suspresupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán serobjeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la leyde emisión. El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación

con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referenciaestablecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

Art. 135 cont.

  1. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán

superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica op

,

situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estadoy perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidadeconómica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de losmiembros del Congreso de los Diputados.

g^

p

  1. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así

como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos decoordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia decoordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia depolítica fiscal y financiera. En todo caso, regulará: La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas

Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de losi

l^ f^

l^

d^

ió^

d^

l^

d^

i^

i^

b

mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre unoy otro pudieran producirse. La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de

p^

p

los objetivos de estabilidad presupuestaria.

  1. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y

dentro de los límites a que se refiere este artículo

adoptarán las

dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán lasdisposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio deestabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

La iniciativa de la reforma Constitucional correspondeal:

b

^

Gobierno,

^

Congreso Diputados,

^

Senado y

^

Asambleas Legislativas de lasC

id

d

A

Comunidades Autónomas.

^

No a la iniciativa legislativa popular

Artículo 87 1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso^ Artículo 166^ La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá

g^

p^

g

y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentosde las Cámaras.La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podránsolicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitiren los términos previstos en los apartados 1 y 2 dela la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando anteartículo 87.dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea

Dr. Manuel Sánchez de Diego

dicha

Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.

Constitución Española de 1978

y^

Reforma Constitucional

Dos tipos de reforma constitucional

^

La suave. Artículo 167

^

La dura (total o de partes sensibles de laConstitución) Artículo 168

Dr. Manuel Sánchez de Diego