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Modelos de Estados: Confederaciones, Estados Federales y Estados Regionales - Caso España, Apuntes de Derecho Constitucional

Las diferencias entre confederaciones de estados, estados federales y estados regionales, y analiza el caso específico de españa como modelo de estados de autonomías. Se abordan los principios básicos de este modelo y sus diferencias con otros tipos de estados.

Tipo: Apuntes

2012/2013

Subido el 30/05/2013

javierfl_37
javierfl_37 🇪🇸

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Confederación de Estados;
Esta confederación supone una relación entre estados independientes que van a mantener esa
relación para lograr una serie de fines comunes.
Diferencias entre confederación de estados y estado federal;
La confederación supone una coordinación entre estados que llegan a un acuerdo para
gestionar un asunto concreto mientras que el Estado Federal está por encima de cada
uno de los estados miembros, una unidad estatal.
Una posible segunda diferencia es que la confederación tiene una organización que se
limita a una asamblea en la que se reúnen los estados confederados mientras que el
estado federal va a tener unos órganos constitucionales propios a través de los cuales
expresa su propia voluntad.
Otra diferencia es que en el caso de la confederación no tiene como tal ningún territorio,
poder ni ciudadanía propios. Sin embargo, en el Estado Federal si que se dan esos
componentes aunque sea con las características que ya conocemos (diversos territorios,
diversas poblaciones etc…)
En la confederación la soberanía sigue residiendo en cada uno de los Estados miembros
de la confederación mientras que en el Estado Federal la soberanía es una sola
soberanía que reside en el Estado Federal.
Dentro de este gran modelo que hemos visto del Estado Complejo y compuesto, vemos un par
de modelos más para ver en cuál es en el que se inserta el modelo Español.
MODELO REGIONAL.
El Estado Regional surge porque es posible que dentro de la comunidad donde habita un Estado
puedan aparecer una serie de diferencias que plantean una serie de problemas a los que se trata
de darles solución mediante una distribución del poder.
Una de esas formulas para dar solución a estos problemas es el Estado Regional.
El Estado Regional se basa en una región que seria una zona homogénea con unas
características distintas a las áreas que la rodean. Además posee un grado de conciencia y un
sentimiento de identidad cultural propio. Este Estado Regional trata de proponer una serie de
objetivos comunes a todo el Estado Regional.
Uno de los objetivos es que haya una mayor adecuación entre las necesidades de la población y
las prestaciones del Estado.
Como segundo objetivo es un mayor acercamiento de los ciudadanos con respecto al Estado
permitiendo que esos ciudadanos participen en la administración de sus intereses en esa esfera
regional.
Otro de los objetivos es promover a través de un reparto más justo de la renta nacional para la
mejora de las condiciones de aquellas regiones más pobres o débiles.
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Confederación de Estados;

Esta confederación supone una relación entre estados independientes que van a mantener esa relación para lograr una serie de fines comunes.

Diferencias entre confederación de estados y estado federal;

  • La confederación supone una coordinación entre estados que llegan a un acuerdo para gestionar un asunto concreto mientras que el Estado Federal está por encima de cada uno de los estados miembros, una unidad estatal.
  • Una posible segunda diferencia es que la confederación tiene una organización que se limita a una asamblea en la que se reúnen los estados confederados mientras que el estado federal va a tener unos órganos constitucionales propios a través de los cuales expresa su propia voluntad.
  • Otra diferencia es que en el caso de la confederación no tiene como tal ningún territorio, poder ni ciudadanía propios. Sin embargo, en el Estado Federal si que se dan esos componentes aunque sea con las características que ya conocemos (diversos territorios, diversas poblaciones etc…)
  • En la confederación la soberanía sigue residiendo en cada uno de los Estados miembros de la confederación mientras que en el Estado Federal la soberanía es una sola soberanía que reside en el Estado Federal.

Dentro de este gran modelo que hemos visto del Estado Complejo y compuesto, vemos un par de modelos más para ver en cuál es en el que se inserta el modelo Español.

♦ MODELO REGIONAL.

El Estado Regional surge porque es posible que dentro de la comunidad donde habita un Estado puedan aparecer una serie de diferencias que plantean una serie de problemas a los que se trata de darles solución mediante una distribución del poder.

Una de esas formulas para dar solución a estos problemas es el Estado Regional.

El Estado Regional se basa en una región que seria una zona homogénea con unas características distintas a las áreas que la rodean. Además posee un grado de conciencia y un sentimiento de identidad cultural propio. Este Estado Regional trata de proponer una serie de objetivos comunes a todo el Estado Regional.

Uno de los objetivos es que haya una mayor adecuación entre las necesidades de la población y las prestaciones del Estado.

Como segundo objetivo es un mayor acercamiento de los ciudadanos con respecto al Estado permitiendo que esos ciudadanos participen en la administración de sus intereses en esa esfera regional.

Otro de los objetivos es promover a través de un reparto más justo de la renta nacional para la mejora de las condiciones de aquellas regiones más pobres o débiles.

El primer modelo de Estado Regional se desprendía de la constitución republicana de 1931 en la que se definía ese modelo de Estado como Estado Integral.

Otro modelo que entraría dentro del modelo de Estado Regional seria el del Estado que se define en la constitución Italiana.

Para terminar, dentro de este grupo de los ESTADOS COMPLEJOS hay que hablar del modelo Español. Modelo de las Autonomías.

♦ ESTADO DE LAS AUTONOMIAS.

No termina de cumplir ninguna de las características de los modelos de Estados complejos que hemos visto por lo que acaba formando un modelo de Estado en si.

Las características principales de este modelo son; (sus principales características tienen que ver con los principios en los que se apoya este modelo.)

  • (^) El principio dispositivo. Consiste en que se pone a disposición de unos entes un derecho de autonomía. Un derecho de autonomía que se puede ejercer solo si se quiere, no es obligatorio.
  • El principio de competencia.
  • El principio de cooperación entre las comunidades.
  • Otra característica es que es un modelo que queda muy abierto en la constitución puesto que en esta no se deduce muy bien que tipo de distribución del poder es el que se lleva a cabo en este modelo.

Otra característica que lo diferenciaría del Estado regional es que en el de las autonomías hay un alto grado de autonomía política de descentralización política.

Además tiene algunas diferencias con los Estados federales;

Por ejemplo que los Estados federados tienen cada uno su propia constitución mientras que en el estado de las autonomías cada comunidad no tiene una constitución sino un estatuto.

Además, las comunidades no participan en los procesos de reforma del estado constitucional como si ocurre en el Estado Federal.

Otra diferencia es lo relativo al papel del Senado, la segunda cámara. Mientras que en el Estado Federal el Senado (segunda cámara) representa a los Estados federales en el caso concreto español el Senado tiene unas características especiales (tiene una doble naturaleza) puesto que también va a ser una cámara de representación territorial (lo dice la CE) y sin embargo en la realidad no va a terminar de ser esa cámara de representación territorial.