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contrato contrucciòn, Apuntes de Derecho Civil

contrato de construcción de obra civil

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 19/07/2020

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daniela-barbosa-36 🇨🇴

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CONTRATO DE OBRA CIVIL PARA ADECUACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE
ESPACIOS INTERIORES DE UNA CASA DE HABITACIÓN
En la ciudad de Pasto (N) a los diecisiete (17) días del mes de junio del año JORGE LUIS
PEÑA CHAMORRO mayor de edad, de nacionalidad colombiana domiciliado en la ciudad de Pasto,
identificado con cédula de ciudadanía número 13.068.859 expedida en Pasto (N), en calidad de
contratante y, por la otra, el señor JOHN MANUEL ENRIQUEZ MONCAYO identificado con
cédula de ciudadanía No. 1.032.457.178 en calidad de Representante Legal de la
CONSTRUCTORA “COFINES SAS” identificada con Nit 900723214-7, quien para los efectos
del presente contrato se denominará el Contratista, Los intervinientes, siendo plenamente
capaces para contratar, convienen en obligarse al tenor de las siguientes estipulaciones:
PRIMERA. OBJETO. En desarrollo del presente contrato, el contratista se obliga con el contratante a
ejecutar la obra de construcción de espacios adicionales a una obra prediseñada, concerniente a
instalación y adecuación de espacios para jacuzzi, sauna y adicional obra blanca y mejoras de la obra
ubicada en la casa Numero 23 perteneciente al condominio Bella Vista de la ciudad de Pasto, la cual
se desarrollará de acuerdo con los planos y las especificaciones técnicas y de material, acordados
previamente por EL CONTRATANTE, y EL CONTRATISTA.
SEGUNDA. FECHA DE INICIACIÓN. El presente contrato tendrá una fecha de iniciación el día 16 de
junio del año 2020.
FECHA DE ENTREGA. La obra se entregará completamente terminada el día 3 de agosto de 2020.
PARAGRAFO 1: EL CONTRATISTA ejecutará las actividades comprendidas, en el plazo antes
mencionado a entera satisfacción del CONTRATANTE y conforme a los planos elaborados por parte del
arquitecto encargado perteneciente a la planta de personal de la empresa CONTRATISTA.
PARAGRAFO 2: Este contrato se ajustará al programa general de construcción y ejecutará sus
labores en tal forma que no interfiera ni atrase las actividades de otros contratistas en el evento que
existan. PARAGRAFO 3: el presente termino de entrega podrá prorrogarse según causas ajenas a la
voluntad del contratante debidamente sustentadas.
TERCERA. MODALIDAD DEL CONTRATO. Este contrato está regulado por los artículos 2053 a 2062
del código civil colombiano, y por su naturaleza, no implica ninguna relación laboral entre el contratante
y el contratista, por tanto, el contratista es quien opera como verdadero patrono del contrato. La
modalidad del presente contrato será a TODO COSTO.- que implica, actividad con suministro e
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CONTRATO DE OBRA CIVIL PARA ADECUACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE

ESPACIOS INTERIORES DE UNA CASA DE HABITACIÓN

En la ciudad de Pasto (N) a los diecisiete (17) días del mes de junio del año JORGE LUIS

PEÑA CHAMORRO mayor de edad, de nacionalidad colombiana domiciliado en la ciudad de Pasto,

identificado con cédula de ciudadanía número 13.068.859 expedida en Pasto (N), en calidad de

contratante y, por la otra, el señor JOHN MANUEL ENRIQUEZ MONCAYO identificado con

cédula de ciudadanía No. 1.032.457.178 en calidad de Representante Legal de la

CONSTRUCTORA “COFINES SAS” identificada con Nit 900723214-7, quien para los efectos

del presente contrato se denominará el Contratista, Los intervinientes, siendo plenamente

capaces para contratar, convienen en obligarse al tenor de las siguientes estipulaciones:

PRIMERA. OBJETO. En desarrollo del presente contrato, el contratista se obliga con el contratante a ejecutar la obra de construcción de espacios adicionales a una obra prediseñada, concerniente a instalación y adecuación de espacios para jacuzzi, sauna y adicional obra blanca y mejoras de la obra

ubicada en la casa Numero 23 perteneciente al condominio Bella Vista de la ciudad de Pasto, la cual

se desarrollará de acuerdo con los planos y las especificaciones técnicas y de material, acordados previamente por EL CONTRATANTE, y EL CONTRATISTA. SEGUNDA. FECHA DE INICIACIÓN. El presente contrato tendrá una fecha de iniciación el día 16 de junio del año 2020. FECHA DE ENTREGA. La obra se entregará completamente terminada el día 3 de agosto de 2020. PARAGRAFO 1: EL CONTRATISTA ejecutará las actividades comprendidas, en el plazo antes mencionado a entera satisfacción del CONTRATANTE y conforme a los planos elaborados por parte del arquitecto encargado perteneciente a la planta de personal de la empresa CONTRATISTA. PARAGRAFO 2: Este contrato se ajustará al programa general de construcción y ejecutará sus labores en tal forma que no interfiera ni atrase las actividades de otros contratistas en el evento que existan. PARAGRAFO 3: el presente termino de entrega podrá prorrogarse según causas ajenas a la voluntad del contratante debidamente sustentadas. TERCERA. MODALIDAD DEL CONTRATO. Este contrato está regulado por los artículos 2053 a 2062 del código civil colombiano, y por su naturaleza, no implica ninguna relación laboral entre el contratante y el contratista, por tanto, el contratista es quien opera como verdadero patrono del contrato. La modalidad del presente contrato será a TODO COSTO.- que implica, actividad con suministro e

instalación a todo costo: para este tipo de contrato el CONTRATISTA se obliga a suministrar todos los materiales en las condiciones y especificaciones según diseños, mano de obra idónea, equipos especiales y herramientas e insumos requeridos para la ejecución de la actividad, de igual manera suministrará todo el personal idóneo para la ejecución de la obra. PARÁGRAFO 3. Para todos los efectos legales y fiscales el valor total del contrato incluirá los costos directos (MO), costos de administración, Imprevistos y la Utilidad que se determina en el siguiente recuadro: COSTOS DIRECTOS 67% $32.586.175, ADMINISTRATIVOS 22% $10.699.938, IMPREVISTOS 1% $ 486.360, UTILIDAD 10% $ 4.863.608, TOTAL 100% $48.636.083, CUARTA. VALOR DE MATERIALES. Los valores de los materiales serán cubiertos por EL CONTRATISTA, dentro del valor de este mismo contrato. QUINTA. VALOR FINAL DEL CONTRATO. El valor total global fijo con posibilidad de reajuste de acuerdo a la voluntad de las partes, será el valor de cuarenta y ocho millones secientos treinta y tres mil ochenta y tres pesos M/CTE ($ 48.636.083). En el caso en que por cualquier circunstancia el contrato tuviera que suspenderse y/o liquidarse parcialmente, así como para eventos en que por el requerimiento del contratante hubiera modificaciones que impliquen variaciones en las cantidades de obra a ejecutar, en todos los casos incluyendo los eventos anteriores. El contratante revisará y pagará únicamente las obras y labores ejecutadas cuyas cantidades realmente hayan sido suministradas e instaladas a satisfacción del contratante y que este haya recibido a satisfacción conforme a los precios unitarios pactados en este contrato, con posibilidad de fórmula de reajuste. SEXTA. FORMA DE PAGO. el CONTRATANTE pagará a EL CONTRATISTA conforme al avance de obra entregado y previa aprobación de actas de entrega, junto con su respectiva liquidación y los soportes que formalicen las actividades allí relacionadas. Por cada pago efectuado, EL CONTRATISTA debe presentar anexo a la factura y acta de obra, las planillas de aportes del periodo o certificados de aportes al sistema de seguridad social en salud, pensión ARL y cajas de compensación del personal vinculado como dependientes del contratista. CLAUSULA SEPTIMA : OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: adicionalmente a las obligaciones expresadas en otras cláusulas EL CONTRATISTA se obliga a:

  1. Ejecutar el objeto de este contrato, las obras y actividades requeridas para llevar a cabo las labores contratadas, lo que implica además la ejecución en las obras los ajustes y rectificaciones necesarias para cumplir con las dimensiones y especificaciones que aparecen en los planos de obra en el transcurso del contrato, o por instrucciones previas acordadas.

que a realizar reparaciones de deterioros o desperfectos de la obra imputables a él, de acuerdo con las normas civiles.

  1. Ejercer la dirección técnica calificada de las actividades que se ejecuten en la obra en desarrollo del objeto del presente contrato a través de un arquitecto y o ingeniero, el cual asistirá a la obra seis (06) días a la semana.
  2. Realizar el aseo pertinente de obra e igualmente se debe dar respectivo tratamiento al material sobrante y a los escombros generados.
  3. EL CONTRATISTA se obliga específicamente a atender de manera prioritaria la prevención de accidentes y la preservación de la vida e integridad de todo el personal empleado en la ejecución de este contrato y de las demás personas que estén en la obra y para efecto se obliga a entregar oportunamente la dotación requerida a todo el personal que labore en cualquier sitio de la obra por cuenta de EL CONTRATISTA, la cual como mínimo incluye como casco, botas, overol, guantes, gafas, protectores contra ruido, caretas, y cualquier otro elemento si su trabajo y la labor lo requiere; así como lo que respecta a la capacitación y certificación y certificación de los trabajadores a su cargo según lo estipulado en la resolución 1409 del 23 de julio de 2012 que hace referencia al trabajo en alturas.
  4. EL CONTRATISTA se obliga específicamente a no ceder ni subsanar total o parcialmente este contrato o cualquiera de las actividades y obligaciones contenidas en el, salvo autorización previa expresa y por escrito de EL CONTRATANTE. En todo caso EL CONTRATISTA será solidariamente responsable con el subcontratista y si controvirtiera esta prohibición y le serán aplicables las sanciones que para él se deriven por el incumplimiento de esta obligación que implica el incumplimiento del contrato.
  5. PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE: en la programación y ejecución de los trabajos EL CONTRATISTA deberá tener en cuenta las condiciones y factores ambientales de las distintas zonas en que se realizarán los mismos. En particular, evitará que por acción u omisión del personal asignado al desarrollo del contrato se produzcan daños en las condiciones y/o calidad de los usos del suelo, agua etc. CLAUSULA DECIMOPRIMERA : OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: adicionalmente a las obligaciones expresadas en otras cláusulas EL CONTRATANTE se compromete a:
    1. Pagar en las condiciones pactadas según las consideraciones establecidas en el presente contrato.
    2. Supervisar las obras ejecutadas en desarrollo del presente contrato y los materiales empleados y el lugar donde ejecuten.
    3. Rechazar cualquier parte del material o de la obra que no esté de acuerdo con las especificaciones generales del contrato.
    4. Asistir a las reuniones de la obra convocadas por el contratista
  1. Responder oportunamente las dudas e inquietudes de EL CONTRATISTA con respecto a las actividades que se desarrollen en ejecución del objeto del presente contrato y a la información contenida en los planos. Dichas aclaraciones constaran por escrito. CLAUSULA DECIMOSEGUNDA: SUSPENCIÓN DE LA OBRA: para efectos de la suspensión temporal no mayor a treinta días, el contratante o el contratista deberá informar a la otra parte, por lo menos con cinco (5) días de anticipación. Por suspensión definitiva de la obra de la construcción por parte del contratante se procederá a la liquidación definitiva, por lo cual el contratista presentará un informe detallado de las cantidades de obra ejecutadas, las cuales se liquidarán a los precios unitarios del presupuesto. EL CONTRATANTE deberá cancelar el saldo que resulte a favor del contratista en el término de treinta 30 días calendario a partir de la fecha de notificación de suspensión de la obra. CLAUSULA DECIMATERCERA.- CAUSALES DE TERMINACIÓN: A) por quiebra, disolución de una de las partes; b) por incumplimiento del contratista de acuerdo a actas suscritas por las partes. C) por el no pago oportuno por parte del contratante d) por acuerdo mutuo entre las parte. E) por suspensión definitiva de la obra de la obra de construcción por parte del contratante. f) por vencimiento del término estipulado; PARAGRAFO: La terminación del contrato por cualquiera de las causales señaladas en el presente artículo no impide que el contratante exija las indemnizaciones y sanciones a que haya lugar. Así mismo se da por liquidado el contrato a la firma de recibo del último pago que reciba el contratista, acto mediante el cual manifiesta total acuerdo y conforme de originar posteriores reclamaciones. Se firma en dos ejemplares, el día 16 de junio de 2020. _________________________ ___________________________ Contratante Contratista C.C. C.C.