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Infografia del contrato de compraventa
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Es aquel contrato por medio del cual una de las partes denominada vendedor transfiere la propiedad de una cosa y se compromete a entregarla y la otra parte denominada comprador se obliga a pagar el precio en dinero. Artículo 1790 del Código Civil
El de ejercicio para comprar la cosa. Comprador: Debe poseer capacidad El Vendedor: Debe poseer capacidad de ejercicio para validar la venta y también debe objeto de la venta. poseer la titularidad de la cosa
La Cosa: Debe poseer entidad física y jurídica. Artículo 1805 del Código Civil. El se (^) precio: pagará Es la cantidad de dinero que por la cosa adquirida. "No hay compraventa si los contratantes no convienen en el precio" Artículo 1796 del Código Civil
Por documento privado o por acta levantada ante el^ Por escritura pública alcalde del lugar Por correspondencia Verbalmente
1.2. 3.4. "Los contratos que tengan que inscribirse o anotarse en los registros deberán constar en escritura pública". Artículo 1574 y 1576 del Código Civil