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Un caso de una estudiante de relaciones laborales y recursos humanos (rrll y rrhh) que solicitó una beca de colaboración del ministerio de educación, cultura y deporte, pero no fue incluida en la resolución del rector general de universidades. La estudiante creía que cumplía con los requisitos, pero no fue mencionada. El documento discute las vías administrativas a seguir para impugnar la resolución, incluyendo la necesidad de agotar las vías administrativas ordinarias antes de recurrir a los tribunales y la jurisdicción competente en caso de ser posible impugnar judicialmente.
Tipo: Apuntes
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Cuarto caso práctico (24/10/2016)
Eustaquia, alumna de cuarto curso del grado de rrll y rrhh solicitó dentro del plazo previsto una beca de colaboración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Ella creía que reunía los requisitos que la convocatoria exigía, pero para su disgusto la resolución del rector general de universidades que establecía quienes eran los beneficiarios de la beca no la mencionaba. En esa resolución del director general de universidades, se señala que la misma no agota las vías administrativas. Hay que decir al respecto que el director general de universidades, jerárquicamente, depende del secretario general de universidades. Eustaquia mantiene que cumple todos los requisitos y por ello acude a un abogado para que le informe sobre qué es lo que debe hacer para impugnar la resolución.
1ª. ¿Podrá acudir a los Tribunales directamente? Razonar jurídicamente la respuesta.
No, porque antes tiene agotar las vías administrativas ordinarias correspondientes, interponer recurso de reposición primero ante el director general de universidades y después ante el órgano superior, ante el secretario general de universidades.
2ª. En caso de ser posible impugnar judicialmente la resolución, ¿cuál será la jurisdicción competente?
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo.