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culpabilidad -penal, Apuntes de Derecho Penal

Asignatura: DERECHO PENAL I, Profesor: Rosa María Anguita Rios, Carrera: Derecho, Universidad: UJAEN

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 20/09/2016

marisierra966
marisierra966 🇪🇸

3.8

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MARIA DE LA SIERRA GÓMEZ NÚÑEZ
Determine en los siguientes casos la
responsabilidad penal de los intervinientes
1. A, con orden de alejamiento de B, su ex pareja, vuelve al hogar
donde vivían juntos. Aunque tenía dudas, tomó esa decisión porque
B le dijo que había solicitado dejar sin efecto la orden de alejamiento.
Si la sentencia es ya firme, nada se puede hacer al respecto. Sí cabe la vía del indulto,
pero le puedo decir que el Gobierno es bastante reacio a concederlos cuando se trata
de delitos de violencia de género. La orden de alejamiento es imposible de ser retirada
ni aún con el perdón o expreso deseo del ofendido o víctima.
Discrepo, por otro lado, que un indulto del Gobierno la pueda dejar sin efecto, pues no
es pena y si medida de seguridad o medida cautelar.
Lo que hacen las parejas que se reconcilian quieren vivir juntas es una comparecencia
en el Juzgado que dictó la orden para que quede constancia y nada más. Viven juntos
sin mayores problemas. La responsabilidad penal para B: El riesgo es que cualquier
intervención de la Policía, suponga la apertura de unas previas por un supuesto delito
de quebrantamiento de medida y la comparecencia, justamente es lo que pretende
evitar. Esto se destaca en el artículo 48 CP.
SETENCIA: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del
Código Penal.
Ficha:
Órgano JEFATURA DEL ESTADO.
Publicado en BOE núm. 281 de 24 de Noviembre de 1995.
Vigencia desde 24 de Mayo de 1996. Esta revisión vigente desde 28 de
Octubre de 2015.
2. Cuando A volvió a casa antes de lo que hacía cotidianamente se
encontró con que su pareja B estaba en la cama con otra persona
(C). A perdió la cabeza, se dirigió a la cocina, cogió un cuchillo y se
lo clavó a B, que casi muere.
Homicidio, debido A que a le estaba siendo infiel a B. La pena seria de 4 a 5 años, con
alevosía de grado inferior. Además de la pena de prisión, interesa para el acusado
una orden de alejamiento con un radio de 300 metros durante un periodo de diez
años, así como una indemnización de 210 euros a la víctima.
Según la sentencia:
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– MARIA DE LA SIERRA GÓMEZ NÚÑEZ

Determine en los siguientes casos la

responsabilidad penal de los intervinientes

  1. (^) A, con orden de alejamiento de B, su ex pareja, vuelve al hogar donde vivían juntos. Aunque tenía dudas, tomó esa decisión porque B le dijo que había solicitado dejar sin efecto la orden de alejamiento. Si la sentencia es ya firme, nada se puede hacer al respecto. Sí cabe la vía del indulto, pero le puedo decir que el Gobierno es bastante reacio a concederlos cuando se trata de delitos de violencia de género. La orden de alejamiento es imposible de ser retirada ni aún con el perdón o expreso deseo del ofendido o víctima. Discrepo, por otro lado, que un indulto del Gobierno la pueda dejar sin efecto, pues no es pena y si medida de seguridad o medida cautelar. Lo que hacen las parejas que se reconcilian quieren vivir juntas es una comparecencia en el Juzgado que dictó la orden para que quede constancia y nada más. Viven juntos sin mayores problemas. La responsabilidad penal para B: El riesgo es que cualquier intervención de la Policía, suponga la apertura de unas previas por un supuesto delito de quebrantamiento de medida y la comparecencia, justamente es lo que pretende evitar. Esto se destaca en el artículo 48 CP.

→ SETENCIA: Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del

Código Penal.

Ficha:

  • Órgano JEFATURA DEL ESTADO.
  • Publicado en BOE núm. 281 de 24 de Noviembre de 1995.
  • (^) Vigencia desde 24 de Mayo de 1996. Esta revisión vigente desde 28 de Octubre de 2015.
  1. Cuando A volvió a casa antes de lo que hacía cotidianamente se encontró con que su pareja B estaba en la cama con otra persona (C). A perdió la cabeza, se dirigió a la cocina, cogió un cuchillo y se lo clavó a B, que casi muere.

Homicidio, debido A que a le estaba siendo infiel a B. La pena seria de 4 a 5 años, con alevosía de grado inferior. Además de la pena de prisión, interesa para el acusado una orden de alejamiento con un radio de 300 metros durante un periodo de diez años, así como una indemnización de 210 euros a la víctima.

Según la sentencia:

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE NUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL

Doctrina: TRIBUNAL DEL JURADO. VIOLENCIA DOMÉSTICA. Apreciación de alevosia. Tipos de alevosia. Ponente: Sánchez Melgal.

  1. A, en una pelea que tuvo lugar en una discoteca de la ciudad, le dio un navajazo en el abdomen de 30 cm de profundidad a B, que finalmente no murió. A había consumido alcohol previamente. Ello afectó levemente a sus facultades volitivas. Lo primero que tenemos que fijarnos es en la tenencia ilícita de armas, “Aumentar las penas para el control de las armas ilegales en la medida que se aplique la ley es una buena decisión, dado que al parecer existen demasiadas armas que circulan en forma ilegal. No se considera delito: Artículo 564.
  2. La tenencia de armas de fuego reglamentadas, careciendo de las licencias o permisos necesarios, será castigada:

Con la pena de prisión de uno a dos años, si se trata de armas cortas.

Con la pena de prisión de seis meses a un año, si se trata de armas largas.

  1. Los delitos previstos en el número anterior se castigarán, respectivamente, con las penas de prisión de dos a tres años y de uno a dos años, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

Que las armas carezcan de marcas de fábrica o de número, o los tengan alterados o borrados.

Que hayan sido introducidas ilegalmente en territorio español.

Que hayan sido transformadas, modificando sus características originales.

No dice nada de las guias.

Roj: STS 8545/

  • ECLI:ES:TS:2012:8545 Id

Cendoj: 28079120012012101001 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal

Sede: Madrid Sección: 1

Nº de Recurso: 10372/

Nº de Resolución: 928/

Procedimiento: PENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO

Ponente: LUCIANO VARELA CASTRO Tipo de Resolución: Sentencia