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curso de balistica trabajo, Guías, Proyectos, Investigaciones de Criminología

Curso balistica tipos de balas segun si punta y segun su base, tecnicas para determinar trayectoria de la bala, etc

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2016/2017

Subido el 06/07/2017

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oliver-soto 🇻🇪

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Esteban Requena C.I: 27506233
PON14
Profesor: Jesús Barrios
Materia: Balística
Balística
Se habla de balística al estudio que se le realiza a una zona impactada por balas,
demostrando con el estudio el alcance, la trayectoria y los efectos secundarios que
la misma produce, analizando las marcas que dejan a lo que se le llama
una prueba de balística. Por medio de esta prueba se puede determinar la
distancia de donde salió, la dirección y la velocidad del disparo, ya sea de
una bala de bajo calibre o un proyectil de más potencia, bombas o cohetes entre
otros, como también se puede averiguar la temperatura, la distancia y la fuerza del
impacto.
La Balística Forense, comprende el estudio de los tipos y características de
las armas de fuego — como medio de proyección y municiones; asimismo, la
influencia de las condiciones circunstanciales al momento de la ejecución del
disparo.
Dentro del proceso de investigación criminal, la Balística ofrece una serie de
análisis exclusivamente dirigidos hacia el área penal, que permiten esclarecer los
hechos donde se encuentran involucradas armas de fuego, municiones y
elementos derivados de la acción del disparo, para proporcionar los mecanismos
de convicción que eventualmente se constituirán como pruebas en el juicio oral.
Esta ciencia de estudio de conseguir evidencias en un caso se divide en 4
ramas de estudio:
1. La balística interior que estudia desde el arma e inicio del movimiento que
impulsa el proyectil en la fase inicial de disparo.
2. La balística intermedia prevé la transición de la salida de la bala desde la
boca de la pistola junto con su estabilidad en el aire, detectando
algún cambio que pudiera desviar al el proyectil de su recorrido final.
3. La balística exterior determina la trayectoria de la bala con los efectos que
pudieran generar hasta llegar a detenerse, ya sea por el impacto y cuáles
sean sus efectos en los blancos próximos.
4. La balística de efectos ella tiene una importancia ya que muestra lo
degenerativo que son los efectos secundarios en los destrozos dejado por
el impacto, ya sea en algún objeto o en un cuerpo humano; todos estos
estudios solo tienen un fin, poder reconstruir la escena de un crimen para
poder encontrar al culpable y saber cuáles serían sus próximos pasos y
calibrar el poder salvar a otras personas de ataques futuros.
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¡Descarga curso de balistica trabajo y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Criminología solo en Docsity!

Esteban Requena C.I: 27506233 PON

Profesor: Jesús Barrios

Materia: Balística

Balística

Se habla de balística al estudio que se le realiza a una zona impactada por balas, demostrando con el estudio el alcance, la trayectoria y los efectos secundarios que la misma produce, analizando las marcas que dejan a lo que se le llama una prueba de balística. Por medio de esta prueba se puede determinar la distancia de donde salió, la dirección y la velocidad del disparo, ya sea de una bala de bajo calibre o un proyectil de más potencia, bombas o cohetes entre otros, como también se puede averiguar la temperatura, la distancia y la fuerza del impacto.

La Balística Forense, comprende el estudio de los tipos y características de las armas de fuego — como medio de proyección — y municiones; asimismo, la influencia de las condiciones circunstanciales al momento de la ejecución del disparo.

Dentro del proceso de investigación criminal, la Balística ofrece una serie de análisis exclusivamente dirigidos hacia el área penal, que permiten esclarecer los hechos donde se encuentran involucradas armas de fuego, municiones y elementos derivados de la acción del disparo, para proporcionar los mecanismos de convicción que eventualmente se constituirán como pruebas en el juicio oral.

Esta ciencia de estudio de conseguir evidencias en un caso se divide en 4 ramas de estudio:

  1. La balística interior que estudia desde el arma e inicio del movimiento que impulsa el proyectil en la fase inicial de disparo.
  2. La balística intermedia prevé la transición de la salida de la bala desde la boca de la pistola junto con su estabilidad en el aire, detectando algún cambio que pudiera desviar al el proyectil de su recorrido final.
  3. La balística exterior determina la trayectoria de la bala con los efectos que pudieran generar hasta llegar a detenerse, ya sea por el impacto y cuáles sean sus efectos en los blancos próximos.
  4. La balística de efectos ella tiene una importancia ya que muestra lo degenerativo que son los efectos secundarios en los destrozos dejado por el impacto, ya sea en algún objeto o en un cuerpo humano; todos estos estudios solo tienen un fin, poder reconstruir la escena de un crimen para poder encontrar al culpable y saber cuáles serían sus próximos pasos y calibrar el poder salvar a otras personas de ataques futuros.

Clasificación de las balas por su forma geométrica Fijándonos en su forma geométrica podemos decir que la bala es: Esférica (A) Cilíndrica (B) Ojival (C) Cilindro-cónica (D) Cilindro-ojival (E) Aerodinámica (F)

Clasificación de las balas según la forma de su base

Observando la forma de su base, la bala, puede ser: Hueca o perforada (G) Tronco cónica (H) Cóncava (I) Plana (J) Talonada (K)

Clasificación por su forma aerodinámica.

Según la forma de la punta diremos que es: Roma (L) Plana (M) Hueca (N) Aguda (Ñ)

Balística Interior

Se dijo antes, que la Balística Interior comprende el estudio de los fenómenos que ocurren en el interior del arma desde el momento en que se produce la percusión hasta el momento en que el proyectil sale por la boca del cañón. Este estudio implica desde el punto de vista físico-químico: la teoría del choque, desprendimiento de energía, temperatura, presión, velocidad, volumen, fricción o rozamiento, principio de termodinámica, trabajo mecánico, reacción química exotérmica y otras generadas a consecuencia del disparo.

Balística Exterior

La Balística Exterior estudia los fenómenos que ocurren al proyectil desde el momento que sale del arma, hasta cuando cesan sus movimientos o penetra en el blanco y de los fenómenos que lo afectan en concordancia con las particularidades de cada caso, tales como la gravedad, la resistencia del aire, la influencia de la dirección e intensidad de los vientos y particularmente los obstáculos que se le interpongan y que en definitiva son productores de los rebotes que modifican la trayectoria original. Es la parte más físico-matemática de la balística donde se requieren especiales conocimientos de geometría y de mecánica newtoniana".

Por consiguiente, en el campo de la criminalística, se busca la averiguación de cómo sucedieron los hechos constitutivos de delito por medio de la reconstrucción de estos, usando como puntos de referencia la evidencia física que se encuentre en la escena del crimen o que sea producto de la investigación.

Investigación criminal

La investigación criminal es un conjunto de saberes interdisciplinarios y acciones sistemáticas integrados para llegar el conocimiento de una verdad relacionada con el fenómeno delictivo.

Artículos del Código Penal Venezolano

De las lesiones personales

Artículo 413. — El que sin intención de matar, pero sí de causarle daño, haya ocasionado a alguna persona un sufrimiento físico, un perjuicio a la salud o una perturbación en las facultades intelectuales, será castigado con prisión de tres a doce meses.

Lesiones graves permanentes: Artículo 414. — Si el hecho ha causado una enfermedad mental o corporal, cierta o probablemente incurable, o la pérdida de algún sentido de una mano, de un pie, de la palabra, de la capacidad de engendrar o del uso de algún órgano, o si ha producido alguna herida que desfigure a la persona; en fin, si habiéndose cometido el delito contra una mujer en cinta le hubiere ocasionado el aborto, será castigado con presidio de tres a seis años.

Lesiones graves temporales: Artículo 415.— Si el hecho ha causado inhabilitación permanente de algún sentido o de un órgano, dificultad permanente de la palabra o alguna cicatriz notable en la cara o si ha puesto en peligro la vida de la persona ofendida o producido alguna enfermedad mental o corporal que dure veinte días o más, o si por un tiempo igual queda la dicha persona incapacitada de entregarse a sus ocupaciones habituales, o, en fin, si habiéndose cometido el delito contra una mujer encinta, causa un parto prematuro, la pena será de prisión de uno a cuatro años.

Lesiones graves de pocos días: Artículo 416.— Si el delito previsto en el artículo 413 hubiere acarreado a la persona ofendida, enfermedad que solo necesita asistencia médica por menos de diez días o sólo la hubiere incapacitado por igual tiempo para dedicarse a sus negocios ordinarios, u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de tres a seis meses.

Lesiones leves: Artículo 417.— Si el delito previsto en el artículo 413, no solo no ha acarreado enfermedad que necesite asistencia médica, sino que tampoco ha incapacitado a la persona ofendida para dedicarse a sus negocios u ocupaciones habituales, la pena será de arresto de diez a cuarenta y cinco días.

Agravantes: Artículo 418. — Cuando el hecho especificado en los artículos precedentes estuviere acompañado de alguna de las circunstancias indicadas en el artículo 406, o cuando el hecho fuere cometido con armas insidiosas o con cualquiera otra arma propiamente dicha, o por medio de sustancias corrosivas, la pena se aumentará en la proporción de una sexta a una tercera parte. Si el hecho está acompañado de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 407, la pena se aumentará con un tercio, sin perjuicio de la pena del hecho punible concurrente que no pueda considerarse como circunstancia agravante sino como delito separado.

Lesiones preterintencionales: Artículo 419.— Cuando en los casos previstos en los artículos que preceden excede el hecho en sus consecuencias al fin que se propuso el culpable la pena en ellos establecida se disminuirá de una tercera parte a la mitad.

Lesiones culposas: Artículo 420.— El que por haber obrado con imprudencia o negligencia, o bien con impericia en su profesión, arte o industria, o por inobservancia de los reglamentos, ordenes o disciplinas, ocasione a otro algún daño en el cuerpo o en la salud, o alguna perturbación en las facultades intelectuales será castigado:

  1. Con arresto de cinco a cuarenta y cinco días o multa de cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) a quinientas unidades tributarias (500 U.T.), en los casos