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ESTRUCTURA DE UNA DEMANDA EN DERECHO MERCANTIL
Tipo: Apuntes
Subido el 05/05/2020
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Expediente 3132/ Ejecutivo mercantil. C. JUEZ TERCERO DE LO CIVIL PRESENTE: MARIANO LOMELÍ DEL REAL , por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones la la calle de Emiliano zapata 146 , COLONIA LOMAS DEL SOL, de la localidad de cabo san Lucas. y autorizando para oír en mi nombre y para recoger toda clase de documentos en mi representación, en términos del artículo 1069 del Código de Comercio, al Licenciado Luis salvador Ramírez Alatorre , ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer: Que dentro del término de ocho días a que se refiere el artículo 1396 del Código de Comercio, vengo a dar contestación a la obscura, temeraria, e improcedente demanda instaurada en mi contra en los siguientes términos:
LA DE OSCURIDAD EN LA DEMANDA. Esta resulta de la ambigüedad de la demanda y del hecho en que en síntesis no puntualiza la parte demandante de qué manera se llegó a la certeza de porque debo pagar las cantidades y conceptos a que hace referencia, puesto que oculta, la causa cierta y verdadera de que existe una cantidad diferente a la que puntualiza en su escrito inicial de demanda.
DEL REAL como aceptante del crédito con número de CUENTA 0007 198894. b).- El importe total de la cantidad que se tiene depositada actualmente en la cuenta personal del crédito con número de CUENTA 0007 198894. A Nombre de la C. MARIANO LOMELÍ DEL REAL. c).- El importe total de los pagos efectuados identificados con el nombre de la C. MARIANO LOMELÍ DEL REAL , del crédito con número de CUENTA 0007 198894 desde el mes de JUNIO DEL 2019 AL MES DE NOVIEMBRE del 2019 , como fueron aplicados. Esta probanza se ofrece para que esta parte demandada este en aptitud de conocer y para poder determinar si se aplicaron debida y correctamente los pagos efectuados a nombre del número de CUENTA 0007 198894, a nombre de la C. MARIANO LOMELÍ DEL REAL, si los pagos que se efectuaron coinciden perfectamente y se identifican con el documento base de la acción. La persona física llamada CARLOS ALFREDO HERRERA CARRILLO deberá remitir copia fotostática autorizada de los documentos del crédito y de la certificación o estado de cuenta en donde consten los pagos efectuados por el número de CUENTA 0007 198894, a nombre de la C. MARIANO LOMELÍ DEL REAL , por lo que, deberá requerírsele para que los presente, apercibida de que se le aplicaran las medidas de apremio que establece la ley en caso de negativa. LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en todas y cada una de las actuaciones que se integran en el expediente y que se deriven de las admitidas y efectuadas en autos, desde luego las que tienden a favorecerme en términos del artículo 1294 del Código de Comercio.
LA PRESUNCIONAL.- Se hace valer en su triple aspecto, lógica, legal y humana, consistente en toda aquella presunción que se desprenda de los hechos admitidos expresa y tácitamente por la parte contraria y de los hechos que se demostraran en este juicio y que me favorezcan. Se ofrece en términos de los artículos 1277, 1278,1279 y 1306 del Código de Comercio. EN GENERAL TODAS ESTAS PRUEBAS LAS RELACIONO CON TODOS Y CADA UNO DE LOS CONCEPTOS DE CONTESTACIÓN A LAS PRESTACIONES, A LOS HECHOS Y CON TODAS Y CADA UNA DE LAS EXCEPCIONES Y DEFENSAS QUE FORMAN EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN A LA DEMANDA.