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Este documento aborda la mala praxis en la profesión de la psicología, explicando conceptos como impericia, imprudencia, negligencia y corrupción, y sus consecuencias y riesgos. Además, se detalla cómo una causa por mala praxis puede ser incoada contra un profesional.
Tipo: Apuntes
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La MALA PRAXIS es el fallo en la capacidad, la pericia que tenga un profesional y que puede acabar acarreando algún tipo de perjuicio. Este daño además puede al margen del cliente, afectar a todo el colectivo como a toda la Psicología.
■ IMPERICIA: suele aplicarse esta figura, cuando aplica técnicas o modelos de intervención para los que no está totalmente capacitados. Como puede pasar con profesionales noveles.
■ IMPRUDENCIA: la aplicación demasiado osada de tareas o procedimientos para los que no hay suficiente evidencia empírica. Métodos o modelos que son personalísimos. Normalmente la imprudencia se aplica cuando el profesional es demasiado osado. Hace falta iniciativa, riesgo, etc. Hay que valorar el coste riesgo- beneficio, pero cuando el riesgo excede todos los niveles nos debemos a la imprudencia.
■ NEGLIGENCIA: mala praxis por omisión o. Cuando el profesional sabe que algo funciona y que algo se acompaña de éxito, no lo aplica, y aplica otro tipo de técnicas que no tienen tanto aval. Cuando la aplicación del psicólogo es errática (Prueba cada día una cosa diferente). Es fácil pecar de negligencia cuando hay profesionales eclécticos, pero el caso es que no conoce del todo una dinámica bien y conoce varias y las mezcla.
■ CORRUPCIÓN: vender un dictamen, un juicio, peritaje erróneo o incorrecto a petición de un abogado o cliente. Corrupción cuando el perito condiciona el resultado y los honorarios al resultado que obtenga el juicio. El trabajo profesional no se cobra en función del resultado, el trabajo es cobrado por obligación ya que nuestro trabajo tiene igual valía. Se introduce al cliente en un condicionante externo. Cualquier intento pasivo o activo de tergiversar o falsificar cualquier tipo de informe. También es mala praxis obviar cualquier tipo de informe que se contradiga al nuestro.
El tipo de mala praxis que más riesgo se corre de ocurrir es la IMPERICIA ya que nadie nace sabido. Por ello debemos minimizar los riesgos, formarnos y no coger casos que no se puedan estar a la altura de resolver.
Para que un juez o comisión deontológica incoe una causa contra un profesional por mala praxis deben darse tres condiciones :
-Que se hubiera dado un pacto entre cliente y profesional sobre un tipo de patrón de trabajo y luego no se cumpla.
-Que de ese incumplimiento se derive un daño cierto y no simplemente un daño apreciativo. Que sea comprobable. Nuestro cliente va a sustanciar una queja por iatrogenia. Ese cliente debe demostrar que su daño se debe a nuestra mala conducta profesional.
Económico o sexual. ECONÓMICA: aprovechar en la ascendiente influencia que tenemos sobre el cliente para obtener lucro económico, para prolongar por ejemplo la intervención a lo largo del tiempo sin razón aparente. También puede haber explotación económica cuando el profesional actúa sobre el cliente para que le introduzca en su testamento, o que beneficie a un pariente y no a otro. Cuando hay ocultación de los honorarios, hay que dejar claro al inicio de la terapia nuestros honorarios. Los honorarios deben ser justificados, no puedes cobrar lo que quieras sin justificación previa y no puedes hacer una subida de los honorarios brusca, sino que debe ser periódicamente. SEXUAL: aprovechamiento de la situación de la dependencia emocional del cliente para la obtención de un beneficio sexual por parte del profesional especialmente cuando sea el cliente el motivante de esa actuación sexual.