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Constitución Española: Forma de Estado, Estado de Derecho, Democracia y Autonomías, Apuntes de Derecho Constitucional

Una introducción a la constitución española, donde se explica que españa es un estado social y democrático de derecho, autonómico y monárquico parlamentario. Se detalla el estado de derecho, sus características, el estado democrático, el estado social y las autonomías. Además, se menciona el papel de la monarquía parlamentaria y el sistema constitutional de fuentes.

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 14/03/2019

cortesoyyo
cortesoyyo 🇪🇸

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TEMA 2
La constitución española es una auténtica norma jurídica que esta lista para
producir efectos jurídicos
1. España se constituye en un estado social y democrático de derecho
(forma de Estado)
2. España es un estado autonómico (forma de Estado)
3. España es un estado monárquico parlamentario (forma de gobierno)
EL ESTADO DE DERECHO
Es lo primero que surge
Es irrenunciable, todo el poder esta sometido a las normas jurídicas,
característica básica y principal.
La revolución francesa, inglesa y americana dan la vida al actual Estado de
derecho
CARACTERISTICAS
1. Reconocimiento y garantía de los derechos fundamentales
Derecho a la vida, integridad, decidir dónde se va a residir…
2. Separación de poderes
Legislativa: poder de dictar leyes (PARLAMENTO)
Ejecutiva: poder de aplicar las leyes (GOBIERNO)
Judicial: poder de juzgar la adecuada aplicación de las leyes
(PODER JUDICIAL - JUECES Y MAGISTRADOS)
3. Sometimiento de todo poder al imperio de la ley
ESTADO DEMOCRATICO
1. Soberanía nacional y principio de representación (art 1 y2)
La soberanía reside en el pueblo
La representación de los titulares del poder que es el pueblo y se
manifiesta a través de la creación de normas jurídicas
Legitimidad directa del poder legislativo gracias al pueblo
Legitimidad indirecta del poder ejecutivo ya que el pueblo elige a
las cámaras y estos al gobierno
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¡Descarga Constitución Española: Forma de Estado, Estado de Derecho, Democracia y Autonomías y más Apuntes en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

TEMA 2

La constitución española es una auténtica norma jurídica que esta lista para producir efectos jurídicos

  1. España se constituye en un estado social y democrático de derecho (forma de Estado)
  2. España es un estado autonómico (forma de Estado)
  3. España es un estado monárquico parlamentario (forma de gobierno)

EL ESTADO DE DERECHO

Es lo primero que surge

Es irrenunciable, todo el poder esta sometido a las normas jurídicas, característica básica y principal.

La revolución francesa, inglesa y americana dan la vida al actual Estado de derecho

CARACTERISTICAS

  1. Reconocimiento y garantía de los derechos fundamentales

Derecho a la vida, integridad, decidir dónde se va a residir…

  1. Separación de poderes
    • Legislativa: poder de dictar leyes (PARLAMENTO)
    • Ejecutiva: poder de aplicar las leyes (GOBIERNO)
    • Judicial: poder de juzgar la adecuada aplicación de las leyes (PODER JUDICIAL - JUECES Y MAGISTRADOS)
  2. Sometimiento de todo poder al imperio de la ley

ESTADO DEMOCRATICO

  1. Soberanía nacional y principio de representación (art 1 y2)
    • La soberanía reside en el pueblo
    • La representación de los titulares del poder que es el pueblo y se manifiesta a través de la creación de normas jurídicas
    • Legitimidad directa del poder legislativo gracias al pueblo
    • Legitimidad indirecta del poder ejecutivo ya que el pueblo elige a las cámaras y estos al gobierno
  • Legitimidad indirecta del poder judicial ya que el pueblo elige indirectamente a los jueces debido al poder dado por el mismo pueblo a las cámaras
  1. El estado democrático se basa en la democracia representativa
  2. Sufragio universal (aunque solo pueden votar los nacionales), libre, secreto e igualitario
  3. Los partidos políticos canalizan la voluntad popular (art 6)
  4. Mecanismos de democracia directa
  5. Iniciativa legislativa popular, la suma de los ciudadanos con un mínimo de firmas para la creación de leyes (art 87)
  6. El referéndum (está ligado en casos concretos sobre todo en CCAA) es especialmente transcendente en términos políticos, aunque jurídicamente no es vinculante. El rey lo dice formalmente, el presidente lo propone legitimado por las cortes (art 92)
  7. Pluralismo político, mientras que esas ideas se expresen de forma pacifica

ESTADO SOCIAL

  1. Donde se busca que el Estado deba intervenir para que la sociedad pueda vivir en condiciones mínimas. O dicho de otra forma corregir las desigualdades.
  2. Principios rectores de la política social y económica

CCAA

Propuesta de compromiso: Se les proporciona un poder individual pero regido siempre por el Gobierno. Siempre ha existido una lucha entre centralismo y nacionalismo. En la dictadura existía un centralismo y el poder a partir de Madrid, esto duro 40 años hasta la muerte del dictador. Antes, en la II República si existió unas preautonomías como la catalana y la vasca. Un ejemplo de poder centralizado es Francia y el otro extremo que son los federales como EEUU y Suiza.

Rasgos típicos de un estado federal: Existe un estado federal y los lander que tienen su propia constitución. Existen Estatutos de Autonomía por los que se rigen. Tienen sus propios poderes legislativo, ejecutivo y judicial.