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Derecho documento universidad ii
Tipo: Apuntes
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ORGANO JUDICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Diego Gonzalo Gamboa Choque 234510
CONSEJO DE LA JUDICATURA Resolución Senatorial N° 017 / 2014 TESTIMONIO N° 247/ DISTRITO JUDICIAL DE EL ALTO- LA PAZ – BOLIVIA_________________ NOTARÍA DE FE PÚBLICA N ° 75 NOTARIO DIEGO GONZALO GAMBOA CHOQUE._____________________________________________________________ TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA DE LA CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA QUE SUSCRIBEN LOS SEÑORES NIEVES CUSI FERNANDEZ, SILVIA GUTIERREZ ARUNI, JOSE LEONARDO COPA MONZON Y BEATRIZ PACOHUANCA TICONA, QUE GIRARÁ BAJO LA RAZÓN SOCIAL DE CUPAZ S.R.L. QUE INICIA SUS ACTIVIDADES EL 2 DE ENERO DE 2019._______________________________________________________ LUGAR Y FECHA __ EL ALTO – LA PAZ 2 DE ENERO DE 2019_
Sello y Signo
Resolución Senatorial N° 028/ N° 3539860
ORGANO JUDICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Diego Gonzalo Gamboa Choque 234510
CAPITAL SOCIAL DE Bs. 1,000,000.00. En la ciudad de El Alto La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, a las doce del mediodía del día de hoy 2 de enero del año dos mil diecinueve, ante mi Diego Gonzalo Gamboa Choque, Abogado, Notario Público de Primera Clase a cargo de la Notaria Nº 75 de este Distrito Judicial, con residencia en esta ciudad y los testigos que al final se nombran y suscriben, fueron presentes los señores KAREN CUSI FERNANDEZ, Silvia Gutierrez Aruni, José Leonardo Copa Monzón y Beatriz Pacohuanca Ticona, todos mayores de edad, capaces y hábiles por Ley a quienes a objeto de legalizar una CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, me pasan los datos relativos que copiados son como siguen: MINUTA.- Señor Notario de Fe Publica, en los registros de escrituras públicas que corren a su cargo sírvase insertar una de CONSTITUCION DE SOCIEDAD de acuerdo al tenor siguiente: PRIMERA.- DEL LUGAR Y FECHA DE CONSTITUCION.- En la ciudad del Alto La Paz en fecha 02 de Enero de 2019, se procedió a la firma del presente contrato de Constitución de una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. SEGUNDA.- DE LOS SOCIOS Y GENERALIDADES DE LEY.- Se hicieron presentes en calidad de SOCIOS los señores: Averanga Iriarte Mayra Tatiana, de 26 años de edad, Casada, Boliviana, de Profesión Administradora, con CI N° 6079965 LP, con Domicilio en la Ciudad de El Alto La Paz, Zona Ferropetrol Calle 6 N° 100; Gutierrez Aruni Silvia, de 24 años de edad, Soltera, Boliviana, de Contador general , con CI N° 8344468 LP, con Domicilio en la Ciudad de El Alto La Paz, Zona San Jose de Yunguyo Av. Cuzco N° 3234; Copa Monzon Jose Leonardo, de 27 años de edad, Soltero, Boliviano, de Profesión Diseñador Grafico, con CI N° 9135116 LP, con Domicilio en la Ciudad de La Paz, Av. Final Buenos Aires Zona Tiwiña Calle German Buch N° 118; Pacohuanca Ticona Beatriz, de 24 años de edad, Soltera, Boliviana, de Profesión Contador Publico Autorizado, con CI N°4879989 LP, con Domicilio en la Ciudad de El Alto La Paz, Zona Villa Ingavi Calle Mocomoco N° 4085.
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ORGANO JUDICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA utilidades netas de cada gestiónn contable. DECIMA.- DE LAS FORMAS DE INCLUSIÓN Y EXCLUSIÓN DE LOS SOCIOS.- Para la inclusión y exclusión de un socio se deberá tener el conceso total del 100% de las cuotas de capital. DECIMA PRIMERA.- DE LA PARTICIPACION DE LAS UTILIDADES.- Las utilidades obtenidas en cada periodo se dividirán de acuerdo a la proporción de capitales aportados en la presente sociedad. DECIMA SEGUNDA.- DE LAS FORMAS DE EXTINCION DE LA SOCIEDAD.- La sociedad se extinguirá de acuerdo a lo establecido en el CODIGO DE COMERCIO decreto ley N° 14379. DECIMA TERCERA.- DEL NOMBRAMIENTO DEL ÁRBITRO O PERITO.- En c a s o de controversias o desacuerdo entre los socios se tendrá a las instancias o entidades autorizadas para dilucidar las controversias suscitadas. DECIMA CUARTA.- DEL MECANISMO DE EMISION Y VENTA DE CUOTAS DE CAPITAL.- La emisión y ventas de cuotas estarán sujetas a la que establece nuestro ordenamiento comercial en su artículo respectivo, teniendo preferencias para la compra los socios integrantes de la presente entidad. DECIMA QUINTA.- DE LAS ASAMBLEAS.- En la presente sociedad se llevarán a cabo Asambleas Ordinarias, que serán anuales y se llevarán a cabo en los primeros 23 días del mes de Abril, 1a cual será convocada por cualquiera de los socios o por el factor con un plazo previo de una semana y en forma escrita. Y las Asambleas Extraordinarias se llevaran a cabo cuantas veces sean necesarias con una comunicación previa de cinco días ya sea por parte de algún socio o del factor. DECIMA SEXTA.- DE LAS REUNIONES MENSUALES.- Se fijan reuniones mensuales que se llevaran a cabo el último viernes de cada mes con el objeto de evaluar las actividades realizadas y programar las del mes que vienen. DECIMA SEPTIMA.- DEL AUMENTO O REDUCCIÓN DEL CAPITAL. - L o s s o c i o s de común acuerdo podrán determinar el aumento de capital social pudiéndose suscribir el aumento en forma proporcional al porcentaje de aporte inicial. DECIMA OCTAVA.- DE LA TRANSFERENCIA POR CAUSA DE MUERTE.- En caso de muerte de cualquiera de los socios, la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido, los herederos fueran dos o más personas, unificaran representación y personería mediante apoderado legal. En caso de que los herederos decidan no continuar en la
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ORGANO JUDICIAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA sociedad, se procederá y se dará aplicación al precepto legal conferido en el Art. 212 del Código de Comercio. DECIMA NOVENA.- DEL BALANCE DE GESTION.- Al concluir la gestión económica y en la fecha que se decida en reunión de socios, el representante legal pondrá en conocimiento y consideración de la sociedad el balance correspondiente a la gestión, oportunidad a partir de la cual, cualquiera de los socios tendrá el termino de 30 días para hacer observaciones del caso, cumplido dicho termino y de no existir observación alguna, el balance quedará aprobado. VIGESIMA.- DE LOS LIBROS.- Independientemente de la documentación contable y otros relativos a su movimiento económico, la sociedad llevará y manejará toda clase de documentación y registros, donde se consigne y se inscriba toda información, datos operacionales, decisiones, acuerdos, resoluciones y demás antecedentes del movimiento de la sociedad. VIGESIMA PRIMERA.- DE LA DISOLUCION.- La sociedad se disolverá por una de las causales previstas en el Art. 378 del Código de Comercio, y/o pérdida de más del 50% + 1 del capital social. En tal caso, la liquidación estará sujeta a las previsiones establecidas en el Art. 384 y demás conexas al Código de Comercio. VIGESIMA SEGUNDA.- NORMAS APLICABLES.- En todo lo compulsorio de la sociedad, quedara sujeta a normas del Código de Comercio que en este caso prevalecerán y en los demás serán aplicables conforme a ley a falta de norma contractual expresa. VIGESIMA TERCERA.- DE LA CONFORMIDAD.- En muestra de nuestro total acuerdo firmamos el presente documento en la ciudad de El Alto La Paz, 02 de Enero de 2019. Firmado.- Karen Cusi Fernandez, CI 6079965 LP; Silvia Gutierrez Aruni, CI 8344468 LP; Jose Leonardo Copa Monzon CI 9135116 LP; Beatriz Pacohuanza Ticona CI 4879989 LP y de mi conocimiento por ante mí, doy fé. Firmado.- KAREN CUSI FERNANDEZ Firmado.- SILVIA GUTIERREZ ARUNI Firmado.- JOSE LEONARDO COPA MONZON Firmado.- BEATRIZ PACOHUANCA TICONA Así dijeron: lo otorgan firman e imprimen huellas digitales previa lectura a su tenor en presencia de los testigos instrumentales ciudadanos Karen Cusi Fernandez, con cedula de identidad No 10915663 LP, Soltera, domiciliado en la Zona Villa Mercedes Anexo Calle Ismael Montes N° 2038 y Luis Armando Cusi Apaza con Cedula de Identidad No 8426691 LP, Soltero, domiciliado en la Av. 5 de Agosto N° 60 Zona Alto Mariscal Santa Cruz, mayores de
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