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Infracción y Delito Tributario: Análisis Comparativo - Prof. Yaipen, Monografías, Ensayos de Derecho

Un análisis comparativo entre la infracción y el delito tributario, abordando aspectos clave como la línea del tiempo de la tributación, la relación entre ciudadanía, tributación y estado, y las formas de prestación tributaria. Se examinan los delitos económicos y los bienes jurídicos macro sociales, así como los mecanismos para reducir el pago de tributos y el concepto de evasión tributaria. Además, se exploran las diferencias entre infracción y delito tributario desde la perspectiva de los sujetos y el contenido de la voluntad, ofreciendo una visión completa y detallada del tema. Útil para estudiantes y profesionales del derecho tributario.

Tipo: Monografías, Ensayos

2024/2025

Subido el 18/09/2025

maria-liliana-agurto-perez
maria-liliana-agurto-perez 🇵🇪

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DIFERENCIAS ENTRE
INFRACCIÓN Y DELITO TRIBUTARIO
Daniel Yacolca Estares, Dr ©, Mg.
Catedrático de Derecho Tributario de la UNMSM
Director de AIDET
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¡Descarga Infracción y Delito Tributario: Análisis Comparativo - Prof. Yaipen y más Monografías, Ensayos en PDF de Derecho solo en Docsity!

DIFERENCIAS ENTRE

INFRACCIÓN Y DELITO TRIBUTARIO

Daniel Yacolca Estares, Dr ©, Mg. Catedrático de Derecho Tributario de la UNMSM Director de AIDET

AGENDA

**1. Línea del tiempo de la tributación

  1. Ciudadanía, tributación y Estado
  2. Cumplimiento del pago del tributo
  3. Formas de prestación tributaria como conducta formal
  4. Concepto de Actitud
  5. Concepto de Conducta Formal
  6. Conductas anti-sociales
  7. Medios de control social
  8. Política criminal del Estado
  9. Delitos económicos y bienes jurídicos macro sociales**

**19. Teoría ontológica

  1. Teoría no ontológica
  2. Teoría de las sanciones
  3. Teoría desde la perspectiva formal – cuantía
  4. Diferencia desde el tributo y la sanción
  5. Diferencia procedimental
  6. Conclusiones**

AGENDA

Tributo = Tribu = Participación en la comunidad

Tributo = Cupo = Signo de dominación Roma y reinos

Tributo = Aporte = Contrato Social Estado de Derecho Derechos fundamentales

4000 años aC Siglo I aC Siglo XVIII dC

1. LINEA DEL TIEMPO DE LA

TRIBUTACIÓN

RELACIÓN OBLIGACIÓN

  • CONTRIBUCIONES
  • TASAS (^) TRIBUTOS VINCULADOS :

IMPUESTO Directo - RENTA TRIBUTO NO LEY VINCULADO: TRIBUTARIA HIPÓTESIS

TRIBUTO = RELACIÓN DEBER DE CONTRIBUIR

OTROS

PAGO SUSTANCIALES - DAR (Económica)) EXTINCION FUNCIONALES: -RETENER

  • PERCIBIR

DEUDA

  • MATERIAL : - HECHO GEN-IMPONIBLE - MATERIA IMPONIBLE

ELEMENTOS ESPECIFICOS

  • PERSONAL : - ACREEDOR - DEUDOR
  • TEMPORAL : - INMEDIATO - PERIODICO
  • CUANTIA :^ MONTO, BASE IMPONIBLEALICUOTA O PORCENTAJE
  • ESPACIAL Y JURISDICCIONAL

OBLIGACIONES

FORMALES

  • HACER - NO HACER -CONSENTIR

Indirecto – IGV - ISC

3. CUMPLIMIENTO DEL PAGO DEL TRIBUTO

PRESTACIÓN

De dar

-Pago de tributo -Retención o percepción -Pago de multas e intereses -Pago de gastos y costas

Obligación Sustancial

De hacer

-Entregar comprobantes de pago -Presentar declaraciones juradas -Llevar libros y registros

Obligación Formal

De no hacer

-No registrar operaciones en moneda e idioma extranjeros

Obligación Formal De tolerar

-Permitir las inspecciones -Acceder a las fiscalizaciones

Obligación Formal

4. FORMAS DE PRESTACIÓN TRIBUTARIA

COMO CONDUCTA FORMAL

Una conducta humana se considera formal cuando en el comportamiento se cumplen una serie de reglas reconocidas como valiosas en una comunidad o sociedad. En las sociedades occidentales, por ejemplo, se considera formal ser explícito, determinado, preciso, serio, puntual. Esta palabra tiene su base en la aplicación principalmente en la conducta que tienen las personas con respecto a sus valores o bienes valiosos.

6. CONCEPTO DE CONDUCTA FORMAL

([1]) http://es.wikipedia.org/wiki/Actitud (17/05/2011)

  • Leves = presentar una declaración fuera de plazo
  • Graves = omitir ingresos
  • Muy graves = defraudar evadiendo tributos con engaño al fisco.

7. CONDUCTAS ANTI SOCIALES

 Al respecto, CLAUSS ROXIN dice:

Para criminalizar una conducta, debe determinarse si es necesario que la defensa del bien jurídico sea a nivel del sistema penal para lograr resultados positivos. Resulta así, que los otros mecanismos de control social son insuficientes para combatir determinadas conductas, y que se requiere del medio más drástico con que cuenta nuestro ordenamiento jurídico, tal cual es, el sistema penal , en virtud de la dureza de las sanciones .”  ROXIN, Claus Madrid, Reus SA, 1976, pp. 20-26. , Limites y sentido de la Pena Estatal, En: Problemas básicos del derecho penal ,

9. POLÍTICA CRIMINAL DEL ESTADO

  • La Tarea del Derecho Penal
    • Proteger Bienes jurídicos
    • Restablecer la vigencia de la norma
  • Origen de los Bienes Jurídicos
    • La Constitución
    • Vinculación directa con el ser humano
  • Naturaleza de los Bienes Jurídicos
    • Individuales o microsociales: la vida, la salud, la integridad etc.
    • Supraindiviuales o macrosociales: el medio ambiente, la hacienda pública, etc.
  1. DELITOS ECONOMICOS Y BIENES JURIDICOS MACROSOCIALES
  • Ideológicas o políticas = se para los tributos y no se ve que el Estado hace obras y hay corrupción.
  • Económicas = alícuotas muy altas o beneficios tributarios que no funcionan por falta de control.
  • La técnica jurídica de la Imposición = normas confusas
  • La creación de riesgo = prevención general y especial mínimo

12. LA EVASIÓN TRIBUTARIA Y SUS

CAUSAS

  • ““Evadir” proviene del latín “evadere” que significa “sustraerse”, irse o marcharse de algo donde se esta incluido. Aplicando este razonamiento al campo tributario “ evadir” va a tener el significado de “sustraerse al pago” (dolosamente o no) de un tributo que se adeuda. En consecuencia la evasión tributaria es un concepto genérico que engloba tanto al ilícito tributario (Infracción Tributaria) ilícito tributario penal (Delito Tributario).

13. CONCEPTO DE EVASIÓN TIRBUTARIA

SANABRIA ORTIZ, Rubén D., Código Tributario y los Ilícitos Tributarios , Editorial San Marcos, Lima, 1997, p. 526.

“El proceso recaudatorio en cada tributo y la

correlativa redistribución de lo recaudado”

= Hacienda Pública

15. BIEN JURIDICO TUTELADO HACIENDA

PÚBLICA - MACROSOCIAL

  • El término "ilícito" engloba todas las conductas anti- jurídicas en el ámbito tributario, con lo cual se evita, de inicio, su desdoblamiento en delitos, figura propia del ámbito penal, e infracciones o contravenciones administrativas.
  • Todo ello sin desconocer que en el derecho positivo, ya se trate de legislación nacional o comparada, se los ubica en una u otra categoría. O aun sin encuadrar metodológicamente el antijurídico, se utiliza indistintamente dichos vocablos (delitos, infracciones, contravenciones) como sinónimos.

16. CONCEPTO DE ILICITO TRIBUTARIO