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Asignatura: Introduccion historica al Derecho Romano, Profesor: Casado Casado, Carrera: Derecho + ADE, Universidad: US
Tipo: Ejercicios
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PRÁCTICAS SOBRE EL OBJETO DEL DERECHO Y AUTOEVALUACIONES EXTRA.
PEDRO ANTONIO RODRÍGUEZ MORENO.1ºB (DERECHO-ADE).
Clasifique las cosas enumeradas a continuación en la categoría que les corresponda.
Apellidos: Rodríguez Moreno D.N.I: 45923235D
Nombre: Pedro Antonio Fecha evaluación: 13/12/
Firma: Grupo: 1ºB
1º Enumere las formas de manumisión existentes en Roma.
Podemos distinguir entre:
A. Formas solemnes:
A.a.Manumissio censu.
A.b. Manumissio vindicta.
A.c.Manumissio testamento.
B. Formas no solemnes:
A.d. La manumissio per mensan
A.e.La manumissio inter amicos.
A.f. La manumissio per epistolam
2º Enumere las formas necesarias de salir de esclavitud.
Las causas que extinguían la esclavitud podían ser:
a. Necesarias: contra la voluntad del dueño.
a.a. Usucapión. (usucapio libertatis).
a.b. La esclava prostituida.
a.c. El esclavo que denuncia al homicida de su señor o prestaba importantes servicios al Estado.
b. Voluntarias: se corresponde con la manumisión como modo mediante el que el esclavo se convierte en sujeto del derecho debido a que el amo renuncia a su señorío dominical.
3º ¿Quiénes eran los latinos iuniani?
Eran los esclavos libertados mediante manumisión no solemne.
4º El nacimiento como causa de esclavitud.
Uno de los modos en los que se originaba la esclavitud era mediante nacimiento ( ex ancillis nostris ). Conforme al derecho romano, nace esclavo el hijo de la mujer esclava cualquiera que sea el estado del padre. Esta norma se funda en el ius civile pero fue modificándose.
5º¿ Qué es el favor libertatis?
Es una condición que adquirían los hijos de una mujer que hubiese sido libre en un momento cualquiera entre la concepción y el parto. Por ello, se les considera libres e ingenuos.
6º Defina brevemente que es la manumisión testamentaria y sus modalidades.
La manumisión testamentaria es otra forma solemne que puede ser directa o indirecta. En el primer caso el testador declara solemnemente en una de las disposiciones por acto de última voluntad, que quiere libertar a su esclavo. Mientras que la segunda variante de manumisión testamentaria apareció después de reconocer los fideicomisos, es decir, la voluntad del testador la debería de cumplirla el heredero. Sin embargo, esta acción estaba limitada por la Lex Fufia Caninia.
Formas de manumisión no solemnes son:
7º Significado etimológico del término manumissio.
Manumissio procede de manus , que quiere decir el poder de un hombre sobre otra persona, en cambio, manumittere (de manus y mittere , soltar o dejar) significa librar al esclavo de la potestad de su amo.
8º ¿A qué se redujo la manumissio vindicta con el paso del tiempo?
Con el paso del tiempo esta forma de manumisión se redujo a una simple declaración ante la autoridad competente de parte del manumisor.
9º Condición jurídica del esclavo ¿De qué derechos carecían los esclavos?
Apellidos: Rodríguez Moreno D.N.I: 45923235D
Nombre: Pedro Antonio
Firma:
1º ¿Por qué nacieron las personas jurídicas?
Aunque el Derecho omne es por y para el hombre, la práctica dará lugar al nacimiento de las personas jurídicas, debido a: a) hay intereses colectivos dignos de protección, b) hay proyectos o empresas que exceden cronológicamente a la vida del hombre, y c) hay también empresas que requieren la colaboración de varias personas.
Desde el punto de vista terminológico, las fuentes hablan de societas , ordo, para referirse a lo que hoy llamamos personas jurídicas.
2º ¿Qué elementos son necesarios para crear una asociación?
La corporación comunidad, o asociación, consiste en una reunión de varias personas sometidas a las reglas estatutarias y cuya personalidad jurídica es reconocida por los poderes públicos. Los miembros que la componen se llaman socii y sodales. Esta entidad tiene por objeto una determinada finalidad común. La corporación está constituida con un patrimonio igualmente que la fundación. El Estado es el caso típico de la corporación y, por tanto, el modelo para las otras entidades análogas.
3º ¿Por qué se le reconoce personalidad jurídica a la hereditas iacens?
La herencia yacente es una herencia en disponibilidad, puesto que se componen de los derechos correspondientes al de cius hasta que no sean transmitidos a los herederos legítimos y, para que esto se efectúe, es necesario en el derecho romano que se acepte la sucesión por el titular
4º ¿Qué es el ordo collegi?
Se trata del ordenamiento que regía la actuación de una fundación, en otro término podría equipararse con los Estatutos de esa fundación.
5º ¿De qué manera se constituían las fundaciones?
Las fundaciones son una clase de personas jurídicas, cuya formación se debe a una acto jurídico solemne y unilateral en la interviene la voluntad del fundador. Es decir, está constituido por un conjunto de bienes destinados por un acto irrevocable de voluntad privada por parte de su fundador con el objetivo de realizar un bien público y ser administrada esa entidad benéfica por un número de personas para cumplir la consecución fundacional en modo perdurable. Por tanto, encontramos como elementos básicos, el patrimonio, el personal que integra la administración y el voltio.
6º Explica el Aerarium popilum romani y el Fiscus Caesaris.
Aerarium hace referencia al Tesoro Público, es decir a la caja donde se destinaban todos los impuestos recaudados. Sin embargo, con Augusto se crea una segunda caja que recibe el nombre de fisco- fiscus. Esta segunda caja recibía las rentas de las provincias imperiales y los recursos extraordinarios destinados expresamente. El Aerarium estaba gestionado por el Senado mientras que el fiscu estaba a disposición del Príncipe. Esta situación se mantuvo hasta el siglo III dc. donde todo converge al Príncipe y el Aerarium se designa Aerarium sacrum y el Fiscus se convierte en Aerarium privatum. No obstante, no podemos confundir el Tesoro Público con el patrimonio privado del Príncipe.
7º Términos empleados en las fuentes romanas para designar lo que hoy denominamos personas jurídicas.
Desde la óptica terminológica, podemos emplear de societas, ordo, collegium, corpus, universitas y sodálitas. Así, los más frecuentes son societas y ordo. Corpus y Universitas hacen alusión a la persona jurídica de la asociación, Collegium era una asociación destinada al culto, que con el tiempo absorberá al término de sodálitas. Esta última era una asociación religiosa que se reunía en banquete.
8º ¿En qué órgano del Estado se materializaba la capacidad jurídica de éste?
En el Aerarium populis.
9º ¿Por qué normas se regían las universitas personarum? ¿y las fundaciones?
Por un lado, las corporaciones (universitas personarum) estaban sometidas a las reglas estatutarias y su personalidad jurídica es reconocida por los poderes públicos.
Por otro lado, las fundaciones estaban sometidas a la autoridad del obispo y por consiguiente, son establecimientos de carácter eclesiástico, no precisando una especial concesión para ser reconocida su personalidad jurídica.
10º ¿De qué derechos goza una persona jurídica respecto a una persona física?
El Derecho Romano reconoció capacidad jurídica no sólo a los seres humanos individuales, sino también a determinadas entidades o colectividades. Tales sujetos del derecho no fueron agrupados, bajo una sola denominación. Serán llamadas “personas