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derecho romano TORQUEMADA SANCHEZ, MARIA JESUS
Tipo: Ejercicios
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I. Que la Iglesia Romana ha sido fundada solamente por el Señor. II. Que sólo el Pontífice Romano sea dicho legítimamente universal. III. Que él sólo puede deponer o reponer obispos. IV. Que su legado está en el concilio por encima de todos los obispos aunque él sea de rango inferior; y que puede dar contra ellos sentencia de deposición. V. Que el Papa puede deponer ausentes. VI. Que con los excomulgados por el Papa no podemos, entre otras cosas, permanece en la misma casa. VII. Que sólo al Papa le es lícito, según necesidad del tiempo, dictar nuevas leyes, formar nuevas comunidades, convertir una fundación en abadía y, recíprocamente, dividir un rico obispado y reunir obispados pobres. VIII. Que él sólo puede llevar las insignias imperiales. IX. Que todos los príncipes deben de besar los pies solamente del Papa. X. Que sólo del Papa se nombre el nombre en las iglesias. XI. Que este nombre es único en el mundo. XII. Que le es lícito deponer a los emperadores. XIII. Que le es lícito trasladar a los obispos de una sede a otra, si le obliga a ello la necesidad. XIV. Que puede ordenar un clérigos de cualquier iglesia en donde quiera. XV. Que un ordenado por él puede presidir otra iglesia, pero no
servirla; y que el ordenado por él no puede recibir grado superior de otro obispo.
XVI. Que ningún sínodo se llame general si no ha sido por orden del Papa. XVII. Que ningún capitular ni ningún libro sea considerado como canónico sin su autorizada permisión. XVIII. Que su sentencia no sea rechazada por nadie y sólo él pueda rechazar la de todos. XIX. Que no sea juzgado por nadie. XX. Que nadie ose condenar al que apela a la sede apostólica. XXI. Que las causas mayores de cualquier iglesia, sean referidas a la sede apostólica.
XXII. Que la Iglesia Romana no ha errado y no errará nunca, según testimonio de las Escrituras. XXIII. Que el Pontífice Romano, una vez ordenado canónicamente, es santificado indudablemente por los méritos del bienaventurado Pedro, según testimonio del santo obispo Enodio de Pavía, apoyado por los muchos santos Padres según se contiene en los decretos del Beato Papa Simaco. XXIV. Que por orden y permiso suyo es lícito a los subordinados formular acusaciones. XXV. Que sin intervención de Sínodo alguno puede deponer y reponer obispos. XXVI. Que nadie sea llamado católico si no concuerda con la Iglesia Romana.
es el responsable de ejercer diversas funciones , como establecer nuevas leyes y formar comunidades dentro de la Iglesia.
IV. Que su legado está en el concilio por encima de todos los obispos aunque él sea de rango inferior; y que puede dar contra ellos sentencia de deposición
Esta propuesta significa que solamente el Papa posee una autoridad superior a la de cualquier otro obispo, por lo que tiene el poder de tomar decisiones sobre ellos e incluyendo la posibilidad de destituirlos si lo considera necesario.
IX. Que todos los príncipes deben de besar los pies solamente del Papa.
En este punto se ve que el Papa tiene un poder muy grande , ya que incluso los príncipes , que son las máximas autoridades y personas influyentes en sus imperios, deben obedecerlo e incluso rendirle el honor y el respeto , como cuando se menciona que deben “ besarle los pies “
II. Que sólo el Pontífice Romano sea dicho legítimamente universal.
En este enunciado se manifiesta que solamente el Papa es considerado legítimo en el mundo entero.
VIII. Que él sólo puede llevar las insignias imperiales.
Esta idea demuestra que ni siquiera los emperadores tienen permitido usar los símbolos de sus imperios, ya que solo el Papa puede hacerlo. Esto muestra el enorme poder que tiene sobre todo el mundo.
El Derecho Común puede entenderse como una forma de regular las relaciones jurídicas entre las personas y también entre las cosas.
Ahora bien , al considerar que cada individuo puede interpretar el Derecho Común de distintas maneras , según sus opiniones o ideologías, el hecho de que el Papa desee que sus sentencias sean aplicadas universalmente podría generar los conflictos. Un ejemplo de ello sería el de una persona laica o un Estado mayoritariamente laico que no quiera acatar dichas sentencias, al no sentirse representado por ellas.