Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Derechos humanos daños, Tesis de Derechos Humanos

Descrpción como se va en contra de derechos humanos

Tipo: Tesis

2020/2021

Subido el 21/02/2021

alexa-martinez-27
alexa-martinez-27 🇨🇴

1 documento

1 / 10

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Las violaciones y derechos correlativos de las personas internamente desplazadas se presentan
en diversas etapas; son acciones y omisiones progresivas, lo importante es cómo poco a poco se
van generando acciones para la restitución de los derechos, hasta que se presente la
integración, reintegración o reasentamiento sostenible a una comunidad o lugar de origen.
Para comprender las violaciones y derechos correlativos, se debe analizar el desplazamiento en tres
momentos:
Así veremos, por tanto, estos tres primeros momentos de violaciones y sus correlativos derechos que
deben reintegrase a las personas o comunidades desplazadas.
Al momento mismo del desplazamiento forzado interno
Cuando las personas deciden salir, huir o ponerse a salvo por alguna de las causas del
desplazamiento, lo primero que les preocupa es salvar su vida e integridad física. En este primer
momento los derechos que ven afectados son:
Derecho a la vida e integridad física.
Libertad de circulación y de residencia.
Propiedad.
Identidad de su comunidad.
Proyecto de vida.
Acceso a la justicia.
Privacidad.
A continuación, se explica cada uno de ellos.
Desplazamiento Forzado Interno
Módulo 2. Causas del desplazamiento, necesidades, violaciones y
derechos correlativos de las personas internamente desplazadas
Violaciones y derechos correlativos de las personas desplazadas
En el momento mismo del desplazamiento.
Durante el desplazamiento y los lugares de acogida.
Después del desplazamiento: la integración,
reasentamiento o retorno sostenible en su lugar
de origen o en otra comunidad.
1
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Derechos humanos daños y más Tesis en PDF de Derechos Humanos solo en Docsity!

Las violaciones y derechos correlativos de las personas internamente desplazadas se presentan en diversas etapas; son acciones y omisiones progresivas, lo importante es cómo poco a poco se van generando acciones para la restitución de los derechos, hasta que se presente la integración, reintegración o reasentamiento sostenible a una comunidad o lugar de origen.

Para comprender las violaciones y derechos correlativos, se debe analizar el desplazamiento en tres momentos:

Así veremos, por tanto, estos tres primeros momentos de violaciones y sus correlativos derechos que deben reintegrase a las personas o comunidades desplazadas.

Al momento mismo del desplazamiento forzado interno

Cuando las personas deciden salir, huir o ponerse a salvo por alguna de las causas del desplazamiento, lo primero que les preocupa es salvar su vida e integridad física. En este primer momento los derechos que ven afectados son:

Derecho a la vida e integridad física. Libertad de circulación y de residencia. Propiedad. Identidad de su comunidad. Proyecto de vida. Acceso a la justicia. Privacidad.

A continuación, se explica cada uno de ellos.

Desplazamiento Forzado Interno

Módulo 2. Causas del desplazamiento, necesidades, violaciones y

derechos correlativos de las personas internamente desplazadas

Violaciones y derechos correlativos de las personas desplazadas

En el momento mismo del desplazamiento.

Durante el desplazamiento y los lugares de acogida.

Después del desplazamiento: la integración, reasentamiento o retorno sostenible en su lugar de origen o en otra comunidad.

Los derechos fundamentales como la vida e integridad física son siempre el primer fundamento de los derechos; si tenemos vida y nuestra familia también, buscamos ante todo mantenernos a salvo. En los casos de desplazamiento forzado, las personas corren riesgo de perder su vida o la de algún miembro de la familia o amigos o amigas. Por desgracia, en casos de violencia, ocurre homicidio o reclutamiento forzado de los hombres o mujeres. Como es lógico, si esto ha pasado, se desplazan con afectaciones psicológicas, miedo e incertidumbre de qué va a pasar.

El derecho a la vida tiene su fundamento en la Constitución y en aquellas declaraciones de derechos humanos donde México es parte como, por ejemplo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 4 que establece: “1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley”.

En nuestra Constitución, el artículo 22, establece que “quedan prohibidas las penas de muerte”, y así sucesivamente se encuentran las disposiciones penales que sancionan el homicidio.

Es importante considerar que cuando estamos ante desplazamiento forzado, hay quienes han sido lesionados, heridos o han perdido a un ser querido. Las lesiones y el homicidio son delitos que en sí requieren atención, pero hay que considerar que pueden ser los primeros indicios de desplazamiento.

Otro derecho humano violado por el desplazamiento es la libertad de circulación y residencia, ya que se obliga a las personas a movilizarse de sus viviendas, de sus comunidades, de sus orígenes y raíces, sin que sea su voluntad, ya que depende de factores externos.

(s. a.) (s. f.). Derecho a la libre circulación [fotografía]. Tomada de https://goo.gl/PNaMxg

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 11 establece que “Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes".

Conforme a nuestro texto constitucional, todas las personas tenemos derecho a transitar por el territorio nacional a voluntad, en ese sentido, no existe razón para huir de nuestros lugares de origen, por causas externas a nuestra voluntad. Bajo esta premisa, en aquellos casos en que este derecho sea vulnerado y, además exista una denuncia de lesiones o de homicidio, de una o varias familias, que huyeron por miedo de su lugar de origen y no tienen a dónde regresar, estaremos en presencia de un desplazamiento forzado interno.

El derecho a la privacidad es violentado por las personas que en casos de violencia se ven despojados de sus propiedades, siendo ese primer hecho una injerencia en el domicilio que se considera un espacio privado, así como el acceso a documentos personales como identificaciones datos bancarios, fotografías y un sin fin de aspectos que se consideran parte de la esfera privada de la persona y de la familia misma, afectando así su privacidad personal y familiar.

Durante el desplazamiento y los lugares de acogida

Una vez que las personas son desplazadas tienen derecho a sentirse protegidas y a satisfacer sus necesidades humanitarias. Por ello, los derechos a garantizar son:

Alojamiento y comida. Servicios médicos y medicamentos. Recuperar documentos de identidad. Educación. Trabajo. Vivienda. Derechos políticos.

Derecho a alojamiento y comida

En primer momento se requiere de alojamiento y alimentos básicos; aquí el papel de los albergues es indispensable, ya sea los que corresponden al DIF o a otros. Incluso hay albergues que acogen a personas desplazadas migrantes que provienen principalmente de Centroamérica, y sin embargo, también han sido apoyo para connacionales desplazados y desplazadas.

(s. a.) (20 07 ). Albergue [fotografía]. Tomada de https://goo.gl/vbqv5h

(s. a.) (2011). Justicia social [fotografía]. Tomada de https://goo.gl/vbqv5h

Asimismo, para el caso de desastres naturales, los albergues improvisados por la sociedad civil, de instituciones, son un ejemplo de la capacidad de respuesta de la sociedad sin importar la nacionalidad, las clases sociales, las edades, las ideologías, así como los centros de acopio que en los casos de los sismos en México se han volcado a nivel personal, familiar, institucional, para apoyar a conocidos o no conocidos que tienen grandes necesidades, y que no es sólo para unos días, sino que pueden prolongarse hasta años.

Así es como se cubre la asistencia humanitaria a las necesidades básicas de alojamiento y alimentación.

Derecho a servicios médicos y medicamentos

En estos momentos, otro de los derechos esenciales son los servicios médicos que requiere una persona, que en ocasiones no trae consigo un documento de identidad o un carnet o una credencial que lo como derechohabiente de tal o cual servicio de salud; por ello, en estos casos las personas del servicio público deben apoyar a la población, a las familias, para garantizar su derecho a los servicios de salud. Aunado a ello, se requiere el seguimiento a personas con alguna enfermedad tratamiento continuo, como es el caso de la diabetes, la hipertensión o alguna enfermedad grave que requiera atenciones mayores, o tratamientos para enfermos de VIH, por ejemplo.

En ocasiones, muchos poblados no se dan abasto para cubrir sus propios requerimientos, y de un momento a otro sus necesidades se incrementan.

Recuperar documentos de identidad

Otro derecho esencial para apoyar a las personas desplazadas es recuperar sus documentos de identidad, credenciales, actas del registro civil, escrituras, documentos bancarios, seguros y otros muchos que se han perdido y que son necesarios para reconstruir y hacer efectivos otros derechos.

(s. a.) (2014). Ayuda comunitaria [fotografía]. Tomada de https://goo.gl/1vjr

Morales, M. (2016). Derechos electorales [fotografía]. Tomada de https://goo.gl/whpDei

Todos estos derechos son importantes y tienen su fundamento en la dignidad y la no discriminación, que son la base de todos los derechos de las personas.

Las comunidades de acogida juegan un papel muy importante para el ejercicio y derecho de las personas desplazadas, pero esas comunidades de acogida, a su vez, requieren atender necesidades extraordinarias, por ello las autoridades deben apoyarlas.

Derechos después del desplazamiento

Cuando las condiciones de seguridad se han restablecido, deben atenderse los siguientes derechos:

Integración, reintegración o reasentamiento en su lugar de origen o en otro donde se encuentre seguro.

Apoyo para la creación de proyectos productivos comunitarios sostenibles y sustentables.

Garantía de no repetición.

Indemnización por daños.

Reparación integral del daño

Derecho al retorno seguro a los lugares de origen , así como el restablecimiento de los derechos de seguridad jurídica y acceso a la justicia.

La creación de proyectos productivos comunitarios sustentables y sostenibles que procuren fuentes de empleo y de producción, y así promover la autonomía y la estabilidad necesaria para recuperar la vida cotidiana.

Garantizar las condiciones para evitar la repetición del desplazamiento por las causas que se hayan generado, ya sean derivadas de la naturaleza o provocadas por conductas humanas.

La integración, reasentamiento y retorno al lugar de origen

Las personas, familias y comunidades desplazadas, una vez que ya están seguras, pueden optar por integrase a la comunidad de acogida o reasentarse en una comunidad cercana de donde vivían, o si es su decisión y se han restablecido las condiciones de seguridad, retornar a su lugar de origen.

La decisión se debe tomar en conjunto considerando las opiniones de las personas, familias o comunidades.

La integración a una comunidad

Las personas, las familias y comunidades tienen derecho a decidir en qué comunidad quieren integrarse para ejercer sus derechos y seguir desarrollando su vida, como lo hacían antes del desplazamiento.

El reasentamiento local en una comunidad

Es la integración a comunidades o lugares ubicados en un lugar próximo a sus lugares de origen, es decir, en otro municipio o una entidad federativa cercana de la cual salieron.

Retorno a la comunidad de origen

En cuanto las personas consideran que las condiciones de seguridad son óptimas, deciden regresar a su comunidad de origen, a sus casas, a sus plazas y lugares públicos, para reconstruir y recuperar sus pertenencias. Esta forma de integración es la ideal para restaurar y reparar el daño a las personas desplazadas, sin embargo deben existir garantías de seguridad suficientes para continuar su vida.

Apoyo para la creación de proyectos productivos comunitarios sostenibles y sustentables

Parte esencial para que las personas se reintegren a su vida cotidiana es impulsar proyectos que generen trabajos y oportunidades para desarrollo que sea además sostenible y sustentable.

En este proceso es importante que las personas retornadas en conjunto con las autoridades propongan los proyectos que incentiven nuevamente el trabajo y la economía de las comunidades.

El derecho a la no repetición

Las personas víctimas del desplazamiento en conjunto con las autoridades deben buscar soluciones duraderas y tener las bases para evitar nuevas incidencias.

Con estas acciones se pretende que las personas gocen de un nivel de vida adecuado, alejado de peligro, de incertidumbre, de violencia, y sean respetados nuevamente sus derechos para ejercer libremente su personalidad, logrando así que poco a poco se reintegren a su vida.

Es decir, se debe implementar un programa de atención, para que de manera inmediata las personas desplazadas tengan acceso a las ayudas inmediatas. Las medidas de atención médica y psicológica, así como las de integración a programas sociales, en particular aquellos relacionados con los derechos a la salud, alojamiento y alimentación, deberán implementarse previo consentimiento informado, en acuerdo con las víctimas, de forma gratuita, inmediata y por el tiempo que sea necesario; incluso la provisión sin costo de medicamentos, considerando sus circunstancias y necesidades particulares, a fin de contrarrestar el sufrimiento derivado del desplazamiento forzado interno.

Satisfacción

Como parte de las medidas para que no continúen las violaciones, las autoridades estatales y municipales con competencia en materia de seguridad pública o de protección civil, deberán elaborar un diagnóstico o dictamen que permita conocer y determine si los lugares son seguros para habitarlos con tranquilidad.

Asimismo, deberá diseñarse e implementarse un programa de vivienda al que puedan acceder las personas desplazadas, en el cual puedan vivir en condiciones de dignidad en tanto pueden retornar a sus hogares. También deberán diseñarse e implementarse programas que garanticen de manera permanente el acceso a medios de subsistencia para las personas desplazadas, atendiendo a sus habilidades y conocimientos adquiridos previamente.

Restitución

En cuanto a la restitución es importante considerar que uno de los daños patrimoniales más comunes es el abandono involuntario de las propiedades y posesiones que las personas dejaron tras huir. Por ello, lo importante es la restitución o reparación cuando sea posible, con la reintegración del patrimonio; cuando esto no es posible, debe buscarse una reparación compensatoria, a través de una indemnización en dinero.

En este sentido, el principio 29 de los Principios rectores sobre desplazamiento interno, en su párrafo segundo determina: “las autoridades competentes tienen la obligación y la responsabilidad de prestar asistencia a los desplazados internos que hayan regresado o se hayan reasentado en otra parte, para la recuperación, en la medida de lo posible, de las propiedades o posesiones que abandonaron o de las que fueron desposeídos cuando se suscitó el desplazamiento. Si esa recuperación es imposible, las autoridades competentes concederán a estas personas una indemnización adecuada otra forma de reparación justa o les prestará asistencia para que la obtengan”.

Aparte de la indemnización de los daños materiales, debe realizarse la valoración de daños morales, y se pueden considerar para su reparación, además de las acciones de rehabilitación, algunos otros mecanismos, como la creación de fideicomisos en favor de las víctimas.