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Solicitud de Devolución de Vehículo, Apuntes de Derecho Penal

Una solicitud formal ante un juez para la devolución de un vehículo confiscado. Detalla la información del solicitante, las características del vehículo y el fundamento legal para la devolución según el código procesal penal. Incluye la petición formal y la citación de leyes aplicables. El documento concluye con la autenticación de la firma del solicitante por un notario.

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 28/10/2025

flor-de-maria-gordillo-n
flor-de-maria-gordillo-n 🇬🇹

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Expediente No. 13007-2023-00243
JUEZ DE PAZ DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ BARILLAS, DEL
DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, RAMO PENAL, CUATRO DE
DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS
MARÍA ISABEL PEDRO JUAN DE RAMÓN, de cuarenta años de edad,
guatemalteca, casada, ama de casa, de este domicilio y vecindad, con
residencia en caserío Nueva Providencia, con Documento Personal de
Identificación con Código Único de Identificación número: un mil
seiscientos ochenta y tres, cuarenta y cinco mil seiscientos treinta y
tres, un mil trescientos veintiséis, extendido por el Registro Nacional de
las Personas de la República de Guatemala.
Actúo bajo la dirección de la profesional del derecho que me auxilia,
Licenciada: Flor de María Gordillo Noriega, señalo como lugar para ser
notificado el bufete de la profesional antes indicada, situado en la
segunda calle, uno guion veintisiete de la zona uno de este municipio.
Ante el Señor Juez comparezco a solicitar devolución de vehículo y muy
atentamente;
EXPONGO:
A las órdenes del tribunal a su cargo se encuentra consignado el
vehículo de mi propiedad, cuyas características son las siguientes:
Vehículo tipo motocicleta, marca Freedom, Línea o estila FXR200L, Serie
LY4YCMLE4N0C16813, Modelo: 2022, Motor 163FMLVC006077, color
negro y rojo con letras multicolor, placas: MO-622KLF.
Ruego a su despacho girar las órdenes a donde corresponda a efecto de
que me sea devuelto el mismo.
FUNDAMENTO DE DERECHO:
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Expediente No. 13007-2023- JUEZ DE PAZ DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ BARILLAS, DEL DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, RAMO PENAL, CUATRO DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS MARÍA ISABEL PEDRO JUAN DE RAMÓN, de cuarenta años de edad, guatemalteca, casada, ama de casa, de este domicilio y vecindad, con residencia en caserío Nueva Providencia, con Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número: un mil seiscientos ochenta y tres, cuarenta y cinco mil seiscientos treinta y tres, un mil trescientos veintiséis, extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Actúo bajo la dirección de la profesional del derecho que me auxilia, Licenciada: Flor de María Gordillo Noriega, señalo como lugar para ser notificado el bufete de la profesional antes indicada, situado en la segunda calle, uno guion veintisiete de la zona uno de este municipio. Ante el Señor Juez comparezco a solicitar devolución de vehículo y muy atentamente; EXPONGO: A las órdenes del tribunal a su cargo se encuentra consignado el vehículo de mi propiedad, cuyas características son las siguientes: Vehículo tipo motocicleta, marca Freedom, Línea o estila FXR200L, Serie LY4YCMLE4N0C16813, Modelo: 2022, Motor 163FMLVC006077, color negro y rojo con letras multicolor, placas: MO-622KLF. Ruego a su despacho girar las órdenes a donde corresponda a efecto de que me sea devuelto el mismo. FUNDAMENTO DE DERECHO:

Establece el artículo 202 del Código Procesal Penal, lo siguiente: “Devolución. Las cosas y documentos secuestrados que no estén sometidos a comiso, restitución o embargo serán devueltos, tan pronto como sea necesario, al tenedor legítimo o a la persona de cuyo poder se obtuvieron. La devolución podrá ordenarse provisionalmente, como depósito e imponerse al poseedor la obligación de exhibirlos. Si existiera duda acerca de la tenencia, posesión o dominio sobre una cosa o documento, para entregarlo en depósito o devolverlo se instruirá un incidente separado, aplicándose las reglas respectivas de la Ley del Organismo Judicial. Los vehículos deberán ser devueltos a su propietario inmediatamente después de que se hayan practicado las diligencias pertinentes a ellos. En todo caso, la devolución deberá efectuarse dentro de un plazo que no exceda de cinco días, salvo casos de fuerza mayor, siendo responsable el juez, de cualquier daño o perjuicio sufrido por la demora injustificada.” P E T I C I O N: 1º. Se admita para su trámite la presente solicitud y se agregue a sus antecedentes. 2º. Se reconozca la dirección profesional de la Abogada que me auxilia y del lugar que he señalado para recibir notificaciones, siendo el bufete profesional de la Abogada Colegiada, situado en la segunda calle uno guion veintisiete de la zona uno de este municipio. 3º. Se tenga por acreditado, por los documentos que se adjuntan, que soy la legítima propietaria del vehículo solicitado.

Código Único de Identificación número: un mil seiscientos ochenta y tres, cuarenta y cinco mil seiscientos nueve, un mil trescientos veintiséis, extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, quien firma a ruego de la señora: MARÍA ISABEL PEDRO JUAN DE RAMÓN, quien por no saber firmar deja impresa la huella digital del dedo pulgar de la mano derecha; quienes juntamente con la Notaria nuevamente, coloca la huella digital del dedo pulgar de la mano derecha la primera y firma el segundo, al final de la presente Acta de Legalización de firma. f) _________________________________ f) _________________________________ MARÍA ISABEL PEDRO JUAN DE RAMÓN. GASPAR RAMÓN BACILIO ANTE MI: