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DEVOLUCIÓN FORO DEBATE 10, Apuntes de Sociología

hola subo la DEVOLUCIÓN FORO DEBATE 10

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 31/10/2021

micaela-amarillo-1
micaela-amarillo-1 🇦🇷

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DEVOLUCIÓN FORO DEBATE 10
Estimados estudiantes, a continuación les dejamos la devolución del foro debate
9 a cargo de las docentes Patricia Feliu y Cecilia Galdabini.
Tanto en el video como en lo expresado por Minujín y Anguita podemos ver
diferentes modos de precarización laboral, desde tercerizados hasta contratos
muchas veces en contra de las leyes laborales. ¿Qué conlleva esta flexibilización
laboral? Pérdida de derechos, diferentes salarios para las mismas tareas,
ingresos por debajo del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), jornadas
extendidas, contratos a término, no licencias, ni vacaciones, ni aguinaldo, malas
condiciones laborales de salud e higiene, que están arraigadas en el tiempo (uno
de los entrevistados Trabajador telefónico- cuenta que hace 20 años es
tercerizado). La condición de precariedad es para las/os trabajadoras/es pero
para las empresas privadas y el empleo público constituye no solo la reducción
de gastos y aumento de sus ganancias/acumulación sino también un
mecanismo disciplinador para las/os trabajadoras/es porque estar
desprotegidas/os produce miedo a la perdida de trabajo, a lo que se suma la
ruptura del colectivo de los trabajadores ya que al tener diferentes modalidades
de trabajo, diferentes contratos (individuales), monotributistas, empleados,
distintos sindicatos y muchas veces sin representación sindical, no pueden
realizar un reclamo colectivo en favor de sus derechos (queda claro en lo
expuesto por el Secretario General de la Unión de Empleados y Técnicos de las
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DEVOLUCIÓN FORO DEBATE 1 0

Estimados estudiantes, a continuación les dejamos la devolución del foro debate 9 a cargo de las docentes Patricia Feliu y Cecilia Galdabini. Tanto en el video como en lo expresado por Minujín y Anguita podemos ver diferentes modos de precarización laboral, desde tercerizados hasta contratos muchas veces en contra de las leyes laborales. ¿Qué conlleva esta flexibilización laboral? Pérdida de derechos, diferentes salarios para las mismas tareas, ingresos por debajo del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), jornadas extendidas, contratos a término, no licencias, ni vacaciones, ni aguinaldo, malas condiciones laborales de salud e higiene, que están arraigadas en el tiempo (uno de los entrevistados – Trabajador telefónico- cuenta que hace 20 años es tercerizado). La condición de precariedad es para las/os trabajadoras/es pero para las empresas privadas y el empleo público constituye no solo la reducción de gastos y aumento de sus ganancias/acumulación sino también un mecanismo disciplinador para las/os trabajadoras/es porque estar desprotegidas/os produce miedo a la perdida de trabajo, a lo que se suma la ruptura del colectivo de los trabajadores ya que al tener diferentes modalidades de trabajo, diferentes contratos (individuales), monotributistas, empleados, distintos sindicatos y muchas veces sin representación sindical, no pueden realizar un reclamo colectivo en favor de sus derechos (queda claro en lo expuesto por el Secretario General de la Unión de Empleados y Técnicos de las

Telecomunicaciones y por el Coordinador del Observatorios del Derecho Social de la CTA). Esta precarización laboral y la desocupación, que si bien no está en el video, está planteada en la bibliografía, conllevan al proceso de movilidad social descendente, es decir aquella clase media que estaba entre las clases baja y alta comienza a caer, a descender configurando lo que los autores denominan nuevos pobres. O un freno al ascenso como muestra un trabajador precario que después de 20 años no ha logrado ni siquiera tener un terreno para su vivienda. Minujin y Anguita destacan que la clase media es heterogénea por su conformación y que estos nuevos pobres al ser desplazados de esa clase media también serán heterogéneos) El Delegado General Adjunto de la Junta Interna de ATE en el Ministerio de Trabajo utiliza el concepto de fraude laboral para referirse a un vínculo contractual que encubre una relación laboral, que asume diferentes modalidades sobre todo entre los empleados públicos: nacionales, provinciales y municipales. Este contrato es a término y cuando se extingue, termina el contrato, pero en realidad es un/a trabajador/a que se queda sin trabajo y sin ninguna protección. La cita de Bourdieu hace referencia a la ruptura del colectivo de los trabajadores, que tiempo atrás fue vital para la lucha y el logro de los derechos laborales, sin embargo esta atomización de las tareas, individualización y tercerización perjudican y hacen desaparecer los lazos de solidaridad que permitirían encauzar la participación de los trabajadores en pos de beneficios laborales.