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Asignatura: Acción comunicativa, Profesor: 0 0, Carrera: Psicologia, Universidad: UB
Tipo: Apuntes
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Elna Bonet Rigola - 16338206 Emma Ripollés Lamote de Grignon - 16446474 Ana Ruiz Robles - 16473505 Cristina Serrano Vergara - 16478372 Carlota Soler Burch – 16499781
Una psicóloga privada que había sido denunciada ante la Comisión Deontológica (CD) recibe la siguiente carta de exculpación por parte de la comisión: “Usted afirma que dicho informe constituye un informe preliminar solicitado por la madre en base a las informaciones aportadas por la misma, especificándose en el párrafo final que para llegar a una conclusión definitiva se debe explorar a la niña. En todo momento se especifica que los datos los aporta la madre y que no son asumidos por la psicóloga sino simplemente trasladados citando la fuente de información. Así como que se realiza una recomendación que no constituyen en nuestra opinión ningún menoscabo de los derechos del Sr. xxxx (padre de la menor que presentó le denuncia).
No obstante le queremos llamar la atención sobre el hecho de la prudencia necesaria en la determinación de riesgo de abuso y/o maltrato sin haber visto a la víctima, ya que como usted debe conocer, la acusaciones de maltrato y/o abuso en contexto de separación son frecuentes y ello hace que haya que extremar las medidas de control de nuestras opiniones.”
a) Construye/inventa los hipotéticos hechos que dieron lugar a la denuncia. Con la información aportada para el trabajo, se podría suponer que debido al divorcio del matrimonio y la mala relación entre ellos, se ha iniciado una guerra entre los padres de la niña que han entrado en un tira y afloja con respecto a la custodia de esta.
Al padre le llega una petición para evaluar a su hija porque la madre le ha acusado de posible abuso/maltrato, por eso repentinamente el padre se encuentra supuestamente acusado por la madre en el informe preliminar de la psicóloga. Es así como el padre desesperado por la supuesta acusación que se deja entrever en ese informe y que lo “acusa” de algo muy grave, decide poner una denuncia a la persona que ha elaborado este informe, la psicóloga. Aunque no se afirme en el informe y la psicóloga no lo asuma sin la exploración pertinente, se puede leer la acusación por parte de la madre. Por lo que el padre no entiende como una profesional puede prestarse a elaborar
Según el Artículo 33 del Código Deontológico (Colegio Oficial de Psicólogos de Cataluña) : “ En toda evaluación, los psicólogos deben abstenerse de hacer valoraciones sobre personas no exploradas directamente ”. El segundo párrafo hace referencia a la necesidad de conocer y/o haber explorado a la persona de la cual se hace referencia en dicho informe. Esta misma característica se especifica que no ha sido cumplimentada, por lo que sería un grave error.
e) ¿A qué hipotético error deontológico hace referencia la última frase del primer párrafo? Fundamentalmente el padre denuncia como el papel que ejerce la psicóloga, con relación al informe podría estar influyendo en la relevancia de la acusación. Es decir, dicha acusación lo devalúa como persona puesto que está siendo supuestamente acusado de maltrato y/o abuso y esto podría tener consecuencias que atentan contra su persona y que además puede interferir en su relación con la hija y posiblemente con la custodia de ésta. Esto se puede ver reflejado en el Artículo 6 del Código Deontológico (Colegio Oficial de Psicólogos de Cataluña) que especifica que: “ El psicólogo debe ser sumamente cauteloso, prudente y crítico en su intervención profesional respecto a nociones y términos que fácilmente pueden degenerar en etiquetas devaluadoras y discriminatorias ”.