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DIVORCIO CONTENCIOSO, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho

MINUTA PARA DIVORCIO CONTENCIOSO ANTE JUZGADO DE FAMILIA

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2016/2017

Subido el 07/03/2022

andrea-bernal-18
andrea-bernal-18 🇨🇴

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DEMANDA DE DIVORCIO CONTENCIOSO DE
MATRIMONIO CATÓLICO
(Actualizada Septiembre de 2015)
Señor
JUEZ DE FAMILIA DE ____________ (Oficina de Reparto)
E. S. D.
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REF: Demanda de Divorcio de Matrimonio Católico de _________ contra
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pie de mi firma, obrando conforme al poder conferido por la señora
________________, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de ___________,
identificada con C.C. Nº ________________ expedida en ___________, instauro
DEMANDA DE DIVORCIO Y CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE
MATRIMONIO CATÓLICO en contra del señor _______________, mayor de
edad, domiciliado en33esta ciudad, identificado con C.C. Nº ___________
Popayán, con fundamento en los siguientes
HECHOS
PRIMERO.3____________ y___________ contrajeron matrimonio católico el día
__________ en ___________, inscrito ante la Notaría __________ del Círculo de
_______.
SEGUNDO.(Durante la vida matrimonial procrearon a __________ y ________
quienes actualmente son mayores de edad, tal como se demuestra con las
respectivas fotocopias de los registros civiles de nacimiento.
TERCERO.(Por el hecho del matrimonio surgió entre los esposos __________ y
________ la respectiva sociedad conyugal que se encuentra vigente.
CUARTO.3El señor __________ ha incurrido en las causales de divorcio
señaladas en los numerales 1, 2 y 8 del artículo 6 de la Ley 25 de 1992 según se
deduce de:
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DEMANDA DE DIVORCIO CONTENCIOSO DE

MATRIMONIO CATÓLICO

(Actualizada Septiembre de 2015) Señor JUEZ DE FAMILIA DE ____________ (Oficina de Reparto) E. S. D. REF: Demanda de Divorcio de Matrimonio Católico de _________ contra __________. ___________________, abogado en ejercicio, identificado como aparece al final al pie de mi firma, obrando conforme al poder conferido por la señora ________________, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de ___________, identificada con C.C. Nº ________________ expedida en ___________, instauro DEMANDA DE DIVORCIO Y CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES DE MATRIMONIO CATÓLICO en contra del señor _______________, mayor de edad, domiciliado en esta ciudad, identificado con C.C. Nº ___________ Popayán, con fundamento en los siguientes HECHOS PRIMERO. ____________ y___________ contrajeron matrimonio católico el día __________ en ___________, inscrito ante la Notaría __________ del Círculo de _______. SEGUNDO. Durante la vida matrimonial procrearon a __________ y ________ quienes actualmente son mayores de edad, tal como se demuestra con las respectivas fotocopias de los registros civiles de nacimiento. TERCERO. Por el hecho del matrimonio surgió entre los esposos __________ y ________ la respectiva sociedad conyugal que se encuentra vigente. CUARTO. El señor __________ ha incurrido en las causales de divorcio señaladas en los numerales 1, 2 y 8 del artículo 6 de la Ley 25 de 1992 según se deduce de:

Causal Primera: Desde hace aproximadamente __________ años convive en unión marital con ________ y actualmente residen en ________. Causal Segunda: Desde el año _________, año a partir del cual se encuentran separados de hecho los cónyuges _________ el aquí demandado no brinda a su esposa apoyo moral o económico de ninguna clase. Causal Octava: Como se señaló en el hecho anterior han transcurrido más de _______ años de encontrarse separados de hecho quienes son partes en este proceso, lo que configura la causal invocada, sin que durante ese tiempo haya sido posible la reanudación de la vida en común entre mi poderdante y el demandado. QUINTO. La señora ________ carece de recursos económicos para su congrua subsistência. PRETENCIONES PRIMERA. Decretar el Divorcio para que cesen los efectos civiles del Matrimonio católico contraído por ___________ y __________ por haber incurrido éste en las causales contempladas en los numerales 1, 2 y 8 del artículo 6 de la Ley 25 de

SEGUNDA. Declarar disuelta la sociedad conformada el demandado y mí apoderada y ordenar su liquidación por los medios de ley. TERCERA. Fijar como cuota alimentaria a favor de la señora _________ y a cargo de _________. Por ser cónyuge culpable del Divorcio una suma mensual equivalente a ______________. CUARTA. Disponer que una vez decretado el divorcio cada uno de los ex- cónyuges tendrán residencia y domicilios separados a su elección. QUINTA. Ordenar la inscripción de la sentencia en los folios respectivos del registro civil, oficiando para ello a los funcionarios competentes. SEXTA. Condenar en costas y agencias en derecho al demandado. PRUEBAS

411 (Derogado por el artículo 44 de la Ley 1395 de 2010) , 1781, 1820 (Modificado por el artículo 25 de la Ley 1a. de 1976) del Código Civil y siguientes, artículos 427 (Modificado por el artículo 1, numeral 231 del Decreto 2282 de 1989) y siguientes del Código de Procedimiento Civil, Decreto 2272 de 1989, Ley 25 de 1992 (Reglamentada por el Decreto Nacional 782 de 1995). ANEXOS Los enunciados como pruebas documentales aportadas en el acápite respectivo, copia de la demanda y sus anexos para el traslado al demandado y poder debidamente conferido. NOTIFICACIONES El demandado puede notificarse en ______________. La demandante puede notificarse en _____________. Los testigos pueden ser citados en _______________. Las personales las recibiré en la secretaría de su Despacho o en __________________. Del señor Juez, Atentamente,


C.C. Nº ____________ expedida en _______________. T.P. Nº _______________ del C. S. de la Judicatura.

Separación de cuerpos: una opción

para mantener el vínculo

La separación de cuerpos es una figura jurídica a la cual acuden los esposos para dar solución judicial a los conflictos del hogar. Anteriormente, como la gran mayoría de colombianos se casaban por la Iglesia Católica y el concordato celebrado entre Colombia y la Santa Sede no autorizaba el divorcio para esta clase de matrimonios, los esposos no tenían otro camino judicial que demandar la separación de cuerpos, aunque el vínculo matrimonial continuará vigente. Esta situación cambió con la promulgación de la Constitución de 1991, que indica que los efectos civiles de todo matrimonio cesan por divorcio. Así, hoy en día es pertinente tramitar la separación de cuerpos en aquellos eventos en los que exista la posibilidad de restablecer la comunidad de vida entre los cónyuges o convenga mantener vigente el vínculo matrimonial. ¿Si el vínculo matrimonial se mantiene, qué permite la ley con la figura de la separación de cuerpos? La separación de cuerpos permite que los cónyuges no convivan bajo el mismo techo. Suspende la vida común de los casados, pero no disuelve el matrimonio. Los demás deberes conyugales se mantienen vigentes. ¿Cuál es la diferencia entre hacer el trámite judicial de separación de cuerpos y sólo aplicarla de hecho? Si la separación se hace sin que medie una autorización judicial o un mutuo acuerdo de los cónyuges, aquel que abandone el hogar queda incurso en la causal de divorcio denominada grave e injustificado incumplimiento de los deberes de cónyuge. ¿Cuándo hay lugar a la separación de cuerpos? La separación de cuerpos puede darse por mutuo consentimiento de los esposos, el cual deberá ser manifestado ante un juez de familia o notario público, o invocando ante la autoridad judicial cualquiera de las causales contempladas en el artículo 154 del Código Civil, que son las mismas que se exigen para demandar el divorcio. ¿Cómo se tramita la separación de cuerpos por mutuo acuerdo? Los cónyuges pueden dar su consentimiento para tramitar la separación de cuerpos señalando el estado en el que quedará la sociedad conyugal conformada por el hecho del matrimonio e indicando si la separación es indefinida o temporal.

familiares. En efecto, el señor _.... desatiende habitualmente sus deberes económicos hasta el punto de que corresponde a su esposa hacerse cargo de todas las erogaciones, incluso la de cancelación de la cuota de amortización de la vivienda. Cuarto: Mi mandarte es persona de vida social y privada absolutamente correcta y no ha dado, por tanto, lugar al divorcio. Quinto: En la sociedad conyugal existen bienes que no se han repartido y cuyo inventario presentaré oportunamente. Sexto: La señora _.. no está actualmente en embarazo. PETICIONES Con base en los hechos narrados, comedidamente le ruego que por los trámites de un proceso verbal de mayor o menor cuantía, que deberá surtirse con citación y audiencia del señor , y con intervención del Defensor de Familia, se sirva hacer las siguientes o similares declaraciones: Primera: Que se decrete el divorcio de los esposos _.... y _....., ambos mayores de edad, domiciliados y residentes en _...., cuyo matrimonio se celebró en el Juzgado _... Civil Municipal de _..... (o en la Notaría _.....) el día .... de .... de _.... En consecuencia, queda suspendida la vida común de los cónyuges. Segunda: Una vez ejecutoriada esta sentencia, el menor _..... quedará en poder de la madre, señora ...... Tercera: Que son de cargo de los consortes divorciados los gastos necesarios para la alimentación y educación del menor citado, de consuno y en proporción a los ingresos de cada uno. Cuarta: Que se proceda a la liquidación definitiva de la sociedad conyugal existente entre demandante y demandado. Quinta: Que el señor _...., por haber dado lugar al divorcio, deberá contribuir a la congrua subsistencia de su esposa divorciada, en cuantía y forma adecuadas a sus circunstancias pecuniarias. Sexta: Que se inscriba esta sentencia en el libro de registro correspondiente.

Séptima: Que se condene en costas al señor _............. MEDIDAS PROVISIONALES Y CAUTELARES En el auto mediante el cual se admita esta demanda, solicito, Señor Juez, adoptar las siguientes medidas:

  1. Separar de habitación a los cónyuges y autorizar a mi mandarte para residir donde las circunstancias se lo permitan.
  2. Dejar al menor _.... al cuidado de su madre.
  3. Calcular la cantidad con que el señor _... debe suministrar para la subsistencia de su esposa e hijo.
  4. Decretar el embargo y secuestro de los siguientes bienes, objeto de gananciales, los cuales se encuentrareen cabeza del demandado: a- Muebles: _.......... b- lo muebles: _........ c- Otros: _......... PRUEBAS Solicito tener como pruebas las siguientes: Documentales: Registro de matrimonio de las partes, registro de nacimiento del menor _..... y copia auténtica de las escrituras con sus certificados de libertad que acreditan la propiedad de los bienes objeto de las medidas cautelares. Testimoniales: Solicito recibir declaraciones a las siguientes personas, para que declaren sobre los hechos de la demanda _.... (indicar seis nombres y direcciones). Interrogatorio de parte: Le pido fijar fecha y hora para la realización de la diligencia en que interrogaré personalmente al demandado.

Señor JUEZ DE FAMILIA DE........ .(REPARTO) Ref: Separación de cuerpos de........ .contra.........

........ ., mayor de edad, vecino de esta ciudad, abogado titulado con tarjeta profesional Nº......... expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, obrando de conformidad al poder conferido por......... mayor y vecino de este lugar, identificado con la cédula de ciudadanía Nº........ expedida en....... ., ante usted presento la siguiente demanda poniendo en su conocimiento los siguientes

HECHOS

  1. El señor........ .y la señora......... contrajeron matrimonio por los ritos de la iglesia católica, en la ciudad de........ ., el día........ de........ de........

  2. De la unión matrimonial nacieron los siguientes hijos (determinarlos con su fecha de nacimiento)........ .y.........

  3. Los esposos no acordaron capitulaciones matrimoniales.

  4. El demandado, esposo(a) de mi poderdante, ha incurrido en causal 8ª del artículo 154 del Código Civil, de separación de cuerpos por más de dos (2) años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Código Civil, modificado por la ley 1º de 1976, debido a que.........

  5. Es de manifestarle que entre los cónyuges no hubo acuerdo para lograr la separación. En concordancia con lo anterior formulo ante usted la siguiente

DEMANDA

  1. Que mediante sentencia ejecutoriada se declare la separación definitiva de cuerpos de los esposos........ .y.........
  2. Que se liquide y disuelva la sociedad conyugal y se separen definitivamente los patrimonios de los cónyuges.
  3. Que los hijos........ .y......... menores de edad, queden bajo la custodia y el cuidado de mi poderdante, conservando el demandado el derecho de visitarlos en la forma que de mutuo acuerdo resuelvan las partes o la autoridad competente.
  1. Interrogatorio de parte: Sírvase recibir declaración de parte al demandado, conforme al interrogatorio que en sobre cerrado acompaño a esta demanda.

ANEXOS

Adjunto a la presente demanda una copia para el archivo del Juzgado y otra para el traslado al demandado con sus correspondientes anexos.

NOTIFICACIONES

Las de mi poderdante las recibirá en......... Las del demandante las recibirá en......... Las mías las recibiré en la secretaría de su despacho o en la oficina ubicada en......... Atentamente,......... T.P..........

Causales y trámite del divorcio – Cómo divorciarse

El divorcio es la figura mediante la cual se disuelve el vínculo jurídico del matrimonio civil o cesan los efectos civiles del matrimonio religioso, y se disuelve la sociedad conyugal.

Causales de divorcio.

El artículo 154 del código civil señala las causales por las que se puede demandar el divorcio, y son esas las que puede alegar quien pretende el divorcio mediante sentencia judicial. Las causales del divorcio son las siguientes: ojo ver LEY 25 DE 1992

  1. Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges.
  2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges de los deberes que la ley les impone como tales y como padres.
  3. Los ultrajes, el trato cruel y los maltratamientos de obra.
  4. La embriaguez habitual de uno de los cónyuges.
  5. El uso habitual de sustancias alucinógenas o estupefacientes, salvo prescripción médica.
  6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro cónyuge e imposibilite la comunidad matrimonial.
  7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a corromper o pervertir al otro, a un descendiente, o a personas que estén a su cuidado y convivan bajo el mismo techo.
  8. La separación de cuerpos, judicial o de hecho, que haya perdurado por más de dos años.
  9. El consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por éste mediante sentencia.

Cónyuge legitimado para demandar el divorcio.

El cónyuge legitimado para solicitar o demandar el divorcio depende del tipo de causal que se alega, pues estas se clasifican en dos grupos: causales objetivas y causales subjetivas.

invocadas solamente por el cónyuge inocente dentro del término de caducidad previsto por el artículo 156 del Código Civil (…), con el fin de obtener el divorcio a modo de censura; por estas razones el divorcio al que dan lugar estas causales se denomina “divorcio sanción”. La ocurrencia de estas causales debe ser demostrada ante la jurisdicción y el cónyuge en contra de quien se invocan puede ejercer su derecho de defensa y demostrar que los hechos alegados no ocurrieron o que no fue el gestor de la conducta.» A este grupo pertenecen las causales 1, 2, 3, 4, 5 y 7 antes señaladas.

Divorcio por separación de cuerpos mayor a dos años.

El divorcio por separación de cuerpos por más de dos años es una de las causales para demandar el divorcio donde lo único que se requiere probar es que los cónyuges han estado separados por más de dos años, tiempo en el cual no ha existido ningún vínculo y los cónyuges no han cumplido con sus deberes y obligaciones. La separación no es solo de cuerpo sino que debe haber un abandono de las obligaciones y deberes, lo que implica que una pareja que debe separarse por motivos de trabajo durante más de dos años pero siguen actuando como pareja en la medida en que cada uno cumple con su obligación como apoyo económico, cuidado de los hijos, etc., no incurre en esta causa. Esta causal aplica cuando uno de los cónyuges abandona al otro y hace vida aparte dejando de cumplir con las obligaciones que le impone el matrimonio.

Divorcio por separación de cuerpos y la sanción para el cónyuge
culpable.

La separación de cuerpos es una causal que puede ser utilizada de forma premeditada por uno de los cónyuges, la cual se configura por el solo paso del tiempo.

Con esta causal el cónyuge culpable, que no puede invocar su propia culpa para conseguir el divorcio, entonces decide esperar que pasen los dos años para luego exigir judicialmente el divorcio y de esa manera superar la limitación que el impone su propia culpa para demandar el divorcio. Esto es relevante porque el cónyuge culpable de un divorcio puede ser condenado a pagar alimentos al cónyuge inocente, por lo que el cónyuge culpable, para evitar esa condena espera que pasen los dos años para invocar la separación de cuerpos como causal de divorcio, causal que por sí sola no permite condenar al cónyuge culpable en favor del inocente, pero esta maniobra puede ser contrarrestada en los términos que lo expone la Corte constitucional en sentencia C-1495 de 2000: «Empero, el hecho de que uno de los cónyuges, en ejercicio de su derecho a la intimidad, invoque una causal objetiva para acceder al divorcio, no lo faculta para disponer de los efectos patrimoniales de la disolución, de tal manera que, cuando el demandado lo solicita, el juez debe evaluar la responsabilidad de las partes en el resquebrajamiento de la vida en común, con miras a establecer las consecuencias patrimoniales. Lo anterior por cuanto es el inocente quien puede revocar las donaciones que por causa del matrimonio hubiere hecho al cónyuge culpable - artículo 162 C.C.-; y a favor de aquel y a cargo de quien dio lugar al rompimiento subsiste la obligación alimentaria, de tal manera que no pronunciarse respecto de la demanda de reconvención que inculpa al demandante, como omitir decidir respecto de su defensa, cuando este pronunciamiento se demanda para establecer las consecuencias patrimoniales de la disolución del vínculo, no solo resulta contrario al artículo 29 de la Constitución Política sino a los artículos 95 y 229 del mismo ordenamiento por cuanto, el primero obliga a todas las personas a

matrimonio, a efectos de imponer las consecuencias de orden patrimonial a cargo de quien provocó el rompimiento de la unidad familiar.» Es claro cuando se pide el divorcio por separación de cuerpos por más de dos años, el juez tiene el deber de determinar la culpabilidad del cónyuge que de resultar probada, puede ser condenado al pago de la cuota alimentaria en favor del cónyuge abandonado o que no tuvo culpa en la separación por la que se solicita el divorcio.

Separación de cuerpos como alternativa al divorcio por mutuo
acuerdo.

Cuando el divorcio por mutuo acuerdo no es posible, sólo queda tramitarlo por la vía judicial, pero ya vimos que tratándose de causales subjetivas, este solo puede solicitarlo el cónyuge inocente lo que implica que debe haber un cónyuge culpable, de manera que el cónyuge culpable no podrá conseguir el divorcio de ninguna manera, excepto si se configura la causal de la separación cuerpos. Entonces, cuando el cónyuge que debe dar el divorcio se niega a darlo por la razón que sea, el que quiere el divorcio, sea culpable o no, tiene como alternativa la separación de cuerpo por más de dos años, es decir, debe abandonar el hogar por ese tiempo y así quedar habilitado para solicitar el divorcio. Pero esta alternativa o estrategia, como ya lo señalamos, no necesariamente exime al cónyuge culpable de su obligación de indemnizar al cónyuge inocente, reclamación que debe hacer el cónyuge inocente que ha sido demandado para buscar el divorcio.

Incumplimiento de los deberes y obligaciones del cónyuge

como causal de divorcio.

Una de las causales del divorcio más comunes es el incumpliendo de los deberes y obligaciones como cónyuge o como padre.

Quien incumple sus deberes como cónyuge o como padre o madre respecto a los hijos comunes, está incurriendo en una causal de divorcio que puede ser alegada por el otro cónyuge. Respecto a las obligaciones de los cónyuges dice el artículo 176 del código civil: «Los cónyuges están obligados a guardarse fe, a socorrerse y ayudarse mutuamente, en todas las circunstancias de la vida.» Son dos mandamientos legales que resumen casi todos los deberes naturales que se tienen los cónyuges mutuamente entre sí. Respecto a las obligaciones como padre, estas comprenden el suministro de cuidado y custodia, alimentación, salud, recreación, educación, cariño, respecto y demás que señala la ley 1098 de 2006 como derechos de los niños, en la medida en que deban ser garantizados por los padres.

Enfermedad grave como causa del divorcio.

La enfermedad grave es una causal objetiva para solicitar el divorcio, lo que legitima al cónyuge sano a invocar esa causal. Esta causa es en extremo subjetiva, porque requiere que la enfermedad sea de tal gravedad que ponga en riesgo la salud física y mental del cónyuge que la invoca, y es una causal que riñe directamente con el deber de los cónyuges de procurar ayuda y socorro al otro en todas las circunstancias de la vida, pero esa obligación fenece cuando cumplirla compromete la vida y la integridad de quien debe cumplirla. En consecuencia, el cónyuge que demanda el divorcio invocando esta causal debe probar no sólo la extrema gravedad e incurabilidad de la enfermedad, sino que debe demostrar científicamente que su salud se ve afectada por la exposición a las condiciones de su cónyuge enfermo. Esta causal fue declarada condicionalmente exequible por la Corte constitucional en sentencia C-246 de 2002.