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Esquema divorcio contencioso, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Civil

Asignatura: DERECHO CIVIL III, Profesor: Pacual Martinez Espin, Carrera: Derecho, Universidad: UCLM

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2016/2017

Subido el 08/12/2017

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DIVORCIO CONTENCIOSO
Concepto Procedimiento para la tramitación de divorcio solicitado por uno sólo de los cónyuges sin el consentimiento
del otro.
Puede iniciarse con posterioridad a un procedimiento de Solicitud de medidas previas.
Normativa Ley de Enjuiciamiento Civil: Arts. 437-447; 466-469; 748-755; 769; 770; y 772-774.
Código Civil: Arts. 73-76; 81-84; 86 y 107.
LO 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género: Arts. 44.2 y 57.
Información
complementaria
*Competencia:
-Será tribunal competente para conocer el procedimiento el Juzgado de Primera Instancia del lugar del
domicilio conyugal.
-Los que no tuvieren domicilio ni residencia fijos podrán ser demandados en el lugar en que se hallen o en el
de su última residencia, a elección del demandante.
-Si tampoco pudiere determinarse así la competencia, corresponderá ésta al tribunal del domicilio del actor.
-Tendrá competencia objetiva exclusiva el Juzgado de Violencia sobre la Mujer si una de las partes es víctima y
otra imputado por actos de violencia de género habiéndose dictado orden de protección o iniciado
actuaciones ante el J.V.S.M.
*Intervención del Ministerio Fiscal:
-Será preceptiva siempre que alguno de los interesados en el procedimiento sea m e nor, incapacitado o esté en
situación de ausencia legal.
*Transformación a divorcio de mutuo acuerdo:
-En cualquier momento del procedimiento, si concurren los requisitos del art. 777 LEC, las partes podrán
solicitar que se continúe el procedimiento por los trámites establecidos para el mutuo acuerdo.
*Mediación:
-Las partes, de mutuo acuerdo, podrán solicitar la suspensión del procedimiento para someterse a mediación,
excepto en los casos de violencia de género.
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¡Descarga Esquema divorcio contencioso y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

DIVORCIO CONTENCIOSO

Concepto Procedimiento para la tramitación de divorcio^ solicitado por uno sólo de los cónyuges sin el consentimiento

del otro.

Puede iniciarse con posterioridad a un procedimiento de Solicitud de medidas previas.

Normativa Ley de Enjuiciamiento Civil: Arts. 437-447; 466-469; 748-755; 769; 770; y 772-774.

Código Civil: Arts. 73-76; 81-84; 86 y 107.

LO 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género: Arts. 44.2 y 57.

Información

complementaria

*Competencia:

-Será tribunal competente para conocer el procedimiento el Juzgado de Primera Instancia del lugar del

domicilio conyugal.

-Los que no tuvieren domicilio ni residencia fijos podrán ser demandados en el lugar en que se hallen o en el

de su última residencia, a elección del demandante.

-Si tampoco pudiere determinarse así la competencia, corresponderá ésta al tribunal del domicilio del actor.

-Tendrá competencia objetiva exclusiva el Juzgado de Violencia sobre la Mujer si una de las partes es víctima y

otra imputado por actos de violencia de género habiéndose dictado orden de protección o iniciado

actuaciones ante el J.V.S.M.

*Intervención del Ministerio Fiscal:

-Será preceptiva siempre que alguno de los interesados en el procedimiento sea menor, incapacitado o esté en

situación de ausencia legal.

*Transformación a divorcio de mutuo acuerdo:

-En cualquier momento del procedimiento, si concurren los requisitos del art. 777 LEC, las partes podrán

solicitar que se continúe el procedimiento por los trámites establecidos para el mutuo acuerdo.

*Mediación:

-Las partes, de mutuo acuerdo, podrán solicitar la suspensión del procedimiento para someterse a mediación,

excepto en los casos de violencia de género.

Fase Inicio

Interposición

Demanda

Admisión y traslado a la otra parte.

Inadmisión (Recurrible en apelación)

El art. 81 CC establece que deben haber transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio. Sin embargo, no será preciso el transcurso de este plazo cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos. Puede iniciarse con posterioridad a un procedimiento de medidas previas.  Si de forma conjunta a la demanda se solicitan medidas, se incoará el procedimiento de Medidas Provisionales Coetáneas

Decreto admisión

/Auto de admisión-

inadmisión.

P J

El art. 770.1 LEC dispone que junto a la demanda deberá entregarse: -Certificación de la inscripción del matrimonio -En su caso, la inscripción del nacimiento de los hijos en el Registro Civil -Documentos en los que funde su derecho -En caso de solicitar medidas de carácter patrimonial: declaraciones tributarias, nóminas, declaraciones bancarias, títulos de propiedad o certificaciones registrales.

FIN

Fase

Tramitación

Fase Resolución

días^10 Sentencia días^20

J

En el plazo de diez días desde la vista (art. 447.1 LEC) el Juez dictará sentencia. En la misma establecerá: -Disolución del matrimonio -Cónyuge/s a cuyo cuidado quedan los hijos, y en su caso, régimen de visitas. -Atribución del uso de la vivienda y el ajuar familiar. -Contribución a las cargas del matrimonio y alimentos. -Liquidación del régimen económico matrimonial. -En su caso, pensión compensatoria.  En caso de que en la vista se hayan tratado las medidas coetáneas y no se dicte sentencia inmediatamente , se resolverán mediante auto

Recurrible en apelación FIN