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Documento públicos y privados, Apuntes de Derecho

Documento públicos y privados apuntes

Tipo: Apuntes

2019/2020

A la venta desde 11/03/2020

paula2888
paula2888 🇪🇸

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DOCUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS
DOCUMENTOS PÚBLICOS
Definición
!Son los autorizados por un notario o empleado público competente."
!Son formales (tiene que reunir las solemnidades exigidas por la ley)."
!Tienen una mayor eficacia probatoria que los documentos privados."
!Interviene la autoridad o el funcionario público."
Clases (por los sujetos que los otorgan o autorizan)
-Judiciales: el procurador de los tribunales representa las partes y el abogado lleva la dirección
del caso delante de los tribunales.
!Providencias: no necesitan esas fundamentadas. Se limita a disponer el mandado y el !
!juez o tribunal, con fecha y firma del juez o presidente y del secretario judicial."
!Ordenación material del proceso."
!Autos: deciden recursos contra providencias, cuestiones incidentales, presupusimos !!
!procesales, nulidad del procedimiento o cuando de acuerdo con las leyes de ! ! !
!enjuiciamiento, tienen que revestir esta forma."
!Tienen que estar fundamentados."
!Su estructura, en párrafos separados y numerados:"
1. Los hechos"
2. Los fundamentos jurídicos"
3. La parte dispositiva"
4. Firma del juez o magistrado"
!Sentencias: decide definitivamente la causa en cualquier instancia o recurso, o cuando, !
!según las leyes procesales, tengan que tener esta forma. Podrán dictar de viva voz ! !
!cuando lo autorice la ley"
!Su estructura, en párrafos separados y numerados:"
1. Los antecedentes de hecho"
2. Los hechos provados (si hay)"
3. Los fundamentos jurídicos"
4. La decisión"
5. Firma del juez o magistrado"
-Notariales: el notario es un funcionario público del Estado que tiene que proporcionar a los
ciudadanos la seguridad jurídica que tiene que garantizar los poderes públicos. Los documentos
públicos notariales pueden ser de diferentes clases, los más importantes por sus efectos son:"
!Escrituras públicas: contienen declaraciones de voluntad, actos jurídicos (como los ! !
!testamentos) y contratos."
!Actos notariales."
-Administrativos: son los emanados por las administraciones publicas, en sus relaciones entre sí
y con los ciudadanos. Suelen reflejar actos administrativos, aunque otras veces solo reflejan
situaciones jurídicas que constan en los archivos de la Administración, per ejemplo el certificado
de empadronamiento."
DOCUMENTOS PRIVADOS
Definición
!No interviene ninguna autoridad o empleado público."
!Solo interviene las partes que los otorgan."
Estructura
1. Encabezamiento: Lugar y fecha. Otorgantes. Nombre y apellidos, edad, vecinaje, estado civil,
número y número de DNI."
Se tiene que hacer constar si los otorgantes actúan por mismos o en representación
voluntaria o legal de otro, o como a órganos de una persona jurídica, reflejando esta circunstancia
debidamente."
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DOCUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS

DOCUMENTOS PÚBLICOS

Definición ↳Son los autorizados por un notario o empleado público competente. ↳Son formales (tiene que reunir las solemnidades exigidas por la ley). ↳Tienen una mayor eficacia probatoria que los documentos privados. ↳Interviene la autoridad o el funcionario público. Clases (por los sujetos que los otorgan o autorizan) -Judiciales: el procurador de los tribunales representa las partes y el abogado lleva la dirección del caso delante de los tribunales. ↳Providencias: no necesitan esas fundamentadas. Se limita a disponer el mandado y el juez o tribunal, con fecha y firma del juez o presidente y del secretario judicial. Ordenación material del proceso. ↳Autos: deciden recursos contra providencias, cuestiones incidentales, presupusimos procesales, nulidad del procedimiento o cuando de acuerdo con las leyes de enjuiciamiento, tienen que revestir esta forma. Tienen que estar fundamentados. Su estructura, en párrafos separados y numerados:

  1. Los hechos
  2. Los fundamentos jurídicos
  3. La parte dispositiva
  4. Firma del juez o magistrado ↳Sentencias: decide definitivamente la causa en cualquier instancia o recurso, o cuando, según las leyes procesales, tengan que tener esta forma. Podrán dictar de viva voz cuando lo autorice la ley Su estructura, en párrafos separados y numerados:
  5. Los antecedentes de hecho
  6. Los hechos provados (si hay)
  7. Los fundamentos jurídicos
  8. La decisión
  9. Firma del juez o magistrado -Notariales: el notario es un funcionario público del Estado que tiene que proporcionar a los ciudadanos la seguridad jurídica que tiene que garantizar los poderes públicos. Los documentos públicos notariales pueden ser de diferentes clases, los más importantes por sus efectos son: ↳Escrituras públicas: contienen declaraciones de voluntad, actos jurídicos (como los testamentos) y contratos. ↳Actos notariales. -Administrativos: son los emanados por las administraciones publicas, en sus relaciones entre sí y con los ciudadanos. Suelen reflejar actos administrativos, aunque otras veces solo reflejan situaciones jurídicas que constan en los archivos de la Administración, per ejemplo el certificado de empadronamiento. DOCUMENTOS PRIVADOS Definición ↳No interviene ninguna autoridad o empleado público. ↳Solo interviene las partes que los otorgan. Estructura
  10. Encabezamiento: Lugar y fecha. Otorgantes. Nombre y apellidos, edad, vecinaje, estado civil, número y número de DNI. Se tiene que hacer constar si los otorgantes actúan por sí mismos o en representación voluntaria o legal de otro, o como a órganos de una persona jurídica, reflejando esta circunstancia debidamente.
  1. Antecedentes: exposición cuando sean necesarios para la compresión del negocio jurídico.
  2. Contenido: descripción de aquella entidad material o inmaterial sobre la que se proyecta el negocio jurídico.
  3. Estipulaciones: las que sean necesarias en cada caso. Puede tratarse de una venta, un arrendamiento…
  4. Garantía: se trata de construir alguna o algunas medidas cautelares de reforzamiento del negocio jurídico. Por ejemplo cláusula penal,
  5. Firma: de todos los que han intervenido. Se han de extender tantos ejemplares como otorgares hayan participado.