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INFOGRAFIAS, RESUMENES Y ANALISIS DE CASOS
Tipo: Ejercicios
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INSTRUCTOR: Dolly Teresa Riveros Castro FECHA: 11- 01 - 2022
“La afiliación en salud busca generar condiciones que protejan la salud de los colombianos garantizando la universalidad del aseguramiento, la portabilidad o prestación de los beneficios en cualquier lugar del país, preservando la sostenibilidad financiera del sistema, siendo el bienestar del usuario, el eje central y núcleo articulador de las políticas en salud” (Minsalud, 2021). Por lo anterior y de acuerdo con lo apropiado frente a la normatividad del proceso de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, realice el análisis de los siguientes casos asumiendo que se desempeña como apoyo administrativo en una institución de salud, dando las respectivas indicaciones que se tienen que hacer frente a cada uno. Recuerde que, para desarrollar el proceso de afiliación en los casos, usted debe articular todos los conceptos abordados en el material de formación “Afiliación, planes de beneficios y aseguramiento de la salud”: CASO A Juan Fernández, con documento de identidad N.º 79856780, es trabajador independiente con un salario promedio de $1.200.000 y desea afiliarse a la EPS donde usted labora, por lo que solicita información para los documentos que debe entregar e iniciar el trámite de afiliación. No tiene grupo familiar, ni hijos o cónyuge. ¿Cuál es la ruta del proceso de afiliación que debe hacer Juan? Antes de indicarle acerca del proceso de afiliación, le preguntaría a Juan a cuál Eps desea afiliarse para así darle una información mucho más precisa. Después de tener en claro a cual Eps desea afiliarse, le indicaría que los pasos a seguir son: Juan puede descargar o solicitar el formulario único de afiliación, el deberá, diligenciarlo y firmarlo, y al momento de dirigirse a la eps presentarlo junto con la copia de su documento de identidad al 150 %. Juan debe tener en cuenta la carta de derechos y deberes del afiliado. ¿Cuáles son los aportes al SGSSI? Juan debe tener conocimiento de que cómo trabajador independiente deberá realizar aportes del 12.5% del 40% de sus ingresos mensuales a la empresa promotora de salud (EPS) que el haya elegido. (La ley 1955 de 2019 en su artículo 244, señala que todo trabajador independiente que obtenga ingresos netos mensuales iguales o superiores a
afiliada con el registro civil de nacimiento de su bebé y diligenciar Formulario único de afiliación y registro de novedades para completar el proceso. CASO D Jorge Ortiz, identificado con documento de identidad N.º 1001059487 crea una empresa de plástico, por lo que se acerca a la EPS para solicitar orientación frente al proceso de su afiliación y la de 5 empleados. Frente a ello, usted le indica… Buen día señor Jorge. La afiliación de sus empleados se hace a través de régimen contributivo cada uno de ellos es libre de escoger la E.P.S a la cual desean afiliarse. Para esto se debe diligenciar el formulario único de afiliación y registro de novedades y radicarlo en la E.P.S que se haya escogido. Allí se deben presentar con los respectivos documentos de identidad del trabajador y su núcleo familiar si tiene. Si los trabajadores desean afiliar a su esposa e hijos deben entregar los siguientes documentos: para hijos menores de 7 años:
(Personas cuyo
12,5 x 780.000/100= $97, 16 x 780.000/100= $124. 0,522 x 780.000/100= $4, salario no supero los 2 salarios mínimos) $7.000. Empleado, ARL 3
aporte del trabajador.
aporte del trabajador. $170,600 que es el aporte que realiza el empleador. C (Personas cuyo salario no supero los 4 salarios mínimos) $350, Independiente, ARL 2 12,5 x 350,000/100= $43, 16 x 350,000/100= $56, 1,044 x 350,000/100= $3. A (Personas cuyo salario no supero los 2 salarios mínimos) $3,450,000 OPS, ARL 1 12,5 x 3.450.000 / 100 = $431. 16 x 3.450.000/100= $552. 0,522 x 3.450.000/100= $18. B (Personas cuyo salario esta entre los 2 y 4 salarios mínimos) $12,345, Empleado, ARL 3
aporte del trabajador.
aporte del trabajador. $300,800 que es el aporte que realiza el empleador. C (Personas cuyo salario no supero los 4 salarios mínimos) $3,567, Prestación de servicios, ARL 3 12,5 x 3.567.000/100= $445. 16 x 3.567.000/100= $124. 2.436 x 3.567.000/100= $86, B (Personas cuyo salario esta entre los 2 y 4 salarios mínimos) $3,567, Empleada, ARL 3
aporte del trabajador.
aporte del trabajador. $86,900 que es el aporte que realiza el empleador. B (Personas cuyo salario esta entre los 2 y 4 salarios mínimos) CASO F Diana es una empleada con un salario de $3.800.000. La empresa solicita información del proceso de liquidación de aportes al SGSSS. Por su parte, la empleada nunca ha asistido a controles médicos y por lo tanto, no sabe a qué categoría pertenece y a quién puede afiliar como beneficiario. El proceso para realizar sería…
Juan tiene una fábrica de 50 empleados y debe contratarlos a todos como figura de empleador ¿Cuál es la ruta para el proceso de afiliación? 30 de ellos devengan un salario mínimo, 10 $2.000.000, 5 $980.000, 5 $1.800.000, Nivel 3 de ARL. Le comunicaría al señor juan que deberá realizar los siguientes pasos para realizar el debido proceso de afiliación: El empleador debe tener en cuenta cual es la EPS y el fondo de pensiones escogida por cada uno de sus trabajadores para realizar sus aportes, pues ellos están en total libertad de escoger, su respectiva eps y el fondo de pensiones. Mientras que el empleador en este caso el señor Juan, deberá decidir que ARL escoge para su empresa. El señor Juan debe tener fotocopia de los documentos de cada empleado junto con el formulario único de afiliación, el cual debe diligenciar el empleador y firmarlo junto con cada empleado. También se les debe indicar cuales serán su derechos y deberes al ser registrados en sus respectivas EPS. Además, se deben anexar los documentos de los beneficiarios que cada empleado desee vincular si así lo deciden. El empleador debe registrarse y adicionar a cada uno de sus empleados en la planilla PILA, tomando como referencia el IBC de cada uno, de esta manera puede liquidar y pagar en los tiempos que se establece por ley. IBC SALUD PENSIÓN ARL $908, 30 Trab. ARL 3 8,5% $77,300 valor unitario por cada trabajador que deberá pagar Juan. 77,300 X 30= $2.319.000 Es el valor total que deberá pagar Juan por los 30 afiliados en salud. 4% $ 36,400 único aporte que debe realizar cada empleado. 12% $109,100 valor unitario por cada trabajador que deberá pagar Juan. 109,100 x 30 = $3,273,000 Es el valor total que deberá pagar Juan por los 30 afiliados en pensión. 4% $36,400 único aporte que debe realizar cada empleado. Para el nivel 3 2,436% afiliado que gane 1 SMMLV. 22,200 x 30 = $666. por los 30 afiliados. $2.000. 10 Trab. ARL 3 8,5% $170.000 valor unitario por cada trabajador que deberá pagar Juan. $170,000 x 10 = $1,700,000 Es el valor total que deberá pagar Juan por los 10 afiliados en salud. 12% $240,000 valor unitario por cada trabajador que deberá pagar Juan. $240,000 x 10 = $2,400,000 Es el valor total que deberá pagar Juan por los 10 afiliados en pensión. Para el nivel 3 2,436% tiene un valor de $48.800 por cada empleado. $48.800 X 10 = $488,000 Por los 10 trabajadores.
Como trabajador independiente debe saber que la ley obliga a que este afiliado al sistema general de seguridad social en pensión y salud. Por lo que será obligación directamente del trabajador independiente hacer los aportes y afiliaciones por su cuenta y dirigirse a la empresa en la cual se encuentra laborando y dar certificado de ello. Debe escoger la EPS el fondo de pensiones y la ARL que desee, ya que es completamente libre de escoger la que mejor le parezca. Debe acercarse a la entidad y solicitar el formulario de inscripción, diligenciar y anexar los documentos que sean requeridos por la entidad, por lo general se le solicitara copia del documento y el documento que lo acredite como trabajador independiente. Por ser trabajador independiente deberá ser el quien se acerque y se registre en la planilla de aportes PILA para liquidar los aportes requeridos por la ley y hacer el pago cada vez que se le solicite. Antes de ensenar e al señor, es importante aclararle que La ley 1955 de 2019 en su artículo 244, señala que todo trabajador independiente que obtenga ingresos netos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo debe cotizar a seguridad social sobre el 40% de los ingresos mensuales. IBC Es igual a, 3,500,000 x 40 / 100 = 1.400.000 es el ibc del trabajador. TARIFA EN % VALOR A APORTAR SALUD 12.5% 12,5 X 1.400.000 / 100 = $175, PENSIÓN 16% 16 x 1,400,000 / 100 = $224. ARL NIVEL 2 1.044% 1,044 x 1,400,000 / 100 = $14. TOTAL, A PAGAR $ 413,100 es el valor total que debe aportar el trabajador. CASO J Daniela, usuaria de bajos ingresos, lleva viviendo en Bogotá desde hace un año, no se ubica laboralmente y se encuentra enferma. Ella requiere orientación para su proceso de afiliación y usted le indica…
Le indicaría a la señora Daniela que puede afiliarse al régimen subsidiado, le diría que este régimen es el mecanismo mediante el cual la población más pobre del país, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado. Ya después de comentarle a cerca del régimen le diría que lo primero que debe hacer es tener en claro a que eps desea afiliarse y que para hacer parte de una eps debe tener aplicada la encuesta del Sisbén,la cual se aplica en la vivienda donde reside el hogar del solicitante y debe ser respondida por una persona mayor de 18 años integrante del hogar que conozca la información de los gastos, ocupación, ingresos, educación y seguridad social de los miembros del hogar. Si Daniela no cuenta con la encuesta deberá presentarse ante esta entidad en cualquier CADE o SUPERCADE de la ciudad, junto con un recibo de servicio público y una de su documento de identificación. Después de esto ya podrá acceder a los beneficios. Como beneficiario de este régimen, usted debe afiliarse a una Empresa Promotora de Salud Subsidiada (EPS-S) y para hacerlo debe estar atento a las convocatorias que realiza la Secretaria Distrital de Salud, para que los beneficiarios de los subsidios puedan gozar de los servicios de salud en una EPS-S. Al momento de elegir su EPS Subsidiada tenga en cuenta:
Valor vigente año 2022 Grupo Rango de edad Zona normal Zona especial Grandes ciudades Zonas alejadas 1 Menores de 1 año $ 307.000 $ 337.400 $ 337.000 $ 422. 2 De 1 a 4 años $ 89.900 $ 98.700 $ 98.500 $ 123. 3 De 5 a 14 años $ 37.600 $ 41.100 $ 41.100 $ 51. 4 De 15 a 18 años (Hombres) $ 36.400 $ 39.800 $ 39.700 $ 49. 5 De 15 a 18 años (Mujeres) $ 55.800 $ 61.100 $ 61.000 $ 76. 6 De 19 a 44 años (Hombres) $ 61.100 $ 67.000 $ 66.900 $ 83. 7 De 19 a 44 años (Mujeres) $ 110.900 $ 121.700 $ 121.600 $ 152. 8 De 45 a 49 años $ 113.100 $ 124.200 $ 124.000 $ 155. 9 De 50 a 54 años $ 142.500 $ 156.600 $ 156.400 $ 195. 10 De 55 a 59 años $ 168.300 $ 184.900 $ 184.700 $ 231. 11 De 60 a 64 años $ 215.500 $ 236.800 $ 236.500 $ 296. 12 De 65 a 69 años $ 266.400 $ 292.800 $ 292.400 $ 366. 13 De 70 a 74 años $ 321.600 $ 353.600 $ 353.100 $ 442. 14 De 75 y más años $ 400.700 $ 440.600 $ 440.000 $ 551. CASO M Un núcleo familiar compuesto por esposo, esposa (ambos cotizantes) e hijo, ingresa a su núcleo un nuevo hijo, pero fallece uno de los cotizantes. ¿Qué proceso se debe realizar?
Los beneficiarios del cotizante fallecido permanecerán afiliados por el mismo período contemplado de protección laboral, en caso de que el fallecido tuviera derecho a ella. Los beneficiarios tienen 1 mes siguiente al fallecimiento, para registrar la novedad en el Sistema de Afiliación Transaccional. Período de Protección Laboral: Durante este periodo la EPS garantiza el cubrimiento de todos los servicios de salud del Plan de Beneficios y no solamente de los tratamientos en curso y urgencias al cotizante y su núcleo familiar, una vez ha finalizado el periodo por el cual se realiza el último pago de la cotización; hasta por un (1) mes más cuando ha estado inscrito y ha cotizado como mínimo durante (12) doce meses o hasta por tres (3) meses si ha permanecido y cotizado de manera continua cinco (5) o más años en la misma EPS. Si fallece el cotizante, los beneficiarios tienen derecho a todos los servicios de salud por los mismos períodos como si el cotizante fallecido tuviese derecho a ellos.