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Derecho Ambiental y Autorización Ambiental en la Edificación en España, Apuntes de Derecho

Una descripción detallada del derecho ambiental y la intervención integral de la administración ambiental en españa, con énfasis en la licencia ambiental y la evaluación ambiental. Se abordan temas como la historia de la licencia ambiental, los mecanismos de corrección, el procedimiento de solicitud y resolución, y las sanciones administrativas por infracción del derecho medioambiental.

Tipo: Apuntes

2012/2013

Subido el 01/06/2013

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20 documentos

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bg1
EPSEB
J.F.G. 13.1
Asignatura: Derecho de la Edificación
Capítulo 13
Derecho ambiental: Intervención
Administrativa
1. Licencia ambiental
2. Intervención integral de la
Administración ambiental
3. Sanciones administrativas por
infracción del derecho medioambiental
4. Evaluación ambiental
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¡Descarga Derecho Ambiental y Autorización Ambiental en la Edificación en España y más Apuntes en PDF de Derecho solo en Docsity!

Capítulo 13

• Derecho ambiental: Intervención

Administrativa

1. Licencia ambiental

2. Intervención integral de la

Administración ambiental

3. Sanciones administrativas por

infracción del derecho medioambiental

4. Evaluación ambiental

LICENCIA AMBIENTAL

Se instaura como consecuencia de los efectos de la Industrializa-

ción de la primera parte del s. XX Intervención pública que se

encarga a los Ayuntamientos

• Control de las actividades consideradas molestas, nocivas,

insalubres o peligrosas

→ Licencia de Actividades Clasificadas (Reglamento de Actividades

Clasificadas de 1961) (RAC)

• Los mecanismos de corrección del RAC son, hoy, muy

rudimentarios (chimeneas, filtros…)

→ El RAC pretende el “alejamiento” de los focos que originan la

contaminación, no la reducción de la misma

• Procedimiento (común): Solicitud/ Inf. Pública/ Informes/ Resolución

Resuelve el Ayuntamiento

• Régimen sancionador : Multa/ Retiradas de licencia

J.F.G. 13. 4 INTERVENCIÓN INTEGRAL DE LA ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL

d) Finalidad de la autorización ambiental integrada

Es un procedimiento de coordinación entre las Administraciones

públicas.

Garantía de prevención y control de la contaminación (art. 13)

Las finalidades de la autorización ambiental son las siguientes: Prevenir y reducir en origen las emisiones a la atmósfera, al agua y al suelo que producen las actividades y, a la vez, fijar las condiciones para gestionar correctamente estas emisiones, además de tomar en consideración el consumo de los recursos naturales y la energía, y, particularmente, en cuanto a las actividades del anexo I.1, mediante la aplicación de las mejores técnicas disponibles. Establecer todas las condiciones, mediante un procedimiento que asegure la coordinación de las diferentes administraciones públicas que intervienen en el otorgamiento de la autorización, para garantizar que las actividades sometidas a la Ley cumplen su objeto. Disponer de un régimen de prevención y control de la contaminación que integre en un solo acto la evaluación y la declaración de impacto ambiental, las autorizaciones sectoriales en materia de producción y gestión de los residuos; de vertido a las aguas continentales, incluidos los vertidos al sistema público de saneamiento de aguas residuales, y los vertidos desde tierra hacia el mar; las determinaciones de carácter ambiental en materia de contaminación atmosférica, y la autorización de emisiones de gases con efecto de invernadero.”

INTERVENCIÓN INTEGRAL DE LA ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL

e. Procedimiento en la Ley Catalana (artículos 14 y siguientes)

  • (^) Solicitud (acompañado de documentación): art. 17
  • (^) Estudio de impacto ambiental: art. 18
  • (^) Verificación formal y suficiencia del estudio de impacto

ambiental y del proyecto. Art. 19

  • (^) Información pública (art 20)
  • (^) Informes de los órganos competentes (art. 22 y ss)
  • (^) Propuesta de resolución (a la vista de las alegaciones): art.
  • Audiencia de las personas interesadas (art. 27)
  • (^) Resolución (art. 29)
  • (^) Notificación y publicidad (art. 30)

SANCIONES ADMINISTRATIVAS por infracción del derecho ambiental y DEBER DE REPARACIÓN

  • Procedimiento administrativo sancionador (por Infracción de la normativa

ambiental

  • Adecuación de la sanción al deterioro ambiental producido
    • (^) “Cuando la cuantía de la multa resulte inferior al beneficio obtenido por

la comisión de la infracción, la sanción será aumentada, como mínimo,

hasta el doble del importe en que se haya beneficiado el infractor”. (Ley

16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la

contaminación)

  • Además de la sanción administrativa, obligación de reparar el daño

causado (art. 45.3 CE)

EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL

  • (^) Impuesta por el Derecho Europeo
  • (^) RD Legislativo 1/2008, Texto Refundido de la Ley de Evaluación Impacto

Ambiental

1. ¿Qué es?

2. Proyectos sujetos a EIA

  • (^) Artículo 3.1. Anexo I Obligatorio
  • (^) Artículo 3.2. Anexo II Sólo si lo decide el órgano ambiental Es una fórmula administrativa para informar sobre los efectos ambientales que pueden tener determinadas activaciones.
    • Es un Acto Administrativo que evalúa los efectos de una proyecto sobre:  (^) Ser humano, la flora y la fauna  (^) Suelo/ agua/ aire/ paisaje  (^) Patrimonio cultural