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DERECHO SINDICAL Y DE
LA NEGOCIACIÓN
COLECTIVA
Prof. Dr. D. José Luis Salido
Banús
Titular de la asignatura
FACULTAD DE DERECHO
Grado en Derecho
Curso 2013-2014 Dr. José Luis Salido 1
PROGRAMA DE LA ASIGNATURA
- (^) Tema I.- El Derecho Sindical
- (^) Tema II.- La libertad Sindical
- (^) Tema III.- La representación y participación en
la empresa.
- (^) Tema IV.- La negociación colectiva.
- (^) Tema V.- La negociación colectiva en la función
pública.
- (^) Tema VI.- La impugnación de los convenios
colectivos
- (^) Tema VII.- La huelga y su ejercicio.
- (^) Tema VIII.- El cierre patronal
- (^) Tema IX.- Los sistemas extrajudiciales de soluciónCurso 2013-2014 Dr. José Luis Salido (^2)
DEFINICIÓN Y CONTENIDO
- (^) Definición: Conjunto de normas jurídicas (heterónomas y autónomas) que regulan las relaciones entre los sindicatos u otras representaciones de los trabajadores y los empresarios y sus organizaciones o las Administraciones Públicas.
- (^) Contenido: la libertad sindical, la negociación colectiva, los conflictos laborales, la huelga y el cierre patronal Curso 2013-2014 Dr. José Luis Salido 4
EL MOVIMIENTO ASOCIATIVO EN ESPAÑA
- (^) Sigue los pasos del asociacionismo internacional.
- (^) El proceso de formación de “conciencia de clase obrera”, se inicia a partir de la Revolución de Septiembre en 1868 y se prolonga hasta 1875, año en el que se gesta y consolida la Federación Regional Española de la Iª Internacional.
- (^) Periodificación del movimiento asociativo:
- (^) Hasta la 1ª Guerra Mundial (1914-1919)
- (^) Código Penal de 1822 y 1870: Considera delito la coaligación profesional bajo el tipo de “maquinaciones para alterar el precio de las cosas”.
- (^) Constitución de 1869:Reconoce el derecho de asociación para fines lícitos.
- (^) Constitución de 1876 (art.13): Reconoce el derecho de asociación para los fines de la vida humana.
- (^) Ley General de Asociaciones de 30 de junio de 1887
- 1888 fundación de la UGT, 1910 de la CNT y 1919 Unión de Curso 2013-2014 Dr. José Luis Salido 5
EL MOVIMIENTO ASOCIATIVO EN ESPAÑA
- (^) aspiraciones y necesidades que, en el orden económico y social, sean sentidas por los elementos productores de la nación y es a su vez, el vehículo por donde llegan hasta éstos las directrices económicas de aquél”.
- (^) Consecuencias de este planteamiento:
- (^) Organización sindical única como corporación de derecho público.
- (^) Pertenencia obligatoria y automática de empresas y trabajadores (Sindicación obligatoria).
- (^) Consideración del sindicato como instrumento al servicio del Estado y sometido a su control.
- (^) La Transición política
- (^) RD-L 19/1976 de 8 de octubre de desmantelamiento de la OSE y creación de la AISS (Administración Institucional de Servicios Socio-Profesionales).
- (^) Ley Fundamental 1/1977 de a de enero para la Reforma Política
- (^) Ley 19/1997 de 1 de abril del derecho de Libertad de Asociación Sindical (vigente)
- Curso 2013-2014 (^) RD-L 17/1977 de 4 de marzo sobre Relaciones de Trabajo (vigente) Dr. José Luis Salido 7
EL MOVIMIENTO ASOCIATIVO EN ESPAÑA
- (^) La Constitución de 1978:
- (^) En sus artículos 7, 22 y 28 diseña el nuevo modelo asociativo ajustado a principios democráticos:
- (^) Reconoce la pluralidad asociativa (sindicatos y asociaciones empresariales)
- (^) Plantea la sindicalización de las relaciones laborales, a pesar de la baja afiliación.
- (^) Favorece el modelo de coexistencia de grandes confederaciones con sindicatos nacionalistas, regionales, etc.
- (^) Favorece la hegemonía del sindicato de clase
- (^) Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad Sindical
- (^) Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
- (^) Pendiente de desarrollo la LO sobre el ejercicio del Derecho de Huelga Curso 2013-2014 Dr. José Luis Salido 8
LA LIBERTAD SINDICAL
- (^) Concepto: Es el derecho de trabajadores y
empresarios a asociarse de forma libre y
voluntaria, así como a auto-organizarse sus
respectivas asociaciones (sindicatos y
organizaciones empresariales).
- (^) Etapas históricas:
- (^) Prohibición:
- (^) La Revolución Francesa: Libertad, Igualdad y
Fraternidad
- (^) El Liberalismo: El mercado y la igualdad en lo
jurídico.
- (^) La Revolución Industrial (Ley de Le Châpelier de
Curso 2013-2014 Dr. José Luis Salido 10
LA LIBERTAD SINDICAL
- (^) Tolerancia
- (^) El Manifiesto Comunista de 1848
- (^) La Ley Francesa de 25.3.
- (^) La Sentencia de 1842 (C.W. Vs. Hunt) en U. K.
- (^) La Constitución Española de 1876
- (^) La Doctrina Social de la Iglesia Católica ( La encíclica Rerum Novarum de 1891, actualizada en 2009 por la encíclica Caritas in Veritate de Benedicto XVI).
- (^) Reconocimiento jurídico
- (^) a) En leyes ordinarias:
- (^) La Trade Union Act de 1871
- (^) La Waldeck-Rousseau de 1884
- (^) Clayton Act de U.S.A. de 1914
- b) En los Textos Constitucionales:
- (^) Constitución de Weimar de 1919, Constitución Española de 1931 o Constitución Italiana de 1947 Curso 2013-2014 Dr. José Luis Salido 11
LA LIBERTAD SINDICAL
- (^) Colectiva (2.2. LOLS y art. 1.3 de la LAS )
- (^) Libertad de organización: Dotarse de su propia estructura organizativa.
- (^) Libertad de reglamentación: Estatutos propios.
- (^) Libertad de federación, suspensión y disolución
- (^) Libertad de acción sindical
- (^) Los sujetos titulares del derecho de libertad sindical
- (^) Titularidad individual:
- (^) Inclusiones: La expresión “todos”
- (^) Exclusiones: FAS, GC y Justicia (Magistrados, Jueces y Fiscales, s/art. 127. CE)
- (^) Limitaciones
- Extranjeros, de acuerdo con la Ley Orgánica de Derechos y Libertades de los Extranjeros
- (^) Perceptores de pensiones públicas: Desempleo, Incapacidad o jubilación (art.3.1 LOLS)
- (^) Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado: Regulación propia
- (^) Funcionarios, de conformidad con el EBEP.
- Directivos o representantes sindicales no pueden desempeñar cargos Curso 2013-2014 Dr. José Luis Salido 13
LA LIBERTAD SINDICAL
- (^) Titularidad colectiva:
- (^) Sindicatos
- (^) Asociaciones Empresariales
- (^) Los Sindicatos:
- (^) Definición: Asociación (art. 37 CC.), libre y voluntaria de trabajadores para la defensa de sus intereses.
- (^) Régimen Jurídico (art. 4 de la LOLS):
- (^) Existencia de un contrato o acto asociativo
- (^) Depósito de estatutos en oficina pública, transcurso del plazo.
- (^) La representatividad sindical: La mayor representatividad
- (^) Ámbito estatal o de CC. AA:
- (^) Criterio de audiencia
- (^) Criterio de irradiación
- (^) Ámbito territorial o funcional específico
- (^) La responsabilidad de los sindicatos Curso 2013-2014 Dr. José Luis Salido 14
LA LIBERTAD SINDICAL
- (^) Las Asociaciones Empresariales
- (^) Definición: Asociación (art. 37 Cc), libre y voluntaria de empresarios para la defensa de sus intereses.
- (^) Régimen jurídico ( art. 1,2 y 3 del RD 873/1977)
- (^) Contrato o Acto asociativo
- (^) Depósito de estatutos
- (^) La representatividad de las asociaciones empresariales : DA 6ª del TRET
- (^) La Tutela de la Libertad Sindical:
- (^) En el derecho positivo: LOLS
- (^) Administrativa: Art. 25 CE y 5 y ss de la LISOS
- (^) Judicial ordinaria
- (^) Vía Penal: art. 315 del CP.
- (^) Tribunales del Orden Social (proceso especial en LRJS)
- (^) Tutela del T. Constitucional: Recurso de amparo.
- (^) La responsabilidad de los sindicatos Curso 2013-2014 (^) Dr. José Luis Salido 16
Curso 2013-2014 Dr. José Luis Salido 17 Sectores Territorios Individuales (empresas)
ASAMBLEA
JUNTA
DIRECTIVA
ESQUEMA TEORICO DE UNA
CONFEDERACION EMPRESARIAL
PRESIDE
NTE
JUNTA
DIRECTIVA
Comité Ejecutiv o
REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN
- (^) La organización de los trabajadores en el centro de trabajo
- (^) El art. 129.2 de la CE y la participación en la empresa
- (^) La participación como derecho laboral (art. 4.1.g. TRET)
- (^) Participación y acción sindical (art. 8.1 LOLS)
- (^) La representación unitaria (Título II del TRET):
- (^) Representa a todos (unitaria) los trabajadores de la empresa, con independencia de su afiliación sindical.
- (^) Figuras jurídicas: Delegados de personal y Comité de Empresa
- (^) Concepto, número, competencias, funciones, garantías, mandato y deber de sigilo.
- (^) Clases de comités:
- (^) El Comité conjunto
- (^) El Comité intercentros
- (^) El Comité de grupo/empresa europea Curso 2013-2014 Dr. José Luis Salido 19
REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN
- (^) Competencias de los DP y MCE (art. 64 TRET y otros):
- (^) Informar y representar a los trabajadores
- (^) Informativas (pasivas) sobre:
- (^) Estadísticas de la empresa, así como su información económica.
- (^) Materias de contratación, contratas y subcontratas. Sucesión de empresa.
- (^) Horas extraordinarias
- (^) Informativas (activas = emisión de informes)
- (^) Restructuración de plantillas, reducción de la jornada laboral o traslado de las instalaciones.
- (^) Planes de formación profesional, establecimientos de sistemas de organización y control del trabajo.
- (^) Elaboración del calendario laboral
- (^) Modificación colectiva de condiciones de trabajo Curso 2013-2014 Dr. José Luis Salido 20