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Orientación Universidad
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Edad Media , Edad media, Apuntes de Traducción

Asignatura: Identidades Culturales Europeas, Profesor: Manuel Alcántara Pla, Carrera: Traducción e Interpretación, Universidad: UAM

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 16/10/2017

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elena-martinez-conde 🇪🇸

4.6

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3. El pensamiento político medieval
Alfonso Ruiz Miguel
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3. El pensamiento político medieval

Alfonso Ruiz Miguel

  • “El pasado es un país extranjero, allí hacen las cosas de otra manera”.
  • L. P. Hartley, El mensajero
  • (A) El marco de la filosofía clásica Importancia de la cultura eclesiástica y cierta pervivencia de la filosofía clásica (platonismo, aristotelismo, estoicismo…) Destacan dos manifestaciones:
  1. Continuidad y novedad en el pensamiento medieval (b) el teo-teleologismo de Tomás de Aquino (1225-1274) (a) el dualismo platónico de Agustín de Hipona (354-430)
  • Una concepción finalista del mundo
    • Logos : recta ratio (ley racional universal)
    • Fatum : fata volentes ducunt, nolentes trahunt (los hados enseñan a los que los aceptan y arrastran a los que no)
  • Dos rasgos de la ley natural:
    • (a) universalidad: “Hay una ley verdadera que consiste en la recta razón [ recta ratio ], conforme con la naturaleza, universal, inmutable y eterna […]. No puede anularse ni derogarse en todo o en parte, ni siquiera por la autoridad del Senado o del pueblo podemos ser dispensados de la misma, ni necesita glosador o intérprete. No es una ley diferente ni es una ahora y otra después, sino que la misma norma eterna e inmutable regirá para todos y en cualquier tiempo..." (Cicerón, De re publica , III, 22 ).
    • (b) superioridad: "si fuesen Derecho las decisiones de los pueblos, los decretos de los príncipes o las sentencias de los jueces, sería Derecho el robar, el adulterar y el hacer testamentos falsos si así hubiera sido aprobado por los votos o los plebiscitos de la multitud..." (Cicerón, De legibus , I, 16 ). Breves notas sobre el estoicismo
  • teo-teleologismo = finalismo teológico (cristiano)
  • síntesis de Aristóteles y teología cristiana
  • el filósofo-teólogo católico más influyente
  • la complejización de la tríada estoica o inclusión de la ley natural en la ley eterna (en sentido amplio) o y duplicación de la ley natural en la ley divina (positiva) (b) el teo-teleologismo de Tomás de Aquino
  • La ley en Aquino eterna en sentido estricto (cósmica) eterna natural Ley divina positiva humana Antiguo Testamento (X mandamientos) Nuevo Testamento

(b) Voluntarismo vs intelectualismo ▪ el fundamento de obligar de la ley: o ¿la ley es justa por ser mandada por Dios o Dios la manda por ser justa? o voluntarismo de Agustín: “cuando Vos [Dios] mandáis de nuevo alguna cosa nunca usada, no obstante que en otro tiempo la hubieseis prohibido […], ¿quién duda de que se ha de hacer lo que mandáis…?” (Confesiones. ,III-ix). vs o intelectualismo de Aquino: “la ley es la ordenación de la razón dirigida al bien común y debidamente promulgada por quien tiene a cargo la comunidad” ( Suma de teología, Iª-!!ª e

. 90. 4 ). (c) Pesimismo antropológico vs aristotelismo ▪ el pecado original como explicación de la corrupción de la naturaleza humana (Agustín de Hipona): el Estado, remedium peccati y mal menor con el mero fin de la paz social vs ▪ la sociabilidad natural aristotélica en Aquino: la política como relativa al bien común

(B) La titularidad originaria del poder político y eclesiástico Dos modelos básicos (Walter Ullmann) y cinco teorías Modelos descendentes (o ex parte principis ) a) La teoría de las dos espadas b) La teoría del poder papal c) La teoría del poder real Modelos ascendentes (o ex parte populi ) d) La teoría del bien común e) La teoría “democrática” (pero la legitimidad del poder siempre procede de Dios: San Pablo: Romanos, 13 )

Modelos descendentes

  • a) Teoría de las dos espadas
    • El Papa Gelasio (492-496), escribe al emperador: “Hay dos poderes por los que este mundo se gobierna: la autoridad sagrada del sacerdocio y la autoridad de los reyes”.
  • La respublica christiana, una sociedad con dos partes: --diferentes y autónomas --llamadas a cooperar entre sí.

c) Teoría(s) del poder real Derivación moderna (s. XVI) Anglicanismo Concepción teocrática medieval Teoría francesa del derecho divino de los reyes (absolutismo)

d) La teoría del bien común (Tomás de Aquino)

  • el pueblo como fin del gobierno (bien del pueblo = bien común)
  • la monarquía como mejor forma de gobierno
  • el poder eclesiástico, descendente (el Papa, monarca de la Iglesia) Modelos ascendentes

(C) Pueblo, bien común y representación política medieval

  • El bien del pueblo como bien común
  • “Pueblo” = comunidad político-social = res publica (indistinción sociedad-Estado)
  • La distinción entre titularidad y ejercicio del poder: o En Aquino (salvo por el Derecho consuetudinario), el pueblo es titular del poder pero lo ejerce el gobernante (= rey) o En Marsilio, el pueblo, titularidad y ejercicio: el pueblo (o su valentior pars ) elige al gobernante y legisla las leyes fundamentales ( = “Constitución”)

Orígenes medievales de la representación parlamentaria

  • un proceso lento y gradual
  • la principal “representación” es simbólica: el rey
  • el parlamento no es parte de un gobierno representativo en

sentido moderno; varias diferencias:

✓estamental; ✓la representación de las ciudades no supone elecciones periódicas y propiamente dichas; ✓mandato imperativo o vinculado; ✓finalidad de aceptación de impuestos y subsidios, y más judicial y consultiva que legislativa; ✓no hay representación ideológica ni partidos reconocidos; ✓en fin, decisiones más mediante negociación-consenso que por votación.

  • ¿es la misma institución?