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Ejemplo Contrato de Compraventa, Apuntes de Derecho Civil

Ejemplo del primer contrato realizado en la licenciatura.

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 14/10/2021

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C O N T R A T O D E C O M P R A V E N T A
Que celebran por una parte el C. JUAN RAMÓN VÁZQUEZ CRUZ quien, en lo sucesivo, se
denominará “EL VENDEDOR” y por otra parte el C. DAVID SANDOVAL ROSAS, quien se
denominará “EL COMPRADOR”, bajo las siguientes declaraciones y clausulas:
DECLARACIONES:
I. El VENDEDOR, manifiesta ser de nacionalidad mexicana, contar con 52 años cumplidos, con estado
civil soltero demostrándolo con acta expedida por las oficinas del Registro Civil ubicado en el
municipio posteriormente mencionado y con domicilio China #16, Oxtotipac, Otumba de Gómez
Farias, Estado de México, identificándose con credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional
Electoral con Folio 1357.
II. El COMPRADOR, manifiesta ser de nacionalidad mexicana, contar con 34 años cumplidos, con
estado civil soltero demostrándolo con acta expedida por las oficinas del Registro Civil ubicado en el
municipio posteriormente mencionado y con domicilio Quetzales #8, Otumba de Gómez Farias,
Estado de México, identificándose con credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional
Electoral con folio 2643.
III. Declaran el VENDEDOR, ser dueño en legítima propiedad, posesión y pleno dominio del siguiente
inmueble:
El inmueble denominado ‘’LAS JACARANDAS’’, ubicado en el Municipio de Otumba de Gómez
Farias Estado de México, con una superficie total de 6,086 metros cuadrados, y las siguientes medidas
y colindancias:
- Al norte 33.40 metros con Empedradillo.
- Al sur 33.35 metros con Gómez Farias
- Al oriente 190.20 metros José Vasconcelos
- Al poniente 184.10 metros con Valentina
IV. Declara el COMPRADOR haber visitado con anterioridad al inmueble denominado "LAS
JACARANDAS", confirmando los datos antes declarados por el VENDEDOR.
V. El inmueble anteriormente descrito lo adquirió el C. JUAN RAMÓN VÁZQUEZ CRUZ mediante
contrato de compraventa que consta en la escritura número 08635 de fecha 12 de abril de 2001,
otorgada ante la fe de la Licenciada MARÍA PACHECO DÍAZ Notario Público no. 453 del Estado de
México, cuya escritura fue inscrita en el Instituto de la Función Registral del Estado de México bajo
la partida no. 87823, volumen 2, libro primero, sección primera, con fecha 09 de agosto de 2005.
VI. El VENDEDOR declara que el inmueble de que se trata se encuentra libre de todo gravamen y
responsabilidad.
VII. El COMPRADOR asegura haber revisado los documentos mencionados en la quinta declaración,
así como asistir al Instituto de la Función Registral del Estado de México para confirmar la autenticidad
de documentos.
VII. Ambas partes presentan a un testigo, con capacidad jurídica, domicilio antes mencionado en la
primera y segunda declaración, presentando identificaciones expedidas por el Instituto Nacional
Electoral.
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C O N T R A T O D E C O M P R A V E N T A

Que celebran por una parte el C. JUAN RAMÓN VÁZQUEZ CRUZ quien, en lo sucesivo, se denominará “EL VENDEDOR” y por otra parte el C. DAVID SANDOVAL ROSAS, quien se denominará “EL COMPRADOR”, bajo las siguientes declaraciones y clausulas: DECLARACIONES: I. El VENDEDOR, manifiesta ser de nacionalidad mexicana, contar con 52 años cumplidos, con estado civil soltero demostrándolo con acta expedida por las oficinas del Registro Civil ubicado en el municipio posteriormente mencionado y con domicilio China #16, Oxtotipac, Otumba de Gómez Farias, Estado de México, identificándose con credencial para votar, expedida por el Instituto Nacional Electoral con Folio 1357. II. El COMPRADOR, manifiesta ser de nacionalidad mexicana, contar con 34 años cumplidos, con estado civil soltero demostrándolo con acta expedida por las oficinas del Registro Civil ubicado en el municipio posteriormente mencionado y con domicilio Quetzales #8, Otumba de Gómez Farias, Estado de México, identificándose con credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral con folio 2643. III. Declaran el VENDEDOR, ser dueño en legítima propiedad, posesión y pleno dominio del siguiente inmueble: El inmueble denominado ‘’LAS JACARANDAS’’, ubicado en el Municipio de Otumba de Gómez Farias Estado de México, con una superficie total de 6,086 metros cuadrados, y las siguientes medidas y colindancias:

  • Al norte 33.40 metros con Empedradillo.
  • Al sur 33.35 metros con Gómez Farias
  • Al oriente 190.20 metros José Vasconcelos
  • Al poniente 184.10 metros con Valentina IV. Declara el COMPRADOR haber visitado con anterioridad al inmueble denominado "LAS JACARANDAS", confirmando los datos antes declarados por el VENDEDOR. V. El inmueble anteriormente descrito lo adquirió el C. JUAN RAMÓN VÁZQUEZ CRUZ mediante contrato de compraventa que consta en la escritura número 08635 de fecha 1 2 de abril de 20 01 , otorgada ante la fe de la Licenciada MARÍA PACHECO DÍAZ Notario Público no. 453 del Estado de México, cuya escritura fue inscrita en el Instituto de la Función Registral del Estado de México bajo la partida no. 87823 , volumen 2 , libro primero, sección primera, con fecha 09 de agosto de 2005. VI. El VENDEDOR declara que el inmueble de que se trata se encuentra libre de todo gravamen y responsabilidad. VII. El COMPRADOR asegura haber revisado los documentos mencionados en la quinta declaración, así como asistir al Instituto de la Función Registral del Estado de México para confirmar la autenticidad de documentos. VII. Ambas partes presentan a un testigo, con capacidad jurídica, domicilio antes mencionado en la primera y segunda declaración, presentando identificaciones expedidas por el Instituto Nacional Electoral.

VI. El COMPRADOR, bajo protesta de decir verdad, manifiesta que tiene interés en adquirir el inmueble antes descrito. Ambas partes declaran estar de acuerdo con lo establecido en el presente contrato y se sujetan a las siguientes: CLÁUSULAS: PRIMERA.- El C. JUAN RAMÓN VÁZQUEZ CRUZ por su propio derecho en este acto y por medio del presente contrato vende, cede y traspasa de manera irrevocable, libre de todo gravamen y responsabilidad y sin reserva o limitación alguna, a favor del C. DAVID SANDOVAL ROSAS, quien compra para sí el inmueble que ha quedado plenamente descrito e identificado en la declaración segunda de este contrato, con todos sus usos, costumbres, servidumbres, anexidades y cuanto más que de hecho y por derecho le corresponda o pueda corresponder, con las medidas y superficie que ahí se mencionan y que se dan aquí por reproducidas, como si se insertasen a la letra, o las que resultaren dentro de las colindancias expresadas. SEGUNDA.- Ambas partes fijan como precio de esta operación la cantidad de $ 4 00,000. (cuatrocientos mil pesos 00/100 moneda nacional), suma que el vendedor reconoce tener recibida con anterioridad a este acto por parte del comprador a su entera satisfacción, otorgándole por medio de este contrato, recibo de pago de dicha suma. TERCERA.- Los otorgantes declaran que en este contrato no existe ignorancia, inexperiencia, enriquecimiento ilegítimo, error, dolo, violencia, lesión ni incapacidad y que el precio convenido es el justo, real y legítimo del inmueble vendido, por lo que renuncian al derecho que la ley les concede para intentar las acciones que puedan derivarse de las causas expresadas, renunciando también a toda acción rescisoria proveniente de exceso o defecto en la cosa o en el precio, y al plazo que para ejercitarlas. CUARTA.- Esta compraventa está sujeta a sus condiciones naturales, por lo que la parte vendedora se obliga al saneamiento para el caso de evicción, el pago de las diferencias que por concepto de contribuciones, cooperación y plusvalía pudieran aparecer hasta la fecha del presente contrato. QUINTA.- Todos los gastos, impuestos, derechos y honorarios que se generen por motivo de dicho contrato, hasta su inscripción en el Instituto de la Función Registral del Estado de México serán por parte de la parte compradora. SEXTA.- Ambas partes aceptan este contrato en todas y cada una de sus partes, por estar redactada en términos convenidos, dándose la parte compradora por recibida de la posesión y dominio del inmueble que en virtud de este contrato adquiere, teniéndose por perfecta, válida y consumada la traslación de este y por verificada la entrega a su favor. El presente contrato se firma en Otumba de Gómez Farias, Estado de México, a 05 de agosto de 2020. El presente contrato se expide en dos originales, uno para cada una de las partes.