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Definiciones Jurídicas: Consejo Europeo, Consejo de la Unión Europea y Consejo de Europa -, Ejercicios de Gestión de Recursos Humanos

Este documento proporciona definiciones detalladas sobre el consejo europeo, consejo de la unión europea y consejo de europa. El consejo europeo es la instancia que establece la política general de la ue, integrada por jefes de estado o gobierno de los 28 estados miembros, el presidente del consejo europeo y la comisión europea. Reúnense al menos dos veces por semestre en bruselas y adoptan conclusiones y actuaciones. El consejo de la unión europea es el principal órgano de decisión de la ue junto con el parlamento europeo, integrado por ministros de cada país en diez formaciones diferentes según el tema tratado. El consejo de europa, por otro lado, es una organización regional internacional formada por 47 países europeos y cinco observadores, cuyo objetivo es defender los derechos humanos y los principios democráticos en europa.

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 02/02/2018

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Elementos Jurídicos:
Nombre: Nacho Ahengo Becerra
Curso: 1ºB
Pregunta 5 (examen)
Definiciones:
-Consejo Europeo: en él se definen las distintas orientaciones y prioridades
políticas generales de la UE. No es una de las instituciones legislativas de la
UE, y por lo tanto no negocia ni adopta legislación. Su función es establecer el
programa político de la UE, mediante distintas reuniones adoptando
Conclusiones y actuaciones que han de acometerse.
Por otro lado sus miembros son los jefes de Estado o de Gobierno de los 28
Estados miembros de la UE, el presidente del Consejo Europeo y el presidente
de la Comisión Europea.
Por otra parte se realizan al menos dos reuniones por semestre y se celebran
en Bruselas, concretamente en el edificio Justus Lipsus.
Por último el proceso de toma de decisiones en la mayoría de los casos, el
Consejo Europeo las adopta por consenso. Pero en algunos casos concretos
que están previstos en los Tratados de la UE, decide por unanimidad o por
mayoría cualificada.
-Consejo de la Unión Europea: en este consejo los ministros de cada país de
la UE se reúnen para debatir, modificar y adoptar leyes y coordinar las políticas
nacionales. Cada ministro tiene competencias para poder asumir compromisos
en nombre de su Gobierno en relación a las actuaciones acordadas en las
reuniones. Este consejo es el principal órgano de decisión de la UE junto con el
Parlamento Europeo.
La composición de dicho consejo no está compuesto por miembros fijos, sino
que se reúne en diez formaciones diferentes, en función del tema que se vaya
a tratar. Por tanto, dependiendo de la formación cada Estado envía al ministro
competente de la materia tratada.
-Consejo de Europa:
A diferencia del Consejo Europeo y del Consejo de la Unión Europea, el
Consejo de Europa no está ligado a la Unión Europea y es una organización
regional internacional, formada por 47 países europeos. También participan
como observadores cinco países: Estados Unidos, Canadá, Japón, México y
Santa Sede.
Su creación tuvo lugar en 1949 y su objetivo es defender los derechos
humanos y los principios democráticos en Europa. Sus órganos son: el Comité
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Elementos Jurídicos:

Nombre: Nacho Ahengo Becerra Curso: 1ºB Pregunta 5 (examen) Definiciones:

- Consejo Europeo: en él se definen las distintas orientaciones y prioridades políticas generales de la UE. No es una de las instituciones legislativas de la UE, y por lo tanto no negocia ni adopta legislación. Su función es establecer el programa político de la UE, mediante distintas reuniones adoptando Conclusiones y actuaciones que han de acometerse. Por otro lado sus miembros son los jefes de Estado o de Gobierno de los 28 Estados miembros de la UE, el presidente del Consejo Europeo y el presidente de la Comisión Europea. Por otra parte se realizan al menos dos reuniones por semestre y se celebran en Bruselas, concretamente en el edificio Justus Lipsus. Por último el proceso de toma de decisiones en la mayoría de los casos, el Consejo Europeo las adopta por consenso. Pero en algunos casos concretos que están previstos en los Tratados de la UE, decide por unanimidad o por mayoría cualificada. - Consejo de la Unión Europea: en este consejo los ministros de cada país de la UE se reúnen para debatir, modificar y adoptar leyes y coordinar las políticas nacionales. Cada ministro tiene competencias para poder asumir compromisos en nombre de su Gobierno en relación a las actuaciones acordadas en las reuniones. Este consejo es el principal órgano de decisión de la UE junto con el Parlamento Europeo. La composición de dicho consejo no está compuesto por miembros fijos, sino que se reúne en diez formaciones diferentes, en función del tema que se vaya a tratar. Por tanto, dependiendo de la formación cada Estado envía al ministro competente de la materia tratada. - Consejo de Europa: A diferencia del Consejo Europeo y del Consejo de la Unión Europea, el Consejo de Europa no está ligado a la Unión Europea y es una organización regional internacional, formada por 47 países europeos. También participan como observadores cinco países: Estados Unidos, Canadá, Japón, México y Santa Sede. Su creación tuvo lugar en 1949 y su objetivo es defender los derechos humanos y los principios democráticos en Europa. Sus órganos son: el Comité

de Ministros (instancia decisoria formada por los ministros de Asuntos Exteriores de sus miembros), Asamblea Parlamentaria (órgano de deliberación), Congreso de Poderes Locales y Regionales, Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Secretario General.