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ejercicio civil practicas, Ejercicios de Derecho Civil

Ejercicios sobre practicas de civil

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 11/01/2025

janire-marquinez-conde
janire-marquinez-conde 🇪🇸

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Derecho Civil I
Introducción y Derecho de la Persona
LA CONDICIÓN CIVIL Y SU CONSTANCIA
REGISTRAL:
EL REGISTRO CIVIL
I. Organización y competencia de los Registros Civiles.
Asientos registrales
Elsa nació en Bilbao el 24 de junio de 1960. Con 20 años se trasladó
por razones de trabajo a Madrid y conoció allí a Álvaro, con quien
contrajo matrimonio bajo el régimen de separación de bienes, que
pactaron previo matrimonio en escritura de capitulaciones
matrimoniales ante el Notario de Madrid, D. Alfredo García Martín. A
los pocos años se divorciaron y Elsa se mudó a vivir a Sevilla, donde
el pasado año 2023 fue diagnosticada de Insomnio Familiar Letal
(IFL), una enfermedad rara que provoca una degeneración cerebral
que afecta especialmente al área del tálamo y conlleva insomnio
persistente, deterioro de memoria y dificultad para moverse, entre
otros síntomas. Por esa razón y a instancia de su sobrina Isabel,
dedicada por completo a su cuidado, se dictó una sentencia por la
que se designaba a su sobrina como curadora. Elsa falleció
finalmente el 9 de septiembre de 2024.
De acuerdo con la normativa de aplicación en materia de Registro
Civil, ¿de qué modo se habrán hecho constar cada una de las
circunstancias enumeradas?
1. Nacimiento de Elisa el 24 de junio de 1960 en Bilbao que se
habrá registrado en el registro civil de Bilbao en la sección
primera.
2. Matrimonio con Álvaro bajo el régimen de separación de
bienes. El matrimonio de ellos se inscribe en el registro civil en
Madrid. Ahí constan la fecha y el lugar del matrimonio, además
de establecer el régimen económico que ellos deciden (régimen
de separación de bienes). Todo ello bajo el notario D. Alfredo
García Martín. Sección dos
3. Divorcio con Álvaro. El divorcio constará en el registro civil,
con la fecha del divorcio y su disolución judicial
4. Sentencia de su sobrina Isabel como curadora. Sección cuarta
y primera
5. Fallecimiento de Isabel en Sevilla en la sección tercera.
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Introducción y Derecho de la Persona

LA CONDICIÓN CIVIL Y SU CONSTANCIA

REGISTRAL:

EL REGISTRO CIVIL

I. Organización y competencia de los Registros Civiles. Asientos registrales Elsa nació en Bilbao el 24 de junio de 1960. Con 20 años se trasladó por razones de trabajo a Madrid y conoció allí a Álvaro, con quien contrajo matrimonio bajo el régimen de separación de bienes, que pactaron previo matrimonio en escritura de capitulaciones matrimoniales ante el Notario de Madrid, D. Alfredo García Martín. A los pocos años se divorciaron y Elsa se mudó a vivir a Sevilla, donde el pasado año 2023 fue diagnosticada de Insomnio Familiar Letal (IFL), una enfermedad rara que provoca una degeneración cerebral que afecta especialmente al área del tálamo y conlleva insomnio persistente, deterioro de memoria y dificultad para moverse, entre otros síntomas. Por esa razón y a instancia de su sobrina Isabel, dedicada por completo a su cuidado, se dictó una sentencia por la que se designaba a su sobrina como curadora. Elsa falleció finalmente el 9 de septiembre de 2024. De acuerdo con la normativa de aplicación en materia de Registro Civil, ¿de qué modo se habrán hecho constar cada una de las circunstancias enumeradas?

  1. Nacimiento de Elisa el 24 de junio de 1960 en Bilbao que se habrá registrado en el registro civil de Bilbao en la sección primera.
  2. Matrimonio con Álvaro bajo el régimen de separación de bienes. El matrimonio de ellos se inscribe en el registro civil en Madrid. Ahí constan la fecha y el lugar del matrimonio, además de establecer el régimen económico que ellos deciden (régimen de separación de bienes). Todo ello bajo el notario D. Alfredo García Martín. Sección dos
  3. Divorcio con Álvaro. El divorcio constará en el registro civil, con la fecha del divorcio y su disolución judicial
  4. Sentencia de su sobrina Isabel como curadora. Sección cuarta y primera
  5. Fallecimiento de Isabel en Sevilla en la sección tercera.

Introducción y Derecho de la Persona II. Eficacia de los asientos registrales De acuerdo con el valor jurídico que se otorga a la inscripción de matrimonio, si Jon y María contraen matrimonio sin que se inscriba, ¿podría María contraer nuevo matrimonio con Lucas o concurriría impedimento de ligamen -art. 46.2º CC-? Vid. la RDGRN de 1 de julio de 2009 (JUR 2010, 316053) III. Rectificación del Registro Civil Tras cumplir diez años, Daniel comenzó a exteriorizar en su ámbito familiar y social que preferiría que le llamasen por el nombre de Débora, pues se identificaba con el sexo femenino y no con el que masculino que le había sido asignado al nacer. Sus padres, Silvia y Lucas, no conseguían ponerse de acuerdo sobre cómo afrontar la situación. El padre consideraba que era prematuro concluir que fuese una menor transexual o transgénero y creía que se trataba tan solo de una identificación, quizá pasajera, con determinados roles o estereotipos femeninos. La madre, en cambio, quería promover cuanto antes el reconocimiento de la identidad sexual de la menor ante las administraciones públicas, en especial la educativa, el cambio de nombre en el Registro Civil y la rectificación del sexo, y la consiguiente adaptación de la documentación de la menor (tarjeta sanitaria y demás documentos identificativos). Además, ya había consultado con su pediatra de confianza el tratamiento médico a seguir para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo sentido. Cansada de pelear con Lucas y de ver sufrir a su hija, Silvia acude a su despacho profesional en busca de asesoramiento y decidida a comenzar el proceso por sí misma. a) ¿Con qué derecho de la personalidad conecta el derecho al cambio registral de la mención relativa al sexo?