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ejercicio tributario, Ejercicios de Derecho Financiero y Tributario

ejer tributario para la resolución de casos prácticos.

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 29/12/2021

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laura-redrado 🇪🇸

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SISTEMA TRIBUTARIO AUTONÓMICO Y LOCAL 21/22
Carlos y Ana son un matrimonio casado en régimen de gananciales. Carlos es ingeniero, y trabaja por
cuanta ajena para una multinacional. Ana es farmacéutica, ejerce como tal en una farmacia de su
propiedad. Como bienes, derechos y obligaciones del matrimonio, todos ellos de naturaleza ganancial,
constan los siguientes:
1. La vivienda habitual del matrimonio ubicada en Sevilla que adquirieron por 732.000,00 euros. La
compra se financió con un crédito hipotecario del que a 31 de diciembre de 2020 aún adeudan
314.000,00 euros. El valor catastral del inmueble asciende a 348.000,00 euros.
2. Poseen un imponente chalet en El Puerto de Santa María que adquirieron por 1.200.000,00 euros. El
valor catastral del inmueble asciende a 498.000,00 euros. La Junta de Andalucía, a efectos del
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, comprobó el valor de adquisición, determinando que el
mismo ascendía 1.423.000,00 euros. La compra fue financiada mediante un préstamo hipotecario del
que aún adeudan 218.000,00 euros.
3. Un local en Sevilla, donde Ana tiene su Farmacia que fue adquirido por un precio de 598.000,00
euros. En los libros contables de Ana dicho inmueble, tras amortizaciones, está valorado en
412.000,00 euros. Su valor catastral asciende a 227.000,00 euros.
4. El mobiliario, material, existencias y demás elementos existentes en el despacho tienen un valor en
los libros oficiales contables de 143.000,00 euros. Fueron adquiridos en distintos momentos, y la
suma de su valor de adquisición asciende a 385.000,00 euros.
5. Una vivienda, que tienen arrendada desde el año 2018, por una renta 1.200,00 euros mensuales. La
adquirieron por 375.000,00 euros y su valor catastral es de 110.000,00 euros.
6. Tienen una cuenta en el Banco Santander SA con un saldo en la fecha del devengo del impuesto de
924.000,00 euros, de los que más de la mitad corresponden a los ingresos de la Farmacia. El saldo
medio correspondiente al último trimestre del año es de 967.000 euros. HAY QUE VER LA
TITULARIDAD DE LA CUENTA. SI SOLO HUBIESE UNA CUENTA DE LA FARMACIA, ESA PODRÍA ESTAR
EXENTA.
7. Tienen letras del tesoro por importe de 1.100.000,00 euros.
8. Carlos tiene contratado un Plan de Pensiones con unos derechos consolidados a 31 de diciembre de
2020 de 115.000,00 euros.
Carlos, además, es titular por herencia de sus padres de un inmueble ubicado en un país extranjero con
el España no tiene Convenio de doble imposición. El valor de dicho inmueble es 548.000,00 euros. Por la
titularidad de dicho bien ha pagado en el extranjero por un impuesto de naturaleza análoga al IP la
cantidad de 5.200,00 euros.
Los ingresos del matrimonio responden principalmente a su trabajo y al alquiler del inmueble
especificado.
Teniendo en cuenta lo anterior, practique la liquidación del Impuesto sobre el Patrimonio de las
Personas Físicas de Carlos, determinando las siguientes magnitudes: Base imponible, Mínimo exento,
Base liquidable, Cuota íntegra y Cuota líquida a ingresar.
¿Cuál sería la base imponible correspondiente a Ana?
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SISTEMA TRIBUTARIO AUTONÓMICO Y LOCAL 21/

Carlos y Ana son un matrimonio casado en régimen de gananciales. Carlos es ingeniero, y trabaja por cuanta ajena para una multinacional. Ana es farmacéutica, ejerce como tal en una farmacia de su propiedad. Como bienes, derechos y obligaciones del matrimonio, todos ellos de naturaleza ganancial, constan los siguientes:

  1. La vivienda habitual del matrimonio ubicada en Sevilla que adquirieron por 732.000,00 euros. La compra se financió con un crédito hipotecario del que a 31 de diciembre de 2020 aún adeudan 314.000,00 euros. El valor catastral del inmueble asciende a 348.000,00 euros.
  2. Poseen un imponente chalet en El Puerto de Santa María que adquirieron por 1.200.000,00 euros. El valor catastral del inmueble asciende a 498.000,00 euros. La Junta de Andalucía, a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, comprobó el valor de adquisición, determinando que el mismo ascendía 1.423.000,00 euros. La compra fue financiada mediante un préstamo hipotecario del que aún adeudan 218.000,00 euros.
  3. Un local en Sevilla, donde Ana tiene su Farmacia que fue adquirido por un precio de 598.000, euros. En los libros contables de Ana dicho inmueble, tras amortizaciones, está valorado en 412.000,00 euros. Su valor catastral asciende a 227.000,00 euros.
  4. El mobiliario, material, existencias y demás elementos existentes en el despacho tienen un valor en los libros oficiales contables de 143.000,00 euros. Fueron adquiridos en distintos momentos, y la suma de su valor de adquisición asciende a 385.000,00 euros.
  5. Una vivienda, que tienen arrendada desde el año 2018, por una renta 1.200,00 euros mensuales. La adquirieron por 375.000,00 euros y su valor catastral es de 110.000,00 euros.
  6. Tienen una cuenta en el Banco Santander SA con un saldo en la fecha del devengo del impuesto de 924.000,00 euros, de los que más de la mitad corresponden a los ingresos de la Farmacia. El saldo medio correspondiente al último trimestre del año es de 967.000 euros. HAY QUE VER LA TITULARIDAD DE LA CUENTA. SI SOLO HUBIESE UNA CUENTA DE LA FARMACIA, ESA PODRÍA ESTAR EXENTA.
  7. Tienen letras del tesoro por importe de 1.100.000,00 euros.
  8. Carlos tiene contratado un Plan de Pensiones con unos derechos consolidados a 31 de diciembre de 2020 de 115.000,00 euros. Carlos, además, es titular por herencia de sus padres de un inmueble ubicado en un país extranjero con el España no tiene Convenio de doble imposición. El valor de dicho inmueble es 548.000,00 euros. Por la titularidad de dicho bien ha pagado en el extranjero por un impuesto de naturaleza análoga al IP la cantidad de 5.200,00 euros. Los ingresos del matrimonio responden principalmente a su trabajo y al alquiler del inmueble especificado. Teniendo en cuenta lo anterior, practique la liquidación del Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas de Carlos, determinando las siguientes magnitudes: Base imponible, Mínimo exento, Base liquidable, Cuota íntegra y Cuota líquida a ingresar. ¿Cuál sería la base imponible correspondiente a Ana?

Para la resolución de este supuesto deben manejar la Ley 19/1991 del Impuesto sobre Patrimonio y el Decreto Legislativo 1/2018 de la Comunidad Autónoma de Andalucía. BIENES Y DERECHOS DEUDAS Y OBLIGACIONES VIVIENDA FAMILIAR 732000/2= 336000 ART 4 LIP 336000-300000= 66000

25.3 LIP

157000------X 28311.

CHALET PUERTO

CHALET PUERTO

FARMACIA EXENTA POR art 4-8 LIP (la transmisión también estaría exenta) 598.000,00 euros BIENES DEL DESPACHO EXENTOS ART 4.8 LIP 143.000,00 euros PISO ALQUILADO 375000/2= 187500 CUENTA BANCO SANTANDER 967000/2= LETRAS DEL TESORO 1100000/2= PLAN DE PENSIONES ART 4.5 EXENT 115.000, INMUEBLE EN EL EXTRANJERO 548.000,00 euros TOTAL: 2546500 (NO SE COGE LO EXENTO) TOTAL: 137311,