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Sentencia 183/2021, de 27 de octubre de 2021. Recurso de inconstitucionalidad 5342- A. ¿Quién interpuso el recurso de inconstitucionalidad? El recurso de inconstitucionalidad número 5342 - 2020, fue impuesto por más de 50 diputados y diputadas del Grupo Parlamentario Vox del Congreso de los Diputados. B. ¿Contra qué normas y por qué? Fue impuesto contra los arts. 2 (apartados 2 y 3), 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 14 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declaró el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2; contra los apartados 2, 4 y 5 de la Resolución de 29 de octubre de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el citado real decreto; y contra el art. 2, la disposición transitoria única y la disposición final primera (apartados uno, dos y tres) del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorrogó el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020. C. Resume el fallo del Tribunal Constitucional. El recurso mediante el cual se dirigía a impugnar la constitucionalidad de varios artículos del Real Decreto 926/2020, se trataban de preceptos cuestionados los cuales incluían normas sobre el uso obligatorio de mascarillas, medidas de distanciamiento social, restricciones de movilidad, etc. El Tribunal Constitucional resolvió declarar constitucionales la mayoría de los preceptos impugnados, ya que consideró que las medidas eran necesarias y proporcionadas para hacer frente a la situación sanitaria derivada de la pandemia. El Tribunal entendió que dichas medidas respetaban los derechos fundamentales y las libertades públicas en el contexto de la protección de la salud pública. El fallo se basó en que el decreto-ley fue una respuesta adecuada y proporcional a la emergencia sanitaria, y que su contenido se ajustaba a los límites establecidos por la Constitución para la regulación de situaciones excepcionales como la pandemia. D. Elige uno de los votos particulares y explica en qué se diferencia de la sentencia mayoritaria. “ Voto particular que formula la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón a la sentencia dictada en el recurso de
inconstitucionalidad núm. 5342-2020 ”. La diferencia radica en el enfoque de doña María Luisa Balaguer Callejón sobre los derechos fundamentales y la legalidad de las medidas adoptadas mediante Decreto-Ley durante la gestión de la pandemia del COVID-19. Mientras la sentencia mayoritaria del Tribunal Constitucional avala las medidas del Real Decreto-ley 21/2020 y defiende que son conformes a la Constitución, la magistrada destaca su preocupación por la afectación de derechos fundamentales, la falta de proporcionalidad de algunas medidas y la insuficiencia del control democrático al adoptar tales restricciones. Aboga por un enfoque más garantista que hubiera exigido una mayor deliberación y justificación, preferiblemente mediante el uso de una ley orgánica en lugar de un decreto-ley.